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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (10/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 29

PÆg. 286599 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de febrero de 2005 Otorgan a empresa licencia de opera- ción para el procesamiento de produc-tos hidrobiológicos RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 003-2005-PRODUCE/DNEPP Lima, 6 de enero del 2005 Visto los escritos con registro Nº CE-04906003 de fecha 7 de julio del 2004 y Nº 09800003 de fecha 12 de noviembre del 2004, presentados por ACUACULTURA Y PESCA S.A.C.; CONSIDERANDO: Que el inciso d) del artículo 43º, artículo 45º y artículo 46º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca,establecen que para la operación de plantas de procesa-miento de productos pesqueros las personas naturales o jurídicas requerirán de licencia, la que será otorgada a nivel nacional por el Ministerio de Pesquería, hoy Minis-terio de la Producción; Que el artículo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que las personas naturales o jurídicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobio- lógicos para consumo humano directo, indirecto o al usoindustrial no alimenticio, requerirán de licencia para laoperación de cada planta de procesamiento; Que por Resolución Directoral Nº 027-2002-PRODU- CE/DNEPP de fecha 20 de agosto del 2002, renovada con Resolución Directoral Nº 037-2004-PRODUCE/ DNEPP, se otorgó a la empresa ACUACULTURA Y PES-CA S.A.C. autorización para la instalación de un estableci-miento industrial pesquero, para desarrollar la actividadde procesamiento de recursos hidrobiológicos, a travésde una planta de congelado, a ubicarse a la altura de los kilómetros 379 y 380 de la carretera Panamericana Nor- te, del distrito de Comandante Noel, provincia de Cas-ma, departamento de Ancash, con capacidad proyec-tada de 12 t/día; Que mediante los escritos del visto, el administrado solicita se le otorgue licencia de operación a fin de pro- ceder con el inicio de sus operaciones de procesamien- to de recursos hidrobiológicos a través de su planta decongelado, en su establecimiento industrial pesqueroubicado en el kilómetro 383.3 de la Panamericana Norte,del distrito de Comandante Noel, provincia de Casma,departamento de Ancash; Que la Dirección Nacional de Medio Ambiente me- diante Constancia de Verificación Nº 004-2004-PE/DI-NAMA, de fecha 25 de mayo del 2004, señala queACUACULTURA Y PESCA S.A.C. ha cumplido con im-plementar las medidas de mitigación presentadas en suEstudio de Impacto Ambiental para su planta de conge- lado de productos hidrobiológicos, asimismo indica que ACUACULTURA Y PESCA S.A.C. durante el desarrollode su actividad está obligada a cumplir con los compro-misos del EIA y la normatividad vigente; Que el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú - ITP mediante Protocolo Sanitario Nº PS-006-CG-04-DICS de fecha 30 de junio del 2004, declara que la citada planta se adecua a los requerimientos de diseño, construccióny equipamiento, según lo establecido en la Norma Sanita-ria para las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aproba-da por Decreto Supremo Nº 040-2001-PE; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección Nacional de Extracción y Pro- cesamiento Pesquero, mediante su Informe Nº 201-2004-PRODUCE/DNEPP-Dch, que sustenta la procedenciatécnica de lo solicitado y señala que la recurrente hacumplido con presentar los requisitos establecidos en elprocedimiento Nº 28, del Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 035- 2003-PRODUCE; y con la opinión favorable de la Ofici-na General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley No 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley Nº 27789 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el procedimiento Nº 28 del Texto Úni-co de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas en el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a ACUACULTURA Y PESCA S.A.C., licencia de operación para que desarrolle la acti-vidad de procesamiento de productos hidrobiológicos, a través de su planta de congelado, en su establecimiento industrial ubicado a la altura del kilómetro 383.3 de lacarretera Panamericana Norte, del distrito de Coman-dante Noel, provincia de Casma, departamento de An-cash, con la siguiente capacidad instalada: Congelado: 12 t/día. Artículo 2º.- ACUACULTURA Y PESCA S.A.C., de- berá operar su planta de congelado de productoshidrobiológicos con sujeción a las normas legales regla-mentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como a las relativas a la preservación del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pes-quera, que aseguren el desarrollo sostenido de la activi-dad pesquera. Asimismo, deberá contar con un sistemade control del proceso que garantice la óptima calidaddel producto final; así como deberá poner en operación los equipos y/o sistemas de mitigación verificados por la Dirección Nacional de Medio Ambiente, según se señalaen la Constancia de Verificación Nº 004-2004-PRODU-CE/DINAMA de fecha 25 de mayo del 2004; y ademáscumplir los requerimientos operativos establecidos en laNorma Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuí- colas, aprobadas por Decreto Supremo Nº 040-2001- PE, sustentados en el Protocolo Sanitario Nº PS-006-CG-04-DICS de fecha 30 de junio del 2004. Artículo 3º.- El incumplimiento de lo establecido en el artículo precedente será causal de caducidad del dere-cho otorgado o de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder, según sea el caso. Artículo 4º.- Incorporar a la empresa ACUACULTU- RA Y PESCA S.A.C. en el Anexo II de la ResoluciónMinisterial Nº 041-2002-PRODUCE, como titular de lalicencia de operación de la planta de congelado descritaen el artículo 1º de la presente resolución directoral. Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución direc- toral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control yVigilancia del Ministerio de la Producción, a la DirecciónRegional de la Producción de Ancash y consignarse enel Portal de la Página Web del Ministerio de la Produc-ción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA DONGO ARÉVALO Directora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero 02910 Modifican licencia de operación otor- gada a persona jurídica por innovacióntecnológica RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 006-2005-PRODUCE/DNEPP Lima, 7 de enero del 2005 Visto el escrito con registro Nº CE - 07264002 de fecha 5 de noviembre del 2004, presentado por TECNO- LÓGICA DE ALIMENTOS S.A. CONSIDERANDO: Que el inciso d) del artículo 43º, artículo 45º y artículo 46º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca,establecen que para la operación de plantas de procesa-