Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2005 (30/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 107

MORDAZA, viernes 30 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Exoneran de licitacion la adquisicion de insumos del Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 021-05 Chaclacayo, 26 diciembre del 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Reunido el Honorable Concejo Distrital de Chaclacayo en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 23 de diciembre del 2005, bajo la presidencia del senor MORDAZA y con el Quorum Reglamentario. VISTO: El Informe Nº 073-05-OA/MDCH de la Oficina de Administracion con fecha 23.12.05, el Memorando Nº 132305-OAJ/MDCH de la Oficina de Asesoria Juridica de fecha 22.12.05; el Memorando Nº 241-2005/OPP/MDCH de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de fecha 22.12.05; el Informe Nº 486-ULSA/MDCH de la Unidad de Logistica con fecha 22.12.05, Informe Nº 124-PVL-GDU y O/MDCH y el Informe Nº 125-PVL-GDU y O/MDCH del encargado del Programa del Vaso de Leche de fecha 20 y 23.12.05 respectivamente quien informa al Presidente del Comite del Vaso de Leche que no habiendose iniciado el MORDAZA de Licitacion para la Adquisicion de Insumos para el ano 2006, el Programa se encontraba en peligro de desabastecimiento inminente para el periodo de 3 meses (90 dias); CONSIDERANDO: Que, el encargado del Vaso de Leche comunica que se ha distribuido los insumos alimenticios a los Comites hasta el 31 de diciembre del 2005 y que no habiendose iniciado el MORDAZA de Licitacion para la Adquisicion de dichos insumos el programa se encontraba en peligro de desabastecimiento inminente, por lo que se debia tomar las medidas preventivas; Que, con Memorando Nº 528-05-SG/MDCH la Secretaria General por encargo del senor MORDAZA ordena a la Administracion tomar las medidas correspondientes, ante la comunicacion del encargado del Programa del Vaso de Leche; Que, en el Informe Nº 486-ULSA/MDCH el Jefe de la Unidad de Logistica, informa sobre las adquisiciones para el Programa del Vaso de Leche en el 2005; en el MORDAZA de Licitacion respecto al Item 02 (Cereal Enriquecido) se otorgo la Buena Pro el 10 de MORDAZA de 2005 y el Item 01 (Leche Evaporada Entera en Bolsas) quedo desierta; una de las empresas postoras interpuso Recurso de Apelacion, el cual luego de los tramites de Ley, se definio a fines de la primera quincena de setiembre, por el periodo comprendido del 15 de setiembre al 31 de diciembre. Teniendo en cuenta estos antecedentes indica que se debera solicitar al Concejo la exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la Adquisicion de Insumos para el Programa Distrital del Vaso de Leche; Que, con Memorando Nº 241-2005/OPP/MDCH la Oficina de Planeamiento y Presupuesto informa que con Resolucion Directoral el Ministerio de Economia y Finanzas indica que para el ano 2006 a la Municipalidad Distrital de Chaclacayo se destina la cantidad de S/. 710,252 para la atencion del Programa del Vaso de Leche. Que, en el Memorando Nº 1323-05-OAJ/MDCH la Oficina de Asesoria Juridica teniendo en cuenta los informes precedentes, opina que es de aplicacion el Articulo 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM - Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, situacion de Desabastecimiento Inminente que conlleva a la exoneracion de MORDAZA de Seleccion; Que, mediante Informe Nº 073-05-OA/MDCH, la Oficina de Administracion precisa que estando a los informes ya expuestos y teniendo en cuenta que un contrato complementario no abasteceria en su totalidad lo requerido en tal sentido y segun lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica es de aplicacion el Articulo 21º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, es decir la situacion de Desabastecimiento Inminente y la consecuente Exoneracion del MORDAZA de Seleccion; Que, estando a lo prescrito por el Articulo 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM del T.U.O de la Ley de

Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el mismo que senala en el literal d) que se encuentran exoneradas de los Procesos de Seleccion las Adquisiciones y Contrataciones que se realicen, en situacion de emergencia o desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley. Que, los articulos 146º, 147º y 149º del D.S. Nº 084-2004PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establecen el procedimiento de exoneracion, el mismo que debe cumplirse en el presente caso. En, uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, y con la dispensa del tramite de aprobacion y lectura del acta, el Concejo de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo APROBARON POR MAYORIA el siguiente ACUERDO: Articulo Primero.- APROBAR la Exoneracion del MORDAZA de Licitacion para la Adquisicion de Insumos del Programa de Vaso de Leche por desabastecimiento Inminente en la atencion del mismo por un periodo de 90 dias calendario y/o hasta que dure el MORDAZA de Licitacion Publica hasta el otorgamiento de la Buena Pro, considerando un valor unitario referencial de S/. 1.62 para la Leche Entera Evaporada y S/. 4.00 x kilo para el MORDAZA Enriquecido (Avena, quinua, Kiwicha), incluido los impuestos de Ley; determinandose el valor total de S/. 175,103.54 aproximadamente, teniendo como fuente de financiamiento 00, Recursos Ordinarios, para Gobiernos Locales. Articulo Segundo.- Que de acuerdo al Articulo 141º del D.S. Nº 084-2004-PCM la Gerencia Municipal efectue el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativos civiles y/o penales de los Funcionarios o servidores publicos involucrados. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Administracion para que adopte las acciones necesarias para garantizar la atencion de dicho Programa de acuerdo a la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- Poner en conocimiento del presente Acuerdo a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22237

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Adicionan Cuarta Disposicion Final a la Ordenanza Nº 086-MDCH
ORDENANZA Nº 091-MDCH Chorrillos, 3 de diciembre del 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de la fecha, por Mayoria aprobo la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL: ORDENANZA QUE ADICIONA LA CUARTA DISPOSICION FINAL A LA ORDENANZA Nº 086-MDCH DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS DE FECHA 29 DE SETIEMBRE DEL 2005 Articulo Unico.- Adicionar la Cuarta Disposicion Final de la Ordenanza Nº 086-MDCH de fecha 29 de setiembre del 2005, quedando redactada como sigue: "Cuarta.- PRECISAR que la exigibilidad de la tasa senalada en el articulo 9º entrara en vigencia una vez que se MORDAZA cumplido con publicar el texto integro de la Ordenanza y del Acuerdo de Concejo Metropolitano que la ratifica." POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 22006

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