TEXTO PAGINA: 34
PÆg. 306304 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de diciembre de 2005 al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la institución a interponer las acciones legales respectivas por los hechos descritos; y, Conforme las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Orgánica del RENIEC y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del RENIEC a interponer las acciones legales que correspondan contra Nemesio Román Pasión Reyes y quienes resulten responsables, por la presunta comisión de delito Contra la Fe Pública en la modalidad de Falsedad Ideológica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional Registro Nacional de Identificación y Estado Civil 21195 Aprueban reinscripción de libros de nacimiento, matrimonio y defunción solicitadas por Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en lasMunicipalidades Distritales de Laredo,Olleros e Ichuæa RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1190-2005-JEF/RENIEC Lima, 5 de diciembre de 2005VISTO: el Informe Nº 3254-2005/SGREC/GO/ RENIEC de fecha 20 de octubre del 2005 y el Informe Nº 001312-2005-GAJ/RENIEC de fecha 8 de noviembre del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre Autorización de Proceso de Reinscripción de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Laredo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo señalado por la Primera Disposición Final de la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberán continuar con el proceso de reinscripción; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Laredo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, ha cumplido con los requisitos establecidos para el proceso de reinscripción solicitado; Que, la solicitud de reinscripción contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil la aprobación pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente autónomo, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas en el artículo 11º de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y el artículo 11º inciso h) del Reglamento de Organización y Funciones de la institución; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Laredo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, para la Reinscripción del Libro de Nacimientocorrespondiente al período de abril a octubre del 2004, de las Actas Nº 63492401 al Nº 63492550. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Laredo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, para que proceda a la apertura del Registro de Libro de Actas de Nacimiento, con la finalidad de implementar el proceso de reinscripción que se aprueba con la presente Resolución, con sujeción a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Artículo 3º.- Considerándose que los Libros de Reinscripción deben tener el mismo Formato Oficial con la consignación expresa por selladura “Reinscripción - Ley Nº 26242 - 26497”, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, a través de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, deberá proveer los libros oficiales requeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 21191 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1196-2005-JEF/RENIEC Lima, 9 de diciembre de 2005VISTO: el Informe Nº 003639-2005/SGREC/GO/ RENIEC de fecha 11 de noviembre del 2005 y el Informe Nº 001354-2005-GAJ/RENIEC de fecha 18 de noviembre del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre Autorización de Proceso de Reinscripción de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Olleros, provincia de Huaraz, departamento de Ancash; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo señalado por la Primera Disposición Final de la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberán continuar con el proceso de reinscripción; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Olleros, provincia de Huaraz, departamento de Ancash, ha cumplido con los requisitos establecidos para el proceso de reinscripción solicitado; Que, la solicitud de reinscripción contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil la aprobación pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente autónomo, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas en el artículo 11º de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y el artículo 11º inciso h) del Reglamento de Organización y Funciones de la institución; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Olleros, provincia de Huaraz, departamento de Ancash, para la Reinscripción del Libro de Matrimonio de las Actas Nº 00777101 al Nº 00777137. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Olleros, provincia de Huaraz, departamento de Ancash, para que proceda a la apertura del Registro de Libro de Actas de Matrimonio, con la finalidad de implementar el proceso de reinscripción que se aprueba con la presente Resolución, con sujeción a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Artículo 3º.- Considerándose que los Libros de Reinscripción deben tener el mismo Formato Oficial con la consignación expresa por selladura “Reinscripción -