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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (09/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 24

PÆg. 286542 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de febrero de 2005 Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se esta- bleció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento, según corresponda, asumía las competencias, fun- ciones, atribuciones, los derechos y obligaciones del Vicemi- nisterio de Infraestructura, del Programa de Equipamiento Bá- sico Municipal y los órganos de apoyo, control, defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presidencia que se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento es un organismo público integrante del Poder Ejecu- tivo, que se rige por su Ley de Organización y Funciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organización y Funcio- nes aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIEN- DA, y que tiene como misión mejorar las condiciones de vida de la población facilitando su acceso a una vivienda adecua- da y a los servicios básicos, proporcionando el ordenamien- to, crecimiento, conservación, mantenimiento y protección de los centros de población y sus áreas de influencia, fo- mentando la participación de las organizaciones de la socie- dad civil y de la iniciativa e inversión privada; Que, a través del Oficio de Vistos, el Sr. Lincor Ríos Linares, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Tabalosos, solicitó al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamien- to la donación de diversa maquinaria; adecuándose dicho pedido en coordinaciones conjuntas con el citado gobierno local y los funcionarios del Ministerio a módulos para confec- ciones e industria del cuero; Que, mediante Memorándum Nº 250-2004/VIVIENDA- VMCS-PREBAM el Jefe del Programa de Equipamiento Básico Municipal corrió traslado del Informe Técnico Nº 029-2004/VI- VIENDA-VMCS-PREBAM-ARR, en el cual se precisó que la entidad solicitante, cuenta con infraestructura adecuada para recibir e instalar la maquinaria solicitada como donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opi- nión técnica favorable del Programa de Equipamiento Básico Municipal - PREBAM y actuando de conformidad con lo dis- puesto en la Directiva para el Procedimiento Administrativo res- pecto de los actos de disposición de bienes muebles no patri- moniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferidos, aprobada vía la Resolución de Secretaría General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donación de las máquinas detalladas en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la dona- ción de las máquinas que se detallan en el Anexo 1 que forman parte integrante de la presente Resolución a favor de la Municipalidad Distrital de Tabalosos, provincia de Lamas, epartamento de San Martín, con la finalidad de implementar el Colegio Estatal Nº 0707 “Emilio San Martín”; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002- VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación de las máquinas des- critas en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presen- te Resolución, valorizadas en S/. 17 472.22 (Diecisiete mil cuatrocientos setenta y dos con 22/100 Nuevos Soles), a favor de la Municipalidad Distrital de Tabalosos, provincia de Lamas, departamento de San Martín, con la finalidad de implementar el Colegio Estatal Nº 0707 “Emilio San Martín”. Artículo 2º.- El programa de Equipamiento Básico Municipal será responsable de velar porque se cumpla con la finalidad de la donación. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Mi- nisterial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloría General de la República dentro de los tér- minos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 02863 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 043-2005-VIVIENDA Lima, 8 de febrero de 2005 Vistos; el Oficio Nº 338-2004-A-MDM de la Municipalidad Distrital de San Pedro de Mala, provincia de Cañete, depar-tamento de Lima; el Informe Técnico Nº 048-2004/VIVIEN- DA-VMCS-PREBAM-ARR y el Memorándum Nº 122-2004- VIVIENDA/CGP del Comité de Gestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se adquirió maquinaria para la industria del calzado, confección y tejido, procedentes de la República Popular China con la finalidad de equipar a pequeños y microempresarios; siendo dicha norma modificada por Decreto de Urgencia Nº 023-97, por medio del cual se autorizó destinar y transferir hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital adquiridos vía el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a entidades educativas del país, asi- mismo mediante el Decreto de Urgencia Nº 086-97 se agregó al contenido del Decreto de Urgencia Nº 023-97 una disposi- ción que señaló que del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital, se podrían transferir en calidad de donación a los centros educativos estatales y a organizacio- nes sociales con fines educativos, de capacitación o de pro- moción social sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y función de los Ministerios regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, determinándose el número de Ministe- rios, entre los cuales se constituyó el Ministerio de Vi- vienda, Construcción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Mi- nisterio de la Presidencia, quedando extinguido para to- dos sus efectos, el 31 de julio del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se estableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, según corresponda, asumía las competencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipamiento Básico Municipal y los órga- nos de apoyo, control, defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presidencia que se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento es un organismo público integrante del Poder Ejecu- tivo, que se rige por su Ley de Organización y Funciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organización y Funcio- nes aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIEN- DA, y que tiene como misión mejorar las condiciones de vida de la población facilitando su acceso a una vivienda adecua- da y a los servicios básicos, proporcionando el ordenamien- to, crecimiento, conservación, mantenimiento y protección de los centros de población y sus áreas de influencia, fo- mentando la participación de las organizaciones de la socie- dad civil y de la iniciativa e inversión privada; Que, a través del oficio de Vistos, el señor Juan Hugo Nolasco Manco, Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Pedro de Mala, solicitó al Ministerio de Vivienda, Construc- ción y Saneamiento la donación de maquicentros; adecuán- dose dicho pedido en coordinaciones conjuntas con el cita- do gobierno local y los funcionarios del Ministerio a maquina- ria para confecciones y maquinaria para industria del cuero; Que, mediante Memorándum Nº 316-2004/VIVIENDA- VMCS-PREBAM el Jefe del Programa de Equipamiento Básico Municipal corrió traslado del Informe Técnico Nº 048-2004/VI- VIENDA-VMCS-PREBAM-ARR en el cual se precisó que la entidad solicitante, cuenta con infraestructura adecuada para recibir e instalar la maquinaria solicitada como donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de Equipamiento Básico Municipal - PREBAM y actuando de conformidad con lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Adminis- trativo respecto de los actos de disposición de bienes mue- bles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferidos, aproba- da vía la Resolución de Secretaría General Nº 016-2003- VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donación de las máquinas detalladas en el Anexo que forma parte inte- grante de la presente Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donación de las máquinas que se detallan en el Anexo 1 que forman parte integrante de la presente Resolución a favor de la Municipalidad Distrital de San Pedro de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima, con la fina- lidad de implementar el Centro de Educación Ocupacio- nal “San Juan Bautista”; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002- VIVIENDA;