Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2005 (08/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, viernes 8 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Resolucion Municipal Administrativa Nº 00510 de fecha 04.10.2004, se asigna un Fondo Especial de S/. 5,976.00 (CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTISEIS CON 00/100 NUEVOS SOLES) a la Direccion Ejecutiva del Programa de Jovenes de MORDAZA Metropolitana ­ PROMEJ, para cubrir los gastos ocasionados en la "I Feria Vocacional Vision Solidaria" que se realizo en el MORDAZA de la Exposicion del 19 al 22 de agosto de 2004, asimismo se autorizo la emision del cheque por el importe MORDAZA mencionado a nombre del Sr. Erick MORDAZA Duenas MORDAZA ­ Director Ejecutivo del PROMEJ; por otro lado, se adjunta MORDAZA de la rendicion de gastos de dicho monto a la Oficina de Tesoreria de la Municipalidad Metropolitana de Lima. De conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 122-2005-MML-CMAEDO: ACORDO: Articulo Primero.- Aceptar las donaciones en efectivo, efectuadas por diversas instituciones educativas que a continuacion se detallan, a favor del Programa Metropolitano de Jovenes ­PROMEJ de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, cuyo monto total asciende a S/. 5,975.60 (CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTICINCO Y 60/100 NUEVOS SOLES), monto que fue destinado a cubrir los gastos de la "I Feria Vocacional Vision Solidaria" que se realizo en el MORDAZA de la Exposicion del 19 al 22 de agosto del 2004.
Recibo Nº 0078956 0078957 0078958 0078959 0078960 0078961 0078962 0078963 0078964 0078965 0078966 0078967 0078968 0078969 Fecha 20.08.2004 20.08.2004 20.08.2004 20.08.2004 20.08.2004 20.08.2004 20.08.2004 20.08.2004 20.08.2004 20.08.2004 20.08.2004 20.08.2004 20.08.2004 20.08.2004 Institucion Donante Universidad Peruana Union Universidad Catolica Sedes Sapientiae Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas UPC Universidad Privada Norbert Wiener S.A Universidad Cientifica del Sur Universidad Alas Peruanas Universidad Peruana De las Americas Institucion de la Clinica MORDAZA MORDAZA Instituto MORDAZA A. MORDAZA SAC MORDAZA de los MORDAZA ­ CIMAS IERL Instituto Superior Tecnologico Privado MORDAZA Corporacion Educativa MORDAZA SAC Alianza Francesa de MORDAZA Centro Internacional MORDAZA Cantidad S/. 405.60 420.00 414.00 405.60 405.60 420.00 414.00 420.00 405.60 828.00 405.60 405.60 420.00 206.00 5975.60

EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto en la Orden del Dia de la Sesion Ordinaria de Concejo celebrada con fecha 30 de junio del 2005, el Informe Nº 077-2005-DR/MDLV de fecha 25 de MORDAZA del 2005 formulado por el Director de Rentas, por el que solicita la aprobacion de una Ordenanza que establezca un Beneficio Especial Tributario a los contribuyentes del distrito el Informe Nº 906-05-DAJ/MDLV de fecha 20 de junio del 2005 emitido por la Direccion de Asesoria Juridica y los Dictamenes Nº 004-2005-CPPPAL/MDLV y Nº 003-2005CPR/MDLV de las Comisiones Permanentes de Planificacion, Presupuesto y Asuntos Legales y Rentas respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el articulo 194º de la Carta Magna concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 las Municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con lo senalado en el primer considerando, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario determina que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley. Asimismo, en el articulo 54º del mismo Codigo se establece la competencia de los gobiernos locales en materia tributaria; Que, el Concejo Distrital de La MORDAZA, ejerce su funcion normativa, mediante sus Ordenanzas que tienen rango de Ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del Articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el numeral 9) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, aprobada por Ley Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal: crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley; Que, el Director de Rentas en su informe de VISTOS manifiesta que es necesario realizar los esfuerzos pertinentes destinados a recuperar la deuda tributaria; vencida; para cuyo efecto resulta conveniente brindar a los contribuyentes, de una manera excepcional, las facilidades que le permitan pagar y regularizar sus obligaciones tributarias con el Municipio; y a la corporacion MORDAZA mejorar su nivel de recaudacion para el presente ejercicio; Que, el Director de Asesoria Juridica, en su informe de VISTOS, manifiesta que el pedido del Director de Rentas, se encuentra arreglado conforme a la normatividad vigente, siendo por tanto enteramente factible desde el punto de vista legal acceder a dicha solicitud; Que, en merito de las consideraciones expuestas, al Reglamento Interno de Concejo y de conformidad con el Articulo 9º inciso 8) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; el Concejo, luego del debate pertinente y en la forma reglamentaria, por MAYORIA y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN BENEFICIO ESPECIAL TRIBUTARIO EN EL DISTRITO DE LA MORDAZA PARA EL PAGO DE TRIBUTOS MUNICIPALES Articulo Primero.- Establecer un Beneficio Especial Tributario, aplicable a los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, que tengan deudas por concepto de Impuesto Predial y/o de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, cualquiera sea el estado en que se encuentren, sea cobranza ordinaria, coactiva, reclamacion, apelacion, MORDAZA contencioso administrativo, etc. No se encuentran al alcance del presente beneficio los Convenios de Fraccionamiento. Articulo Segundo.- Por el presente Beneficio Especial Tributario, se otorgan a los contribuyentes que cancelen sus obligaciones tributarias, las siguiente facilidades:

Articulo Segundo.- Agradecer a las instituciones educativas detalladas en cuadro anterior, por el gesto de solidaridad y apoyo con la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mostrado a traves de las donaciones MORDAZA mencionadas. Debiendo comunicarsele a la Oficina de Cooperacion Tecnica Internacional ­ Oficina General de Planificacion el presente Acuerdo, a efectos de tramitar ante la Direccion Municipal Administrativa, la emision del correspondiente Certificado de Donacion. Articulo Tercero.- Encargar al Programa Metropolitano de Jovenes ­ PROMEJ, coordinar con el area competente a efectos de considerar lo establecido en la Directiva Nº 001-04-MML-OGP "Normas y Procedimientos para Recibir y Utilizar Donaciones a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima" y su modificatoria. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 12119

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Establecen beneficio especial tributario para pago de tributos municipales
ORDENANZA Nº 053-05/MDLV
La MORDAZA, 30 de junio de 2005

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