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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2005 (08/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 66

PÆg. 296326 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de julio de 2005 misma que fuera aprobada según Resolución Nº 050-2005- GIPRI-GCDL-MSS de fecha 01.02.05 (fs. 47 a 59) con unárea de 1,001.81 m2, y que la administrada propone seamodificada a 701.06 m2 considerando que la Ordenanza Nº 292-MML establece que el aporte para Recreación Pú- blica para el presente caso debe ser 7% constituyendoesto un área de 700.00 m2, agregando que los proyectosde Habilitación Urbana fueron aprobados a su anterior pro-pietario “Banco Agrario del Perú en Liquidación”, habién-dose transferido la propiedad del inmueble a favor de la Constructora Minka S.R.L (fs. 55 a 61), y de ésta a Inver- siones Inmobiliarias del Atlántico S.A.” (fs. 63 a 77); asimis-mo se informa que efectuada la inspección ocular que elcaso requiere, se ha constatado que no se ha efectuadoobra alguna en el predio materia de Modificación; Que, la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad de Santiago de Surco, en su Sesión Nº 003- 2005 de fecha 11-03-2005 (fs. 89 a 91), acordó emitir el DIC-TAMEN: FAVORABLE, determinando que se acepta la modifi-cación del área destinada como aporte reglamentario paraRecreación Pública, considerando que el porcentaje requeri-do según la Ordenanza Nº 292-MML es de 700.00 m2, por lo que el área aprobada según los proyectos de Habilitación Urbana de 1,001.81 m2 se reduce a 701.06 m2; en mérito aldictamen aprobatorio, se emitió la Notificación Nº 728-2005-SGLHU-GIPRI-MSS del 15.03.05 (fs. 92 y 93), poniendo enconocimiento al administrado que previo a la prosecución deltrámite de aprobación de Habilitación Urbana, debía cumplir con cancelar S/. 3,278.40 Nuevos Soles por concepto de liquidación, monto que ha sido cancelado con Recibo Únicode Caja Nº 2569484 de fecha 04.05.05 (fs. 98 y 99); Que, estando en lo dispuesto en la Ley N° 26878, De- creto Supremo N° 011-98-MTC, Ley N° 27444 del Procedi-miento Administrativo General, Decreto de Alcaldía Nº 08- 2004-MSS que aprueba la adecuación en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, de acuerdo a lasmodificaciones de la Estructura Orgánica que entra en vi-gencia a partir del 1 de enero del 2005, y Resolución Geren-cial Nº 002-2005-GIPRI-GCDL-MSS de fecha 13.01.2005que delega a la Subgerencia de Licencias Habilitaciones Urbanas, la facultad de suscribir en nombre y representa- ción de la Gerencia de Inversión Privada las ResolucionesGerenciales para los trámites de Habilitaciones Urbanas; RESUELVE: Artículo Primero.- APRUEBESE la Modificación de Pro- yectos de Habilitación Urbana para Uso Residencial de BajaDensidad “R2”, del terreno de 10,000.00 m2 inscrito en la Partida Registral Nº 49064701 de propiedad de “INVER-SIONES INMOBILIARIAS DEL ATLÁNTICO S.A.”, constitui-do por el Lote Nº 17 de la Parcelación Semirrústica “Lima Polo Hunt Club”, ubicado con frente al jirón Santa Elena Norte (antes calle Santa Elena Norte), esquina con la calleZinnia (antes calle Dos), en el distrito de Santiago de Surco,provincia y departamento de Lima, de acuerdo con los pla-nos signados con el Nº 028.01-2005-SGLHU-GIPRI-GCDL-MSS, y Nº 028.02-2005-SGLHU-GIPRI-GCDL-MSS, por exis- tir variación en el área de aporte reglamentario para Recrea- ción Pública con respecto a la aprobada según ResoluciónGerencial Nº 050-2005-GIPRI-GCDL-MSS de fecha01.02.2005. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a la administrada “IN- VERSIONES INMOBILIARIAS DEL ATLÁNTICO S.A.”, para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolu-ción, las obras de Habilitación Urbana cuyos ProyectosModificados se aprueban, debiendo sujetarse los trabajosa los planos firmados y sellados por este Corporativo, te-niendo en cuenta lo siguiente: DISEÑO URBANO: Considerando que el terreno de 10,000.00 m2, se en- cuentra en un Área de Estructuración Urbana III-B – Área de Mayor Homogeneidad de funciones, Subárea de Es- tructuración Urbana B, en un Área de Uso Residencial deBaja Densidad Tipo “R2”, el cuadro de Áreas Modificadoque se aprueba es el siguiente: CUADRO DE ÁREAS ÁREA BRUTA TOTAL DEL TERRENO 10,000.00 m2 ÁREA CEDIDA PARA VÍAS 761.88 m2 ÁREA ÚTIL 8,537.06 m2 ÁPORTE PARA RECREACIÓN PÚBLICA 701.06 m2 APORTES REGLAMENTARIOS: La Ordenanza Nº 292-MML de fecha 03.12.2000 esta- blece los Aportes Reglamentarios que deben cumplir lashabilitaciones con fines de vivienda Tipo 2 al proyectar una Habilitación Urbana, en aplicación a lo cual los porcentajes de aportes reglamentarios que corresponden al Área de10,000.00 m2 son los siguientes: CUADRO DE APORTES APORTE PORCENTAJE SEGÚN APROBADO SEGÚN PROPUESTA OBSERVACIONES ORD. Nº 292-MML Res.Ger. Nº 050 MODIFICACIÓN RECREACIÓN 7% 700.00 m2 1,001.81 m2 701.06 m2 —————————- PÚBLICA MINISTERIO DE 2% 200.00 m2 ——————————— ———————— Se solicitó la reden- EDUCACIÓN ción en dinero SERPAR 2% 200.00 m2 ——————————— ———————— Se solicitó la reden- ción en dinero OTROS FINES 2% 200.00 m2 ——————————— ———————— Se solicitó la reden- ción en dinero Artículo Tercero.- DISPONER, que quede como carga inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, laobligación del propietario de cancelar los déficit de apor-tes, que serán redimidos en dinero antes de la Recepciónde las Obras y, en consecuencia, queda como garantía el Lote Único materia de la presente Resolución. En cumpli- miento a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley Generalde Habilitaciones Urbanas aprobado por Decreto SupremoNº 011-98-MTC, artículo 29º, el déficit de aporte para OtrosFines de 200.00 m² deberá ser cancelado en la Municipa-lidad de Santiago de Surco, y los déficit de aportes para el Ministerio de Educación 200.00 m² y Parques Zonales 200.00 m2, deberán ser cancelados ante el Ministerio deEducación y SERPAR-LIMA respectivamente. Artículo Cuarto.- DISPONER que el Registro de Predios de la IX Zona Registral – Sede Lima, cumpla con efectuar laindependización a favor de la Municipalidad de Santiago de Surco del Aporte Reglamentario para Recreación Pública con-formado por el Parque Nº 01, de acuerdo al plano de Replan- teo de Lotización Nº 028.02-2005-SGLHU-GIPRI-GCDL-MSSque se aprueba, teniendo en cuenta que el predio matriz de10,000.00 m² se encuentra inscrito en la Partida RegistralN° 49064701 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina de Asesoría Jurídica el cumplimiento del artículo cuarto de la presenteResolución. Artículo Sexto.- DISPONER que “INVERSIONES INMO- BILIARIAS DEL ATLÁNTICO S.A.”, efectúe la publicaciónde esta Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de cinco días útiles contados a partir del día siguiente de notificado; sufragando los gastos a que hubiere lugar. Artículo Séptimo.- REMITIR los presentes actuados administrativos en copia certificada a la Dirección Municipalde Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana deLima, para su ratificación de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º de la Ley Nº 26878.Observaciones: (*) El propietario entrega en terreno, el área correspondiente al Aporte para Recreación Pública de 701.06 m2, en aplicación a lo establecido en el Plan Urbano del distrito de Santiago de Surco, aprobado por Ordenanza No 181-MSS de fecha 22.03.2004, Capítulo 3 - Conjuntos Residenciales - Inciso 3.6 .2, correspondiente a Áreas Verdes.