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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G33/G36/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 9 de julio de 2005 SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la conce- sión definitiva de distribución de la que es titular Luzdel Sur S.A.A., las servidumbres convencionales de ocupación y de tránsito sobre el bien del Centro In- dustrial Las Praderas de Lurín S.A., para la instala-ción de la subestación de distribución eléctrica con- vencional de tipo subterránea para Servicio Público de Electricidad Nº 1391, ubicada en Mz. A, Lote 13,Sección 3 y 4 de la zona denominada Las Praderas de Lurín, distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Escritura Pública defecha 13 de agosto de 2004, extendida por el Notario de Lima, doctor Ricardo Ortiz de Zevallos Villarán, en los términos y condiciones estipulados en la misma,de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguien- te cuadro: Expe- Descripción de la servidumbre Área de Propietario Tipo de diente Servidumbre terreno 31165204 Subestación de Distribución Eléctrica Nº 1391Ubicación: distrito de Lurín,provincia y departamento de Lima ÁREA DE OCUP ACIÓN Suelo: 30,30 Centro In- Urbano m² y sus aires dustrial Las Praderas de Lurín S.A. Coordenadas UTM: Vértice Norte Este G 8 640 203,73 300 632,57 H 8 640 199,57 300 636,97 I 8 640 203,21 300 640,40 J 8 640 207,36 300 635,98 ÁREA DE TRÁNSITO Suelo: Centro In- Urbano Coordenadas UTM: 7 303,72 m² dustrial Las Vértice Norte Este y sus aires. Praderas de A 8 640 500,17 300 332,43 Lurín S.A. B 8 640 420,72 300 416,95 C 8 640 406,98 300 420,78 D 8 640 321,50 300 340,43 E 8 640 125,40 300 549,06 F 8 640 208,65 300 627,31 Expe- Descripción de la servidumbre Área de Propietario Tipo de diente Servidumbre terreno 31165504 Vértice Norte Este G 8 640 203,73 300 632,57 J 8 640 207,36 300 636,00 K 8 640 212,30 300 630,74 L 8 640 326,50 300 738,10 M 8 640 522,61 300 529,47 N 8 640 437,13 300 449,12 Ñ 8 640 440,10 300 435,17 O 8 640 519,55 300 350,65 P 8 640 515,61 300 346,95 Q 8 640 424,11 300 444,30 R 8 640 514,97 300 529,70 S 8 640 326,27 300 730,46 T 8 640 133,03 300 548,82 U 8 640 321,74 300 348,07 V 8 640 412,60 300 433,47 W 8 640 504,10 300 336,13 Artículo 2º.- Son de aplicación a las servidumbres reconocidas en el artículo que antecede, las normas deseguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléc- tricas, su Reglamento y en las normas técnicas perti- nentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 11927JUSTICIA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G2D /G72/G69/G6F/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G46/G6F/G6E/G64/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G49/G6E/G64/G65/G6D/G6E/G69/G7A/G61/G2D /G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G72/G72/G6F/G72/G65/G73/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G44/G65/G74/G65/G6E/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G79/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G64/G6F/G72/G61/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G2D/G43/G4F/G4E/G41/G4D/G55/G53/G41 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 288-2005-JUS Lima, 7 de julio de 2005 CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 24973, publicada el 28 de di- ciembre de 1988, se regula la indemnización por erroresjudiciales y se crea el Fondo Nacional Indemnizatorio de Errores Judiciales y Detenciones Arbitrarias; Que, el artículo 12º de la referida Ley, establece que el mencionado Fondo Nacional estará integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de Justicia; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 214-2004-JUS se designó al representante del Ministerio de Justicia ante dicho Fondo, siendo necesario proceder a su reemplazo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Le- gislativo Nº 560, Ley Nº 27594 y Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Déjase sin efecto la Resolución Ministe- rial Nº 214-2004-JUS. Artículo 2º.- Desígnase a la señora abogada FLOR DE MARÍA LOVERA DÁVILA, como representante delMinisterio de Justicia ante el Fondo Nacional Indemni- zatorio de Errores Judiciales y Detenciones Arbitrarias, creado por Ley Nº 24973. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 12225 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 291-2005-JUS Lima, 7 de julio de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2004-SA, se constituyó la Coordinadora Nacional Multisectorial de Salud - CONAMUSA, como el Mecanismo de Coor- dinación del país a que se refieren los Contratos deDonación de Programa suscritos entre el Fondo Global para la Lucha contra el VIH SIDA, la Tuberculosis y la Malaria y CARE PERÚ, para el financiamiento del Pro-grama de Fortalecimiento de la Prevención y Control del SIDA en el Perú y del Programa de Fortalecimiento de la Prevención y Control de la Tuberculosis en el Perú; Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 3º del referido Decreto Supremo, dicha Comisión estará inte- grada, entre otros, por un (1) representante del Ministe-rio de Justicia; Que, en este sentido, mediante Resolución Ministe- rial Nº 005-2005-JUS se designó al señor abogadoGuillermo Julio Vargas Jaramillo, Secretario Especializado de Gracias Presidenciales, como representante del Ministerio de Justicia ante la CONAMUSA; Que, sin embargo, resulta necesario designar al repre- sentante alterno del Ministerio de Justicia ante dicha Co- misión; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, Reglamento de Organización y Funciones del Mi- nisterio de Justicia;