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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G37/G32/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 16 de febrero de 2005 Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impues- to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y el numeral 1) del inciso d) del Artículo 88º del Texto Único Ordenadode la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el DecretoSupremo Nº 054-99-EF. Artículo 3º.- Para efecto del Crédito contra el Impuesto a la Renta, previsto en el numeral 1) del inciso d) del Artículo 88º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF, seconsidera el costo computable equivalente a S/. 65 021,61(Sesenta y Cinco Mil Veintiuno y 61/100 Nuevos Soles), se-gún Declaración Jurada de fecha 24 de mayo de 2002. Lo dispuesto en este artículo se aplica sin perjuicio de la comprobación posterior que corresponda efectuar a la Super- intendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Contraloría General de la República, dentro delos plazos establecidos. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 03519 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 024-2005-EF Lima, 15 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que, las Empresas Yura S.A. y Cemento Sur S.A. han efectuado donaciones a favor del Gobierno Regional deArequipa (ex Consejo Transitorio de Administración Regio-nal Arequipa) consistentes en bolsas de cemento, destina-das para apoyar las acciones de reconstrucción de la zonaafectada por el sismo ocurrido el 23 de junio de 2001; Que, la Segunda Disposición Final del Decreto Supre- mo Nº 017-2003-EF, señala que las donaciones realizadashasta el 31 de diciembre de 2002 a favor de entidades ydependencias del Sector Público, excepto empresas, cuyotrámite de aprobación de la donación se encuentre encurso, se regirá por las normas vigentes a dicha fecha; De conformidad con lo dispuesto por el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impues-to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo,aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y el De-creto Legislativo Nº 935; el numeral 1) del inciso d) delArtículo 88º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im- puesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF y el Decreto Supremo Nº 124-2001-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulariza- ción, la donación efectuada por la Empresa Yura S.A., afavor del Gobierno Regional de Arequipa (ex Consejo Tran-sitorio de Administración Regional Arequipa) consistenteen 9 760 bolsas de cemento portland tipo IP, según Carta de Donación Nº GALY-257 de fecha 10 de octubre de 2001. Dicha donación ha sido destinada para apoyar lasacciones de reconstrucción de la zona afectada por elsismo ocurrido el 23 de junio de 2001. Artículo 2º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulariza- ción, la donación efectuada por la Empresa Cemento Sur S.A., a favor del Gobierno Regional de Arequipa (ex Con- sejo Transitorio de Administración Regional Arequipa) con-sistente en 665 bolsas de cemento portland tipo IP, segúnCarta de Donación Nº GALY-258 de fecha 10 de octubrede 2001. Dicha donación ha sido destinada para apoyarlas acciones de reconstrucción de la zona afectada por el sismo ocurrido el 23 de junio de 2001. Artículo 3º.- Compréndanse a las donaciones citadas en los artículos anteriores dentro de los alcances del incisok) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y el numeral 1) del inciso d) del Artículo 88º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado porel Decreto Supremo Nº 054-99-EF. Artículo 4º.- Para efecto del Crédito contra el Impuesto a la Renta, previsto en el numeral 1) del inciso d) del Artícu- lo 88º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF,se considera lo siguiente: - La donación de la Empresa Yura S.A. tiene un costo computable equivalente a S/. 48 409,60 (Cuarenta y Ocho Mil Cuatrocientos Nueve y 60/100 Nuevos Soles), según Declaración Jurada de fecha 16 de noviembre de 2001. - La donación de la Empresa Cemento Sur S.A. tiene un costo computable equivalente a S/. 3 970,05 (Tres MilNovecientos Setenta y 05/100 Nuevos Soles), según De-claración Jurada de fecha 16 de noviembre de 2001. Lo dispuesto en este artículo se aplica sin perjuicio de la comprobación posterior que corresponda efectuar a la Super-intendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y porel Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 03520 /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G43/G61/G6C/G65/G6E/G64/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G70/G72/G6F/G6D/G69/G73/G6F/G73 /G64/G65/G6C/G20/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 012-2005-EF/76.01 Lima, 11 de febrero de 2005 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Nº 004-2005-EF/ 76.01 se aprobó el Calendario de Compromisos Trimestral Mensualizado de los meses de enero, febrero y marzo delAño Fiscal 2005; Que, es necesario modificar, por ampliación, el Calen- dario de Compromisos del mes de enero de los Organis-mos comprendidos en el Gobierno Nacional; Estando a lo informado por la Dirección de Programa- ción, Evaluación Presupuestal y Procesamiento de la Di-rección Nacional del Presupuesto Público; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º.1 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Pre-supuesto, el artículo 24º de la Directiva Nº 003-2005-EF/ 76.01 Directiva para la Ejecución del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el Año Fiscal 2005 aprobadapor la Resolución Directoral Nº 005-2005-EF/76.01; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar el Calendario de Compromisos del mes de enero del Ejercicio Fiscal 2005, en los montos quese detallan en el Anexo de la presente Resolución. Artículo 2º.- La aprobación de los calendario de com- promisos no convalida los actos o acciones que no seciñan a la normatividad vigente, de conformidad con el Artículo 30º.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Artículo 3º.- Los montos aprobados en el Anexo que se señala en el artículo 1º, para el Gobierno Nacional sedesagrega a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, GrupoGenérico de Gasto y Fuente de Financiamiento.