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PÆg. 296300 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de julio de 2005 Que, la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 28278, otorga un plazo de treinta (30) días contado apartir del día siguiente de publicada dicha Ley, para quelas entidades que integran el CONCORTV, comuniquen al Ministerio su propuesta de representación ante dicho Con- sejo; vencido dicho plazo, el Ministerio, a propuesta de losdemás representantes al Consejo Consultivo, procederá aefectuar la designación de los representantes de aquellasinstituciones que no hubiesen efectuado oportunamentesu comunicación; Que, el artículo 55º de la Ley Nº 28278 y el artículo 107º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión,aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, esta-blecen que los miembros del CONCORTV deben ser perso-nas con idoneidad moral, destacada trayectoria, experien-cia profesional no menor de diez (10) años y deberán acredi- tar no estar incursos en los impedimentos que establece el artículo 56º de la acotada Ley; para tal efecto, establece laobligación a cargo de los miembros propuestos de acredi-tar ante el Ministerio el cumplimiento de determinados re-quisitos; Que, se han recibido las propuestas de los represen- tantes del Consejo de la Prensa Peruana, de la Asociación Nacional de Anunciantes, del Colegio de Periodistas delPerú, de la Asociación Nacional de Centros de Investiga-ción y Promoción Social y Desarrollo, de la Asociación Pe-ruana de Consumidores y Usuarios (por las Asociacionesde Consumidores) y de la Sociedad Nacional de Radio (por los titulares de autorizaciones de servicios de radiodifusión sonora y de televisión comercial), quienes han acreditadocumplir con los requisitos establecidos en el artículo 55º dela Ley Nº 28278 y el artículo 107º de su Reglamento, y noestar incursos en los impedimentos contemplados en elartículo 56º de la mencionada Ley; Que, asimismo se ha recibido la propuesta de la Coordinadora Nacional de Radio, para designar alrepresentante de los titulares de autorizaciones de ser-vicios de radiodifusión sonora y de televisión educati-va, sin embargo, dado que esta institución norepresentaría a los titulares de autorizaciones de servi- cios de radiodifusión por televisión, se ha visto por con- veniente someter su propuesta a consideración de losmiembros del Consejo Consultivo de Radio y Televisiónque se designan en la presente Resolución, para suratificación o en su caso, propongan un nuevo repre-sentante conforme a lo previsto en la Tercera Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 28278; Que, en igual sentido, dado que a pesar del tiempo transcurrido el representante propuesto por la Asocia-ción Nacional de Anunciantes del Perú (ANDA) no hacumplido con presentar los requisitos exigidos por lanormativa vigente, y no habiéndose recibido la propues- ta para la designación del representante del Colegio de Profesores del Perú; corresponde a los miembros delConsejo Consultivo designado formular la respectiva pro-puesta para su designación por este Ministerio, en cum-plimiento de la Tercera Disposición Transitoria de la LeyNº 28278; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791, la Ley Nº 28278 y el Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar como miembros del Consejo Con- sultivo de Radio y Televisión - CONCORTV, a las siguientes personas: - Señor Luis Agois Banchero, representante del Conse- jo de la Prensa Peruana; - Señor José Távara Martin, representante del Minis- terio de Transportes y Comunicaciones; - Señor José Francisco Perla Anaya, representante de las Facultades de Comunicación Social y Periodismo; - Señor Eleodoro Menéndez Gallegos, representante del Colegio de Periodistas del Perú; - Señora Marisol Castañeda Menacho, representante de la Asociación Nacional de Centros de Investigación y Promoción Social y Desarrollo; - Señor Crisólogo Cáceres Valle, representante de las Asociaciones de Consumidores; y, - Señor Daniel Linares Bazán, representante de los titulares de autorizaciones de radiodifusión sonora y de televisión comercial. Artículo 2º.- Los miembros del Consejo Consultivo de Radio y Televisión designados en el artículo precedente,presentarán al Ministerio de Transportes y Comunicaciones en un plazo que no exceda de treinta (30) días calendariocontado a partir del día siguiente de la publicación de lapresente Resolución, su propuesta para la designación de los representantes de los titulares de autorizaciones de radiodifusión sonora y de televisión educativa, de la Aso-ciación Nacional de Anunciantes (ANDA) y del Colegio Pro-fesional de Profesores del Perú. Artículo 3º.- Para efectos de lo señalado en el artículo precedente, el representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones convocará a la sesión de instalación del Consejo Consultivo de Radio y Televisión, en un plazo decinco (5) días hábiles contado a partir del día siguiente dela publicación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTÍZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 12181 Otorgan concesión a empresa para prestar servicio pœblico portador delarga distancia nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 441-2005-MTC/03 Lima, 7 de julio de 2005 VISTA, la solicitud formulada mediante Expediente Nº 2004-011445 por la empresa RED INTERNACIONAL DECOMUNICACIONES DEL SUR S.A., para que se le otor-gue concesión para la prestación del servicio público porta-dor de larga distancia nacional en Arequipa, Moquegua, Tacna y Puno; CONSIDERANDO:Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Or- denado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar con-cesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materiade telecomunicaciones; Que, el artículo 126º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, esta- blece que los servicios portadores de carácter público seprestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorgaprevio cumplimiento de los requisitos y trámites estable-cidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona median-te la suscripción de un contrato de concesión aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones; Que, el artículo 35º del Texto Único Ordenado del Re- glamento General de la Ley de Telecomunicaciones, esta-blece que entre los servicios portadores se encuentra elservicio portador de larga distancia; Que, mediante Informes Nºs. 065-2005-MTC/ 17.01.ssp, 166-2005-MTC/17.01.ssp y 224-2005-MTC/17.01.ssp, la Dirección de Concesiones y Autorizacionesde Telecomunicaciones, de la Dirección General de Ges-tión de Telecomunicaciones, señala que, habiéndoseverificado el cumplimiento de los requisitos que estable- ce la legislación para otorgar la concesión solicitada para la prestación del servicio público portador de larga dis-tancia nacional, es procedente la solicitud formulada porla empresa RED INTERNACIONAL DE COMUNI-CACIONES DEL SUR S.A.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Orde-nado del Reglamento General de la Ley de Telecomuni-caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, con su modificatoria, el Reglamento de Organizacióny Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el TUPA del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunica-ciones;