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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (30/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 220

TEXTO PAGINA: 107

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G37/G38/G38/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de diciembre de 2005 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 021-05 Chaclacayo, 26 diciembre del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Reunido el Honorable Concejo Distrital de Chaclacayo en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 23 de diciembre del 2005, bajo la presidencia del señor Alcalde y con el Quórum Reglamentario. VISTO:El Informe Nº 073-05-OA/MDCH de la Oficina de Administración con fecha 23.12.05, el Memorando Nº 1323- 05-OAJ/MDCH de la Oficina de Asesoría Jurídica de fecha 22.12.05; el Memorando Nº 241-2005/OPP/MDCH de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de fecha 22.12.05; el Informe Nº 486-ULSA/MDCH de la Unidad de Logística con fecha 22.12.05, Informe Nº 124-PVL-GDU y O/MDCH y el Informe Nº 125-PVL-GDU y O/MDCH del encargado del Programa del Vaso de Leche de fecha 20 y 23.12.05 respectivamente quien informa al Presidente del Comité del Vaso de Leche que no habiéndose iniciado el Proceso de Licitación para la Adquisición de Insumos para el año 2006, el Programa se encontraba en peligro de desabastecimiento inminente para el período de 3 meses (90 días); CONSIDERANDO:Que, el encargado del Vaso de Leche comunica que se ha distribuido los insumos alimenticios a los Comités hasta el 31 de diciembre del 2005 y que no habiéndose iniciado el Proceso de Licitación para la Adquisición de dichos insumos el programa se encontraba en peligro de desabastecimiento inminente, por lo que se debía tomar las medidas preventivas; Que, con Memorando Nº 528-05-SG/MDCH la Secretaría General por encargo del señor Alcalde ordena a la Administración tomar las medidas correspondientes, ante la comunicación del encargado del Programa del Vaso de Leche; Que, en el Informe Nº 486-ULSA/MDCH el Jefe de la Unidad de Logística, informa sobre las adquisiciones para el Programa del Vaso de Leche en el 2005; en el Proceso de Licitación respecto al Item 02 (Cereal Enriquecido) se otorgó la Buena Pro el 10 de mayo de 2005 y el Item 01 (Leche Evaporada Entera en Bolsas) quedó desierta; una de las empresas postoras interpuso Recurso de Apelación, el cual luego de los trámites de Ley, se definió a fines de la primera quincena de setiembre, por el periodo comprendido del 15 de setiembre al 31 de diciembre. Teniendo en cuenta estos antecedentes indica que se deberá solicitar al Concejo la exoneración del Proceso de Selección para la Adquisición de Insumos para el Programa Distrital del Vaso de Leche; Que, con Memorando Nº 241-2005/OPP/MDCH la Oficina de Planeamiento y Presupuesto informa que con Resolución Directoral el Ministerio de Economía y Finanzas indica que para el año 2006 a la Municipalidad Distrital de Chaclacayo se destina la cantidad de S/. 710,252 para la atención del Programa del Vaso de Leche. Que, en el Memorando Nº 1323-05-OAJ/MDCH la Oficina de Asesoría Jurídica teniendo en cuenta los informes precedentes, opina que es de aplicación el Artículo 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM - Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, situación de Desabastecimiento Inminente que conlleva a la exoneración de Proceso de Selección; Que, mediante Informe Nº 073-05-OA/MDCH, la Oficina de Administración precisa que estando a los informes ya expuestos y teniendo en cuenta que un contrato complementario no abastecería en su totalidad lo requerido en tal sentido y según lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica es de aplicación el Artículo 21º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, es decir la situación de Desabastecimiento Inminente y la consecuente Exoneración del Proceso de Selección; Que, estando a lo prescrito por el Artículo 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM del T.U.O de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, el mismo que señala en el literal d) que se encuentran exoneradas de los Procesos de Selección las Adquisiciones y Contrataciones que se realicen, en situación de emergencia o desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley. Que, los artículos 146º, 147º y 149º del D.S. Nº 084-2004- PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establecen el procedimiento de exoneración, el mismo que debe cumplirse en el presente caso. En, uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, y con la dispensa del trámite de aprobación y lectura del acta, el Concejo de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo APROBARON POR MAYORIA el siguiente ACUERDO:Artículo Primero.- APROBAR la Exoneración del Proceso de Licitación para la Adquisición de Insumos del Programa de Vaso de Leche por desabastecimiento Inminente en la atención del mismo por un período de 90 días calendario y/o hasta que dure el Proceso de Licitación Pública hasta el otorgamiento de la Buena Pro, considerando un valor unitario referencial de S/. 1.62 para la Leche Entera Evaporada y S/. 4.00 x kilo para el Cereal Enriquecido (Avena, quinua, Kiwicha), incluido los impuestos de Ley; determinándose el valor total de S/. 175,103.54 aproximadamente, teniendo como fuente de financiamiento 00, Recursos Ordinarios, para Gobiernos Locales. Artículo Segundo.- Que de acuerdo al Artículo 141º del D.S. Nº 084-2004-PCM la Gerencia Municipal efectúe el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativos civiles y/o penales de los Funcionarios o servidores públicos involucrados. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Administración para que adopte las acciones necesarias para garantizar la atención de dicho Programa de acuerdo a la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Cuarto.- Poner en conocimiento del presente Acuerdo a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplaseVICTOR GONZALES ANDRADE Alcalde 22237 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS /G41/G64/G69/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G43/G75/G61/G72/G74/G61/G20/G44/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G46/G69/G6E/G61/G6C/G20/G61/G20/G6C/G61 /G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G38/G36/G2D/G4D/G44/G43/G48 ORDENANZA Nº 091-MDCH Chorrillos, 3 de diciembre del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de la fecha, por Mayoría aprobó la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL: ORDENANZA QUE ADICIONA LA CUARTA DISPOSICIÓN FINAL A LA ORDENANZA Nº 086-MDCH DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS DE FECHA 29 DE SETIEMBRE DEL 2005 Artículo Único.- Adicionar la Cuarta Disposición Final de la Ordenanza Nº 086-MDCH de fecha 29 de setiembre del 2005, quedando redactada como sigue: “Cuarta.- PRECISAR que la exigibilidad de la tasa señalada en el artículo 9º entrará en vigencia una vez que se haya cumplido con publicar el texto íntegro de la Ordenanza y del Acuerdo de Concejo Metropolitano que la ratifica.” POR TANTO: Mando se publique y cumpla. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 22006