Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2005 (20/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, jueves 20 de enero de 2005

tenidas en el articulo 5º de la Ley Nº 28094, esto es, i) Acta de Fundacion; ii) Actas de Constitucion de Comites Partidarios ubicados en al menos el MORDAZA de las provincias del MORDAZA asi como en las dos terceras partes de los departamentos del MORDAZA y suscritas cada una por no menos de cincuenta afiliados debidamente identificados, iii) Estatuto; iv) designacion de Personeros Legales titulares y alternos; v) designacion del Representante Legal del Partido, estando exceptuados de la MORDAZA de firmas tal como lo dispone la primera disposicion transitoria de la Ley Nº 28094. Que, con fecha 7 de enero de 2005 se publico en el Diario Oficial El Peruano un resumen de la solicitud a efectos que cualquier persona natural o juridica ejerciera su derecho a formular tacha contra la inscripcion de la agrupacion solicitante, habiendo quedado en esta Oficina de Registro toda la documentacion correspondiente a la misma. Que, se ha vencido el plazo senalado en el articulo 10º de la Ley Nº 28094 sin que se MORDAZA presentado tacha alguna contra la solicitud de inscripcion, conforme es de verse en el Memorando Nº 012-2005-OTDA/JNE de fecha 17 de enero de 2005. Que, los partidos politicos se constituyen por iniciativa y decision de sus fundadores y, luego de cumplidos los requisitos establecidos en la Ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Politicas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley a la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir en el Registro de Partidos Politicos al Partido Politico: "MOVIMIENTO NUEVA IZQUIERDA", quedando aprobado su simbolo el cual es representado por una bandera roja en cuyo centro se incluye en las letras MNI en mayusculas y color MORDAZA de acuerdo al siguiente detalle. Articulo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente en el Libro de Partidos Politicos, Partida Numero Doce y registrese la inscripcion en el Asiento Numero Uno. Articulo Tercero.- Tengase acreditados como personeros del Partido Politico "MOVIMIENTO NUEVA IZQUIERDA", al senor Zetti Gavelan MORDAZA como titular y como alternos a los senores MORDAZA del MORDAZA Alatrista e MORDAZA MORDAZA MORDAZA Honores. Registrese y notifiquese. MORDAZA MORDAZA PATRON Jefe de la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas 01170

Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 19º de la Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura - Ley Nº 26397, la organizacion del MORDAZA de eleccion de los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura que corresponde elegir a los gremios profesionales, esta a cargo de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y se rige por el Reglamento que aprueba el Consejo; Que, el articulo 2º del Reglamento para la Eleccion de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los Miembros de los Colegios Profesionales del MORDAZA, aprobado por Resolucion del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 491-2004-CNM, dispone que recibida la solicitud de convocatoria, la ONPE convoca a las elecciones, dentro de los sesenta dias naturales posteriores de recibida la comunicacion, bajo responsabilidad; Que, mediante el Oficio Nº 0007-2005-P-CNM, el Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura solicita a la ONPE, la convocatoria a las elecciones de los Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura en representacion de los Colegios de Abogados del MORDAZA y de los demas Colegios Profesionales del pais; Que, el articulo 3º del MORDAZA citado reglamento determina la informacion que debe contener la convocatoria, entre la que se encuentra: el plazo de MORDAZA de candidatos, el cronograma para la publicacion de los mismos, formulacion de tachas y el lugar, fecha, hora de inicio y termino en que se llevara a cabo el MORDAZA electoral; Estando a lo propuesto por la Gerencia de Planeamiento; y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 19º de la Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura - Ley Nº 26397, la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales Nº 26487 y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 051-2004-J/ONPE, modificado mediante Resolucion Jefatural Nº 201-2004-J/ONPE y Resolucion Jefatural Nº 252-2004-J/ONPE; Con la visacion de la Gerencia de Asesoria Juridica y de la Gerencia de Planeamiento; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Convocar a elecciones para designar a los Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios de Abogados y los Colegios Profesionales del MORDAZA, para el 19 de junio de 2005. Articulo 2º.- Aprobar el cronograma establecido para la MORDAZA de solicitudes de inscripcion de candidatos, publicacion para efectos de tachas, periodo de formulacion y resolucion de tachas, que forma parte de la presente resolucion. CRONOGRAMA PARA LA MORDAZA DE SOLICITUDES DE CANDIDATOS

ONPE
Convocan a elecciones para designar Consejeros del CNM por miembros de los Colegios de Abogados y Colegios Profesionales del MORDAZA
OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
RESOLUCION JEFATURAL Nº 009-2005-J/ONPE MORDAZA, 18 de enero de 2005 VISTOS, el Oficio Nº 0007-2005-P-CNM, del 5 de enero de 2005 mediante el cual el Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, solicita la convocatoria a elecciones de los Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura, en representacion de los Colegios de Abogados del MORDAZA y de los demas Colegios Profesionales del MORDAZA y el Informe Nº 008-2005-GP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento;

ACTIVIDAD Plazo para la MORDAZA de solicitudes de inscripcion de candidatos Verificacion de requisitos Publicacion de candidatos inscritos MORDAZA de tachas Resolucion de tachas Publicacion definitiva de candidatos habiles

INICIO 17 de marzo 15 de MORDAZA 09 de MORDAZA 10 de MORDAZA 21 de MORDAZA 28 de MORDAZA

TERMINO 14 de MORDAZA 07 de MORDAZA 09 de MORDAZA 20 de MORDAZA 25 de MORDAZA 28 de MORDAZA

Articulo 3º.- Las elecciones se llevaran a cabo en las capitales de departamento y ciudades del MORDAZA en las que se acredite la participacion de colegios profesionales para las elecciones convocadas. Articulo 4º.- Los procesos electorales se desarrollaran en la fecha senalada en el articulo 1º de la presente resolucion, en el horario comprendido entre las 08:00 y las 16:00 horas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional (e) 01115

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