Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2005 (08/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 8 de MORDAZA de 2005

a) Extincion de los intereses, reajustes y moras que se hubiesen generado de conformidad con lo establecido en el Articulo 33º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, originados como consecuencia del no pago de los tributos referidos en el primer Articulo. b) Descuento del veinte por ciento (20%) del monto insoluto de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo de los anos 1999 al 2003. c) Descuento del treinta por ciento (30%) del monto insoluto de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo de los anos 1999 al 2003, unicamente para aquellos contribuyentes que cumplan con cancelar la totalidad de sus obligaciones tributarias hasta el presente ano, inclusive. Articulo Tercero.- Para acogerse al beneficio c) senalado en el articulo precedente, es necesario que el contribuyente cancele sus obligaciones tributarias pendientes de pago de la totalidad de sus inmuebles, hasta la cuarta cuota del Impuesto Predial y hasta la mensualidad decimo MORDAZA de los arbitrios, correspondientes ambos al ano 2005. No podran gozar de este beneficio c), aquellos que quieran honrar las deudas de algunos de sus predios; en cuyo caso solo le correspondera los beneficios a) y b). Articulo Cuarto.- Aquellos contribuyentes que no se encuentran en la posibilidad de cancelar sus obligaciones tributarias, pueden acceder a suscribir un convenio de Fraccionamiento, en cuyo caso solo podran disfrutar del beneficio establecido en el literal a) del articulo 2º de la presente Ordenanza. La deuda podra ser fraccionada en una cuota inicial no menor al treinta por ciento (30%) y cinco cuotas, cuyo vencimiento sera de treinta (30) dias calendario entre cada una de ellas. Para optar por esta modalidad de pago, el contribuyente debera: - Presentar original y MORDAZA legible de su documento de identidad. - En caso de realizarlo a traves de un apoderado, debera adjuntar ademas del requisito anterior, carta poder simple, asi como el original y MORDAZA legible del documento de identidad del apoderado. - Suscribir el Convenio de Fraccionamiento aceptando las condiciones de otorgamiento y perdida del fraccionamiento; asi como de la Tasa de Interes aplicable a cada una de estas cuotas (1.28% mensual). - Cancelar la cuota inicial al momento de la suscripcion del Convenio. Articulo Quinto.- El presente Beneficio Especial Tributario tendra una vigencia de diez (10) dias habiles, contados desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Durante la vigencia del presente Beneficio Especial Tributario, la Direccion de Rentas queda terminantemente prohibida de quebrar cualquier Convenio de Fraccionamiento suscrito con anterioridad. Segunda.- El presente beneficio si bien es extensivo a las obligaciones que se encuentren en estado de Cobranza Coactiva, no implica la suspension de los procedimientos de cobranza, ni el quiebre de los expedientes coactivos, en tanto estos no MORDAZA cancelados; del mismo modo, no exime del pago de las cuotas procesales coactivas que se hubiesen generado. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultese al senor MORDAZA Distrital de La MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, amplie hasta por veinte (20) dias habiles mas, la vigencia del presente Beneficio Especial Tributario, si asi lo considerara necesario. Segunda.- Encargar a la Direccion de Rentas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza; y, a la Direccion de Imagen Institucional la publicidad y difusion de estos beneficios. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12182

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 008-2005-MDL
Lince, 1 de MORDAZA de 2005 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE LINCE CONSIDERANDO: Que, el 28 de MORDAZA del 2005, la nacion celebra el 184º Aniversario de la Proclamacion de la Independencia del Peru; Que, es deber del Gobierno Local realzar este MORDAZA acontecimiento patrio, incentivando la participacion civica del vecindario y afirmando el respeto a los simbolos de la patria; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO general del distrito de Lince, a partir de la fecha de publicacion del presente Decreto de Alcaldia hasta el dia 31 de MORDAZA del 2005, con motivo de celebrarse el 184º Aniversario de la Independencia del Peru, incluyendose en esta disposicion todos los predios MORDAZA privados o publicos, de vivienda o comercio. Articulo Segundo.- Dispongase, que los predios senalados en el articulo precedente deberan ser debidamente presentados, con limpieza adecuada de los mismos y en la medida de las posibilidades del vecino, se recomienda el pintado. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto, a la Gerencia de Imagen Institucional, y a la Gerencia de Seguridad Ciudadana a traves de la Jefatura de la Policia Municipal. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12132

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 061-MDPH Punta MORDAZA, 28 de junio del 2005 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA POR CUANTO: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA EN SESION ORDINARIA DE LA FECHA; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a lo establecido en la MORDAZA III y IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas, pueden crear, modificar y supri-

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