Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2005 (08/07/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, viernes 8 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 296325

mir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion, con los limites que senala la ley. Que la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, publicada el 11 de MORDAZA del 2001 en el Diario Oficial El Peruano, ha establecido un regimen juridico sistematico para toda la Administracion Publica, con la finalidad de que se proteja y garantice los derechos e intereses de los administrados con sujecion al ordenamiento constitucional. Que el articulo 36º de la Ley Nº 27444, senala que las entidades solamente exigiran a los administrados el cumplimiento de procedimientos, la MORDAZA de documentos, el suministro de informacion o el pago por derechos de tramitacion, siempre que cumplan con los requisitos previstos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobados para cada entidad, no pudiendo exigirse requisito adicional bajo responsabilidad. Que asimismo el articulo 37º de la Ley Nº 27444, establece taxativamente la obligatoriedad de todas las entidades publicas de elaborar y aprobar su Texto Unico de Procedimientos Administrativos, donde debera establecerse todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier organo de la entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal, el cual debera consignarse expresamente en el MORDAZA con indicacion de la fecha de publicacion en el Diario Oficial El Peruano y la descripcion MORDAZA y taxativa de todos los requisitos exigidos para la realizacion completa de cada procedimiento; Que, la Ley Nº 27444, en su articulo 38.1, senala que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) para el caso especifico de municipalidades distritales es aprobado por Ordenanza Municipal; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, consagra en su articulo 40º que las Ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura juridica municipal por medio de las cuales se aprueba entre otros temas, las materias en que la municipalidad tiene competencia normativa. Asimismo se precisa que mediante las Ordenanzas se crean, modifican, suprimen y exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por ley; Que, asimismo el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades establece expresamente que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripcion para su vigencia y eficiencia; en nuestro caso en particular, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, es la competente para proceder a la ratificacion de la ordenanza que decrete la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa; Que, la Ordenanza Nº 607 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicada en el Diario El Peruano, el 24 de marzo del 2004, establece el MORDAZA legal y el procedimiento de ratificacion de Ordenanza en materia tributaria y los plazos establecidos para su tramitacion, la misma que es de observancia obligatoria para nuestra Municipalidad Distrital; Que, la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA, a la fecha NO cuenta con Texto Unico de Procedimientos Administrativos ratificado por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por cuanto la Ordenanza Nº 025-2003- MDPH del 28 de agosto del 2003, no ha sido ratificada por adolecer de incumplimiento total de los requisitos establecidos; Que, la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA esta obligada a formular y aprobar su Texto Unico de Procedimientos Administrativos, siguiendo los lineamientos de la Directiva Nº 001-006-00000001 - SAT, expedida por el Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, donde se establecen las instrucciones para la aplicacion de la Ordenanza Nº 607 - MLM, referida a la regulacion de los aspectos tecnicos y legales relacionados con la determinacion de costos de los servicios y procedimientos administrativos que dan origen a los tributos municipales, contenidos en ordenanzas distritales de la provincia de Lima; Que, debe tomarse en cuenta, asimismo, que las Municipalidades no podran llevar a cabo de manera eficiente dicha funcion sin el aporte contributivo de los ciudadanos de su jurisdiccion, a traves, del respectivo pago de los derechos administrativos, que sustente y financie la prestacion del servicio realmente brindado por la Entidad Edilicia; De conformidad con lo establecido por el articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, y

con la aprobacion por Mayoria del Concejo Municipal, se ha expedido la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA Articulo Primero.- APROBAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA, que contiene los derechos administrativos contenidos y la respectiva estructura de costos sustentatoria, los mismos que en anexo adjunto forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- PRECISESE que la presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que ratifique la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Oficina de Rentas y a las demas Unidades Ejecutoras, el cumplimiento y debida aplicacion de la presente Ordenanza; asi como su adecuada difusion de los alcances de la misma dentro del distrito. Segunda.- Facultese a la senora Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, asi como tambien para establecer la prorroga de la misma. Tercera.- Encarguese a la Secretaria General de la Municipalidad, a que con arreglo a sus atribuciones y responsabilidades funcionales, proceda a la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. LIZANO H. DE MATSUKAWA Alcaldesa 12088

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Aprueban modificacion de proyectos y autorizan ejecucion de obras de Habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION GERENCIAL Nº 174-2005-GIPRI-GCDL-MSS Expediente N° 003644-2005 M-2 y Anexos MORDAZA de MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2005 LA GERENCIA DE INVERSION PRIVADA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: El petitorio seguido INVERSIONES INMOBILIARIAS DEL ATLANTICO S.A., sobre Modificacion de Proyectos de Habilitacion MORDAZA para Uso Residencial de Baja Densidad "R2", del terreno de 10,000.00 m2 inscrito en la Partida Registral Nº 49064701, constituido por el lote Nº 17 de la Parcelacion Semirrustica "Lima MORDAZA Hunt Club" ubicado con frente al MORDAZA MORDAZA MORDAZA Norte (antes MORDAZA MORDAZA MORDAZA Norte), esquina con la MORDAZA MORDAZA (antes MORDAZA Dos), en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas emite el Informe N° 634-2005-SGLHU-GIPRI-GCDLMSS de fecha 10.03.05 (fojas 86 a 88) senalando que el administrado ha cumplido con acompanar los documentos establecidos en el MORDAZA para el presente procedimiento, que el requerimiento corresponde a la Modificacion del area destinada como aporte para Recreacion Publica, la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.