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PÆg. 286537 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de febrero de 2005 clamos - CADER, del Ministerio de Educación sobre el estado de los procesos a su cargo. d) Procesar denuncias referidas a actos de acoso y contra la libertad sexual con la prioridad que el caso requiera. e) Velar por la transparencia de los actos de gestión en su jurisdicción, fortaleciendo la participación, concertación y vigilancia de los actores educativos en dicho proceso. f) Derivar, respetando los procedimientos de Ley y con la celeridad del caso a la autoridad jurisdiccional, las denuncias documentadas de hechos delictivos. Debien- do orientar las acciones administrativas que permitan salvaguardar los intereses de los educandos y la institu- ción educativa. 02890 ENERGÍA Y MINAS Modifican artículo del D.S. N” 120- 2002-PCM referente al Grupo TØcnico de Coordinación Interinstitucional Ca- misea DECRETO SUPREMO Nº 007-2005-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 120-2002-PCM se creó el Grupo Técnico de Coordinación Interinstitu- cional Camisea (GTCI CAMISEA) como órgano depen- diente orgánica y funcionalmente del Despacho del Viceministro de Energía del Ministerio de Energía y Mi- nas, integrado por representantes de diversos órganos y entidades, como la Secretaría Técnica de Asuntos In- dígenas - SETAI de la Comisión Nacional de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, la Dirección Ge- neral de Caminos del Ministerio de Transportes y Comu- nicaciones, el Programa Especial de Titulación de Tie- rras - PETT del Ministerio de Agricultura, la Dirección de Capitanías y Guardacostas y la Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Energía y Minas; Que, a partir de la entrada en vigencia de la norma en mención, se han dictado sendos dispositivos que varían la denominación de los órganos antes mencionados o que incluso los disuelven, por lo que corresponde reali- zar modificaciones con el fin de adecuar el texto del Decreto Supremo Nº 120-2002-PCM a la normatividad vigente; Que, asimismo, resulta pertinente adecuar el mecanis- mo de designación de representantes ante el GTCI CA- MISEA al previsto por el artículo 4º de la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el De- creto Legislativo Nº 560 y la Ley Nº 27594; DECRETA: Artículo 1º.- Modifíquese el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 120-2002-PCM, el que quedará redactado con el siguiente texto: "Artículo 5º.- El GTCI CAMISEA establecerá mecanis- mos de coordinación con relación al Proyecto Camisea con las siguientes entidades y órganos: - El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Energía (OSINERG); - El Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRE- NA); - La Comisión Nacional de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos (CONAPA) de la Presiden- cia del Consejo de Ministros; - El Consejo Nacional del Ambiente (CONAM); - La Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA)del Ministerio de Salud; - La Defensoría del Pueblo (DP); - La Dirección General de Caminos y Ferrocarriles del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; - El Instituto Nacional de Desarrollo (INADE); - El Programa Especial de Titulación de Tierras y Catastro Rural (PETT) del Ministerio de Agricultura; - La Dirección General de Capitanías y Guardacos- tas (DICAPI) de la Marina de Guerra del Perú; y, - El Instituto Nacional de Cultura (INC). Los órganos y entidades del Poder Ejecutivo designa- rán a sus representantes mediante Resolución Ministe- rial del Sector correspondiente. La Defensoría del Pue- blo designará a su representante mediante Resolución del Titular de la Entidad. Asimismo, el Ministerio de Energía y Minas participa- rá en el GTCI CAMISEA a través de la Dirección Gene- ral de Asuntos Ambientales Energéticos y la Dirección General de Hidrocarburos, sin perjuicio de lo estableci- do en el artículo siguiente." Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de febrero del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 02921 INTERIOR Designan Comisión Especial de Proce- sos Administrativos Disciplinarios del ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0179-2005-IN/0901 Lima, 3 de febrero del 2005 Visto, el Oficio Nº 037-2005-IN-0404 del 14ENE2005 mediante el cual el Ministro del Interior remite al Jefe del Gabinete de Asesores de la Alta Dirección - MININTER la documentación relacionada con faltas administrativas en que habrían incurrido funcionarios y ex funcionarios que se señalan en dicho documento, como la CPC Alicia ZAMBRANO CERNA, Sr. Dante Daniel VERA MILLER y otros; CONSIDERANDO:Que, mediante el Informe Nº 021-2004-2-0282-IN/ OCI.OAI.AUD. de la Oficina de Auditoría Interna del Órga- no de Control Institucional del Sector se hace conocer que existen faltas administrativas originadas por la demora en los trámites de la documentación generada, a mérito de un proceso administrativo disciplinario dispuesto oportuna- mente, no observando la normatividad vigente, encontrán- dose comprendidos en este caso la CPC Alicia ZAMBRA- NO CERNA, Sr. Dante Daniel VERA MILLER y otros fun- cionarios y ex funcionarios que se especifican en las Ob- servaciones 1, 2 y 3 de dicho Informe; Que, en atención a los documentos vistos y de con- formidad con lo establecido en los artículos 152º y 166º del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa, el Sr. Ministro del Interior solicita el nombramiento de una Comisión Especial de Procesos Administrativos Disci- plinarios a efectos de calificar la gravedad de las faltas en que habrían incurrido los funcionarios y ex funciona- rios públicos antes mencionados; Que, en sujeción a lo estipulado por el Art. 165º se-