Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2005 (09/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, sabado 9 de MORDAZA de 2005 Pasajes: MORDAZA - MORDAZA - Miami - MORDAZA US$ 720.00 x 1 Oficial Viaticos US$ 220.00 x 8 dias x 1 Oficial Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 28.24 x 1 Oficial

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la comision sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- El citado Oficial, debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y la Cuarta Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Articulo 5º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 12358

conforma la Comitiva Oficial y dotacion del B.A.P. "AMAZONAS" (CF-11), que se detalla en las relaciones del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion, a bordo de la referida Unidad en visita oficial a la MORDAZA de MORDAZA - COLOMBIA, a fin que participen en las actividades conmemorativas del Aniversario de la Independencia Nacional de dicho MORDAZA, a realizarse los dias 19 y 20 de MORDAZA de 2005. Articulo 2º.- Autorizar el pago de la cantidad de CUATRO MIL CUATRO Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 4,004.00), por DOS (2) dias de Estadia en Puerto Extranjero al Personal senalado en el Anexo de la presente Resolucion, segun lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004, en lo referente a Comisiones del Servicio a bordo de Unidades Navales. Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion, sin exceder el total de dias aprobados. Articulo 4º.- El Oficial mas antiguo debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 12359

Autorizan viaje de Oficiales de la MORDAZA de MORDAZA a Colombia, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 356-2005-DE/MGP MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2005 Visto el Oficio G.400-745 del Comandante General de Operaciones de la Amazonia, de fecha 12 de MORDAZA de 2005; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comision del Servicio del Personal Superior y Subalterno que conforma la Comitiva Oficial y dotacion del B.A.P "AMAZONAS" (CF-11), a bordo . de la referida Unidad en Visita Oficial a la MORDAZA de MORDAZA COLOMBIA, a fin que participen en las actividades conmemorativas del Aniversario de la Independencia Nacional del citado MORDAZA, a realizarse los dias 19 y 20 de MORDAZA de 2005, en reciprocidad a las visitas oficiales que realiza la Armada Nacional de Colombia a la MORDAZA de Iquitos con ocasion de nuestro Aniversario Patrio en el mes de julio; por cuanto las acciones a realizarse fortaleceran los vinculos de amistad e incrementaran la relacion y medidas de confianza mutua a nivel zonas navales entre ambos paises, en beneficio de la Seguridad Nacional e Institucional; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fisal 2005, Decreto de Urgencia Nº 015-2004 de fecha 23 de diciembre de 2004, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 0082004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision del Servicio del Personal Superior y Subalterno que

EDUCACION
Autorizan viaje de funcionarios del INC a Sudafrica para participar en la 29º Sesion del Comite de Patrimonio Mundial
RESOLUCION SUPREMA Nº 017-2005-ED MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio "RE" (SPC-CLT) 2-8-C(143), del 10 de junio de 2005, el Subsecretario de Politica Cultural Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores remite a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura la convocatoria de la UNESCO a la 29º Sesion del Comite de Patrimonio Mundial, a realizarse en la MORDAZA de Durban, Sudafrica del 10 al 17 de MORDAZA de 2005; Que, la citada reunion tiene por objetivo informar a la UNESCO sobre el estado de conservacion de los sitios peruanos del patrimonio mundial y de los compromisos que el Estado peruano asume para su preservacion, sobre todo respecto del Santuario Historico de Machu Picchu; asi como elaborar el Expediente de Candidatura del Qhapaq Nan - MORDAZA Principal MORDAZA a la Lista del Patrimonio Mundial, que involucra a seis paises de MORDAZA del Sur, incluyendo al Peru; Que, por las consideraciones expuestas, resulta necesario autorizar el viaje de los funcionarios encargados de la conduccion de los referidos temas;

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