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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2005 (09/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G33/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 9 de julio de 2005 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 276-2005-MEM/DM Lima, 27 de junio de 2005VISTO: El Expediente Nº 31170105, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el AsientoD 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Per- sonas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de imposición de servidumbre de ocupa-ción de bienes públicos, para la instalación de la subes- tación de distribución compacta subterránea para Servi- cio Público de Electricidad Nº 5271; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribu- ción de energía eléctrica en mérito de la Resolución Su- prema Nº 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de1996, ha solicitado la imposición de servidumbre de ocu- pación de bienes públicos para la instalación de la sub- estación de distribución compacta subterránea paraServicio Público de Electricidad Nº 5271, ubicada en la berma lateral del jirón Lloque Yupanqui, cuadra 9, frente al predio Nº 937, esquina con avenida Talara, cuadra 5,distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Conce- siones Eléctricas, los concesionarios están facultados autilizar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de ca- minos públicos, calles, plazas y demás bienes de pro- piedad del Estado o municipal, así como para cruzarríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comu- nicaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dis- puesto por el artículo 109º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Regla- mento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido conlos requisitos legales y procedimientos correspondien- tes, ha emitido el Informe Nº 151-2005-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de distribución de la quees titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupa- ción de bienes públicos para la instalación de la subesta- ción de distribución compacta subterránea para Servi-cio Público de Electricidad Nº 5271, ubicada en la berma lateral del jirón Lloque Yupanqui, cuadra 9, frente al pre- dio Nº 937, esquina con avenida Talara, cuadra 5, distritode Jesús María, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a la documentación técnica y los planos pro- porcionados por la empresa, conforme al siguiente cua-dro: Cód. Descripción de la servidumbre Área de Propietario Tipo de Exp. Servidumbre terreno 31170105 Subestación de Distribución Suelo: 18,0 m2Propiedad Urbano Eléctrica Nº 5271. subsuelo y del EstadoUbicación: distrito de Jesús María, aires provincia y departamento de Lima. (vía pública) Coordenadas UTM: Vértice Este Norte A 277 617,514 8 665 081,278 B 277 613,844 8 665 076,531 C 277 616,218 8 665 074,696 D 277 619,887 8 665 079,443 Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no podrá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de laservidumbre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre nosufra daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento.Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 11926 /G52/G65/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G65/G6E/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G75/G6D/G62/G72/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G2D /G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6F/G63/G75/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G74/G72/GE1/G6E/G73/G69/G74/G6F/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G66/G69/G6E/G69/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73/G20/G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G4C/G75/G7A/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G75/G72/G20/G53/G2E/G41/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 277-2005-MEM/DM Lima, 27 de junio de 2005 VISTO: El Expediente Nº 31165204, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el AsientoD 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Per- sonas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de las servidumbresde ocupación y de tránsito sobre bienes de propiedad particular, indispensable para la instalación de la subes- tación de distribución eléctrica convencional de tipo sub-terránea para Servicio Público de Electricidad Nº 1391; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión defini- tiva para desarrollar la actividad de distribución de ener- gía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, hasolicitado el reconocimiento de las servidumbres de ocu- pación y de tránsito sobre bienes de propiedad particu- lar, indispensable para la instalación de la subestaciónde distribución eléctrica convencional de tipo subterrá- nea para Servicio Público de Electricidad Nº 1391, ubi- cada en Mz. A, Lote 13, Sección 3 y 4 de la zona deno-minada Las Praderas de Lurín, distrito de Lurín, provin- cia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el pre- dio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupaciónsobre un área de 30,30 metros cuadrados y servi- dumbre convencional de tránsito sobre un área de 7 303,72 metros cuadrados, de propiedad del CentroIndustrial Las Praderas de Lurín S.A. para la subesta- ción de distribución eléctrica convencional de tipo sub- terránea para Servicio Público de Electricidad Nº 1391,conforme consta en la Escritura Pública de fecha 13 de agosto de 2004, extendida por el Notario de Lima, doctor Ricardo Ortiz de Zevallos Villarán, cuya copiaobra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Su-premo Nº 009-93-EM, establece que los concesiona- rios que acrediten la existencia de servidumbre con- vencional para el desarrollo de las actividades eléctri-cas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguri-dad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctri- cas, su Reglamento y en las normas técnicas perti- nentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dis- puesto por el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondien-tes, ha emitido el Informe Nº 133-2005-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía;