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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G33/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 9 de julio de 2005 Localidad : SAN JOSE Plan de Asignación de Frecuencias Canales Frecuencia (MHz) 277 103.3 Total de canales : 1 La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW. Localidad : TUCUME-ILLIMO-MOCHUMI Plan de Asignación de Frecuencias Canales Frecuencia (MHz) 250 97.9 257 99.3261 100.1 284 104.7 Total de canales : 4 La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW. Artículo 2º.- Las autorizaciones a ser emitidas para la prestación de servicios de radiodifusión en las locali-dades a que se refiere el artículo precedente, observa- rán como potencia efectiva radiada (e.r.p.) máxima de la estación, la establecida en los respectivos Planes deAsignación de Frecuencias. Artículo 3º.- A fin de optimizar el uso del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión y pro-curar una oferta plural de estos servicios que cumpla con los parámetros técnicos previstos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, los Planes deAsignación de Frecuencias aprobados en el artículo pri- mero, podrán ser modificados de oficio procurando la menor afectación de los derechos adquiridos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 12183 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL /G43/G72/G65/G61/G6E/G20/G4A/G75/G7A/G67/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G7A/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G2D /G74/G6F/G73/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G6F/G72/G65/G74/G6F/G2C/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G79/G4C/G61/G6D/G62/G61/G79/G65/G71/G75/G65 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 113-2005-CE-PJ Lima, 2 de junio del 2005 VISTOS: El Oficio Nº 0564-2005-PJ/CSJLO-P, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto; y, CONSIDERANDO:Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, remite a este Órgano de Gobierno la propuestade creación de un Juzgado de Paz en la Comunidad Nativa Nueva Esperanza, Río Chambira, distrito de Ura- rinas, provincia y Distrito Judicial de Loreto, atendiendoal pedido presentado por moradores de la cuenca del Río Chambira y afluentes: Ríos Tigrillo, Airico, Patoyacu, Hormiga, Asna, Pucayacu, Siamba y Pucuna; Que, la solicitud se fundamenta en que la población que conforma la Etnia Urarinas consta de 33 comunida- des, con una población aproximada de 3608 habitantes;así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial; teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz más cercano se encuentra en Maypuco, lo que representapara los pobladores una demora de 84 horas de viaje de ida y 84 horas de vuelta en canoa, al que también po- drían acceder en bote con motor; sin embargo, va en desmedro de su economía por significar un gasto aproxi-mado de mil soles solo para llegar a Maypuco, por cuya razón no tienen acceso a un oportuno y eficaz servicio de administración de justicia; Que, con la creación del Juzgado de Paz se beneficia- rá a las siguientes Comunidades Nativas de la Etnia Urarinas: Las Petroleras, Nueva Unión, Santa Rosa deAirico, Santa Beatriz, Santa Rosa de Siamba, Buena Vista, Pionero, Santa Martha, 28 de Julio, Santa Teresa de Patoyacu, San Pedro, Santa Cruz, Nueva Esperan-za, Santa Silvia, Santa Carmela, Santa Cruz de Tagual, San Lorenzo, Puerto Rico, Santa Rosa de Patoyacu, Caimituyo, San Marcos, Nuevo Perú, Mangual, SantaElena, Nueva Reforma, Curuince, Patoyaquillo, Nuevo Pucuna, Copal, Pijuayal, Dos de Mayo, Santa Rosa de Rayayacu, Nuevo Horizonte; siendo su sede la Comuni-dad Nativa de Nueva Esperanza donde los moradores pueden llegar con mayor rapidez; Que, por el número de habitantes a los que beneficia- ría el Juzgado de Paz y siendo el objetivo principal de este Poder del Estado el de administrar justicia en forma oportuna, rápida y eficaz, resulta procedente la peticiónque se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Po- der Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a loestablecido en el inciso 24 del artículo 82º del Texto Úni- co Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión extraordinaria de la fecha, sin la intervención delos señores Consejeros Antonio Pajares Paredes por encontrarse conformando Sala y Andrés Echevarría Adrianzén por encontrarse de vacaciones, por unanimi-dad; RESUELVE:Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz con sede en la Comunidad Nativa Nueva Esperanza, dis-trito de Urarinas, provincia y Distrito Judicial de Loreto; con competencia en las siguientes Comunida- des Nativas de la Etnia Urarinas: Las Petroleras, Nue-va Unión, Santa Rosa de Airico, Santa Beatriz, Santa Rosa de Siamba, Buena Vista, Pionero, Santa Martha, 28 de Julio, Santa Teresa de Patoyacu, San Pedro,Santa Cruz, Nueva Esperanza, Santa Silvia, Santa Carmela, Santa Cruz de Bagual, San Lorenzo, Puerto Rico, Santa Rosa de Patoyacu, Caimituyo, San Mar-cos, Nuevo Perú, Mangual, Santa Elena, Nueva Re- forma, Curuince, Patoyaquillo, Nuevo Pucuma, Copal, Pijuayal, Dos de Mayo, Santa Rosa de Rayayacu yNuevo Horizonte. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolu- ción al Presidente del Poder Judicial, a la Presidencia dela Corte Superior de Justicia de Loreto, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. WÁLTER VÁSQ UEZ VEJARANO JOSÉ DONAIRES CUBA EDGARDO AMEZ HERRERA LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ12315 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 114-2005-CE-PJ Lima, 2 de junio del 2005 VISTOS: El Oficio Nº 009-2005-P-CSJLI/PJ cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, y el Informe Nº 043-2005-SEP-GP-GG-PJ, de la Gerencia General del Poder Judicial; y,