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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 2005 (09/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G32/G37/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 9 de enero de 2005 CONSIDERANDO: Que, PROCESADORA DE GAS PARIÑAS S.A.C. ha solicitado autorización para desarrollar la actividad degeneración de energía eléctrica en la Central TérmicaPariñas, existente, con una potencia instalada de 2 250 kW, ubicada en el distrito de Pariñas, provincia de Talara y departamento de Piura, cuyas coordenadas UTM figu-ran en el Expediente; Que, la petición se halla amparada en las disposicio- nes contenidas en el artículo 38º del Decreto Ley Nº25844, Ley de Concesiones Eléctricas y, en el artículo 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos le-gales de presentación; Que, la peticionaria ha presentado Declaración Jura- da de cumplimiento de las normas técnicas y deconservación del medio ambiente y el Patrimonio Cultu- ral de la Nación, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cum-plido con los requisitos establecidos en la Ley de Conce-siones Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 295-2004- DGE-CEL; Estando a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas, y el ítem AE01 del Anexo Nº 1del Texto Único de Procedimientos Administrativos delMinisterio de Energía y Minas, aprobado por DecretoSupremo Nº 025-2002-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar autorización por tiempo indefi- nido, a PROCESADORA DE GAS PARIÑAS S.A.C., que se identificará con código Nº 33136304, para desarrollarla actividad de generación de energía eléctrica para con-sumo propio, en las instalaciones de la Central TérmicaPariñas, con una potencia instalada de 2 250 kW, ubica-da en el distrito de Pariñas, provincia de Talara y depar- tamento de Piura. Artículo 2º.- La titular está obligada a operar cum- pliendo las normas técnicas y de seguridad, preservan-do el medio ambiente y salvaguardando el PatrimonioCultural de la Nación; así como al cumplimiento de lasobligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléc- tricas, su Reglamento y otras normas legales pertinen- tes. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67º delReglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas,será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición; y,entrará en vigencia a partir del día siguiente de supublicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 00090 PRODUCE /G54/G72/G61/G6E/G73/G66/G69/G65/G72/G65/G6E/G20/G61/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G54/G65/G63/G6E/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F /G50/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G2D/G20/G49/G54/G50/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G63/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G73/G61/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G71/G75/G65 /G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G76/G69/G65/G6E/G65/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G6E/G64/G6F/G63/G6F/G6E/G20/G72/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G6D/G6F/G6C/G75/G73/G63/G6F/G73/G20/G62/G69/G76/G61/G6C/G76/G6F/G73 DECRETO SUPREMO Nº 001-2005-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 07-2004-PRODUCE, se aprobó la Norma Sanitaria de Moluscos Bivalvos Vi-vos, aplicable a las fases de extracción o recolección,reinstalación, depuración, transporte, procesamiento y comercialización, de dichos recursos hidrobiológicos, así como establece el régimen de control que asegure laobtención de productos sanos y seguros sanitariamen-te, acorde con los criterios internacionalmente reconoci-dos y cuya vigilancia y control, por expresa delegación,se encuentran bajo la responsabilidad del Instituto Tec- nológico Pesquero del Perú - ITP, en su condición de organismo público descentralizado del Ministerio de laProducción; Que el ejercicio de las potestades de inspección, vi- gilancia, control sanitario y certificación pesquera y acuí-cola, se realiza en defensa de los intereses de los con- sumidores y del comercio interno y externo de tales productos; Que como consecuencia de los requerimientos de extractores y comerciantes para obtener la disponibili-dad de nuevas áreas de explotación de moluscos bival-vos o zonas de repoblamiento, se requiere la participa- ción activa y coordinada del órgano rector y de los organismos regionales competentes, además del ITPcomo autoridad sanitaria, para un adecuado manejo delos moluscos bivalvos; Que los objetivos de propiciar un adecuado nivel de protección al consumidor local y asegurar el cumplimiento de la legislación exigida para el comercio exterior, re- quiere de la participación activa de los diferentes esta-mentos de la Administración Pesquera y del ITP, paracuyo efecto es necesario implementar un proceso detransferencia, por parte de la DIGESA, del Programaestablecido por el "Reglamento Sanitario de Moluscos Bivalvos para Consumo Humano con Fines de Exporta- ción", aprobado por Resolución Ministerial Nº 730-2003-SA/DM, sin que ello implique la suspensión de las accio-nes de certificación que viene realizando ni que perjudi-que las actividades de exportación de estos productos; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 26842 - Ley General de Salud, el Reglamento sobre Vigi-lancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas apro-bado por Decreto Supremo Nº 007-98-SA, el DecretoLey Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamentoaprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Re- glamento de Organización y Funciones del ITP, aproba- do por Decreto Supremo Nº 002-2001-PE, la Ley Nº27789, Ley de Organización y Funciones del Ministeriode la Producción y el Decreto Legislativo Nº 560 - Leydel Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Transfiérase al Instituto Tecnológico Pesquero del Perú - ITP, en un plazo de 120 días calen- dario contados a partir de la fecha de entrada en vigen-cia del presente Decreto Supremo, las funciones relacio-nadas con la certificación sanitaria que el Ministerio deSalud viene efectuando con relación a los moluscos bi-valvos. Artículo 2º.- El Reglamento Sanitario de Moluscos Bivalvos para Consumo Humano con Fines de Exporta-ción, aprobado por Resolución Ministerial Nº 730-2003-SA/DM, mantendrá su vigencia por el plazo a que serefiere el artículo precedente. Artículo 3º.- Los Ministerios de Salud y de la Produc- ción, conformarán dentro de un plazo de quince (15) días calendario contado a partir de la fecha de entradaen vigencia del presente Decreto Supremo, una comi-sión que tendrá por objeto disponer las acciones nece-sarias de coordinación para la gradual y ordenada trans-ferencia de las funciones y actividades, que por excep- ción, ha venido siendo ejercidas por la Dirección Gene- ral de Salud Ambiental -DIGESA- del Ministerio de Saluda partir del 26 de marzo del 2004, para efectos de conti-nuar sin interrupción los programas de certificación sa-nitaria para la exportación durante el período de 120