Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2005 (16/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 16 de diciembre de 2005

Por estas consideraciones, el Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones en cumplimiento del articulo 76º de la Ley Organica de Elecciones; RESUELVE:

Por los fundamentos expuestos, y de conformidad a lo previsto en el inciso l) del articulo 5º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486; El MORDAZA Nacional de Elecciones; RESUELVE:

Articulo Primero: Designar como representantes del MORDAZA Nacional de Elecciones ante el Comite de Coordinacion Electoral correspondiente al MORDAZA de Elecciones Generales 2006: Titulares: Senorita Licenciada Roxanna MORDAZA MORDAZA, Gerente de Fiscalizacion Electoral. Senora Abogada MORDAZA MORDAZA Aurazo Requejo. Senor Ingeniero MORDAZA Nunez MORDAZA, Jefe de la Oficina de Informatica. Suplentes: Senora Abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huaman. Senor Abogado MORDAZA MORDAZA Davila. Senor Ingeniero MORDAZA MORDAZA Pantigoso. Articulo Segundo: Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el contenido de la presente resolucion para los fines, consultas y coordinaciones consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA Nacional de Elecciones 21237

Articulo Unico.- Aprobar el "Reglamento para la recepcion, calificacion e inscripcion de formulas de candidatos a la Presidencia, Vicepresidencias de la Republica y representantes ante el Parlamento MORDAZA en las elecciones generales del ano 2006", que consta de doce (12) articulos, el mismo que forma parte de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General ANEXO: REGLAMENTO PARA LA RECEPCION, CALIFICACION E INSCRIPCION DE FORMULAS DE CANDIDATOS A LA PRESIDENCIA, VICEPRESIDENCIAS DE LA REPUBLICA Y REPRESENTANTES ANTE EL PARLAMENTO MORDAZA EN LAS ELECCIONES GENERALES DEL ANO 2006 Articulo 1º.- OBJETO DEL REGLAMENTO Regular el procedimiento de admision y calificacion de las solicitudes de inscripcion de formulas de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la Republica y representantes ante el Parlamento MORDAZA, a cargo del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro. Articulo 2º.- DEFINICIONES MORDAZA Nacional de Elecciones.- Es un organismo MORDAZA que cuenta con personeria juridica de derecho publico encargado de administrar justicia en materia electoral; de fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realizacion de los procesos electorales, del referendum y de otras consultas populares y de la elaboracion de los padrones electorales; de mantener y custodiar el registro de organizaciones politicas; y demas atribuciones a que se refieren la Constitucion y las leyes. Pleno del JNE.- Es la MORDAZA autoridad del MORDAZA Nacional de Elecciones. Es un organo permanente y colegiado compuesto por cinco miembros, designados conforme a lo dispuesto en el articulo 179º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486. Tiene su sede en la capital de la Republica y competencia a nivel nacional. Jurados Electorales Especiales.- Son organos de caracter temporal creados para un MORDAZA electoral especifico, en este caso para las elecciones generales del ano 2006. MORDAZA Electoral Especial - MORDAZA Centro (JEE MORDAZA Centro): Es uno de los Jurados Electorales Especiales, creado para el MORDAZA electoral, cuyas funciones estan establecidas en la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486, y que se constituye en primera instancia en el procedimiento de admision, calificacion y resolucion de tachas de las candidaturas presidenciales y vicepresidenciales, asi como para representantes ante el Parlamento Andino. Tacha: Oposicion que formula cualquier ciudadano inscrito ante el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra los candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la Republica y representantes ante el Parlamento MORDAZA, presentadas por los partidos politicos y alianzas de partidos ante el JEE - MORDAZA Centro. Calificacion: Verificacion que efectua el JEE- MORDAZA Centro, respecto de la solicitud de inscripcion de formula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la Republica y representantes ante el Parlamento MORDAZA,

Aprueban el Reglamento para la recepcion, calificacion e inscripcion de formulas de candidatos a la Presidencia, Vicepresidencias de la Republica y representantes ante el Parlamento MORDAZA en las elecciones generales del ano 2006
RESOLUCION Nº 393-2005-JNE MORDAZA, 14 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO: Que corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones politicas y demas disposiciones referidas a materia electoral, siendo sus resoluciones dictadas en instancia final y definitiva, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 178º numeral 3), 142º y 181º de la Constitucion Politica del Peru; Que resulta necesario reglamentar el procedimiento de inscripcion de los candidatos a la Presidencia, Vicepresidencias de la Republica y representantes ante el Parlamento MORDAZA, normado en el Titulo V, Capitulo 3, de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, a fin de hacer precisiones respecto de la correspondiente tramitacion y garantizar los derechos constitucionales de los ciudadanos que intervengan en las justas electorales, teniendo en cuenta que, de conformidad con lo previsto en el articulo 86º de la misma MORDAZA, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene la responsabilidad de la inscripcion de candidatos elegibles en Distrito Electoral Nacional; Que por Resolucion Nº 307-2005-JNE se establecio que para los procesos de Elecciones Generales la primera instancia, esta a cargo del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, al cual se le confiere jurisdiccion nacional para efectos de recibir y procesar las solicitudes de inscripcion de los candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la Republica, asi como para resolver en la misma instancia las tachas que contra dichas candidaturas se presenten;

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