Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2005 (20/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, jueves 20 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador interponer acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la familia y contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 881-2004-JEF/RENIEC
MORDAZA, 30 de diciembre de 2004 Visto, el Oficio Nº 5426-2004-GO/RENIEC, el Informe Nº 2520-2004-GO/SGREC/RENIEC, y el Informe Nº 13282004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica el 07 de diciembre de 2004; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor de fiscalizacion, ha detectado que fecha 13 de marzo de 1990, se inscribe en forma ordinaria el nacimiento de la menor MORDAZA MORDAZA MOLERO MORDAZA, nacida el 28 de febrero de 1990 en la Maternidad de MORDAZA, siendo asentada en la Partida de Nacimiento Nº 827 de la Oficina de Registro de Civil de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Metropolitana, registrandose como padres a MORDAZA MORDAZA MOLERO MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MEJIA; declaracion efectuada por el padre de la menor; Que, posteriormente el 02 de noviembre de 1993, ante la Oficina de Registros Civiles de la Municipalidad de Comas - MORDAZA, se inscribe el mismo hecho MORDAZA en la Partida de Nacimiento extemporanea Nº 1370, a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, nacida el 28 de febrero de 1990 en la Urbanizacion San MORDAZA - Comas - Provincia y Departamento de MORDAZA, registrandose como padres a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, esta vez declarado por el presunto padre de la menor; Que, ante los hechos expuestos, es de advertir que la conducta realizada por los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, constituye indicio razonable de la comision de presuntos delitos contra la Familia, en la modalidad de Alteracion de Filiacion de Menor, y contra la Fe Publica en la modalidad de Falsedad Ideologica Propia, previstos y sancionados en los articulos 145º y 428º del Codigo Penal vigente, por cuanto han generado una doble inscripcion registral de nacimiento de una menor de edad, atribuyendole una falsa filiacion, asimismo en cuanto al hecho de haber insertado datos falsos en documento publico como es la Partida de Nacimiento, de tal forma que con dichas conductas se ha perjudicado no solo la identidad del menor, sino ademas el trafico juridico del documento publico que merece fe publica plena; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MEJIA; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la Familia, en la modalidad de Alteracion de Filiacion de Menor, y contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, en

agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 00991

RESOLUCION JEFATURAL Nº 882-2004-JEF/RENIEC
MORDAZA, 30 de diciembre de 2004 Visto, el Oficio Nº 10470-2004/GP/SGDAC/HYC RENIEC, el Informe Nº 158-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC, y el Informe Nº 1327-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 7 de diciembre de 2004; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora ha detectado que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se presentaron ante el Registro Provisional de Identidad en el ano 1997 y obtuvieron sus Inscripciones PAR Nº 80037774 y Nº 80033072, presentando como sustento Partidos de Nacimiento que contenian datos falsos acerca de su identidad; Que, posteriormente, dichos ciudadanos solicitan tramites de rectificacion de fecha de nacimiento, para lo cual adjuntan sus respectivas Actas de Nacimiento como sustento, con lo cual queda en evidencia, luego de la verificacion de los datos realizada por las Municipalidades involucradas, que pese a contar con estos documentos de sustento obtuvieron de manera irregular su inscripcion en el Registro Provisional de Identidad presentando Partidas de Nacimiento que contienen datos falsos, contraviniendo asi lo establecido en los articulos 2º y 3º del Decreto Legislativo Nº 837 e incurriendo en la conducta establecida en el articulo 7º del mismo instrumento legal; Que, por Resolucion de la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central Nº 098-2004-GP/SGDAC-RENIEC, se dispone la exclusion definitiva en el Registro de las inscripciones mencionadas; Que, los hechos MORDAZA expuestos, se colige que el comportamiento realizado por los ciudadanos precitados, al haber declarado datos falsos ante el Registro, a fin de obtener una inscripcion provisional con datos que inexistentes; constituyen indicios razonables de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA CASTRO; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro

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