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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G36/G30/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 26 de julio de 2005 d. Expedir, ampliar y renovar licencias para la fabrica- ción, comercialización, importación, exportación, almace- namiento, traslado de armas y municiones que no son de guerra y artículos conexos, ejercer el control respectivo yaplicar las sanciones correspondientes por las infraccionesa la legislación vigente. e. Expedir licencias para la fabricación, comercializa- ción, importación, exportación, almacenamiento, uso, ma- nipulación, traslado de explosivos de uso civil, insumos y conexos así como productos pirotécnicos; ejercer el controlrespectivo y aplicar las sanciones correspondientes por lasinfracciones a la legislación vigente. f. Poner en conocimiento del Ministerio Público la comi- sión de presuntos ilícitos penales relacionados: (1) con la posesión y uso de armas y municiones; y (2) con la fabricación, comercialización e importación de explosivos y productos pirotécnicos prohibidos por ley. g. Proceder periódicamente a la disposición final de las armas, municiones, explosivos o productos pirotécnicos incautados o decomisados por infracciones a la legislaciónvigente. Artículo 135º.- Estructura Orgánica La Dirección General de Control de Servicios de Segu- ridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil tiene la estructura orgánica siguiente: a. Dirección General- Oficina de Supervisión b. Unidad de Asuntos Legales c. Unidad de Asuntos Administrativos - Área de Programación y Presupuesto - Área de Administración de Recursos d. Unidad de Telemática e. Unidad de Administración Documentaria.f. Dirección de Control de Armas, Munición y Conexos - Subdirección de Armas y Munición - Subdirección de Administración de Armas g. Dirección de Control de Explosivos y Productos Piro- técnicos - Subdirección de Explosivos Insumos y Conexos - Subdirección de Productos Pirotécnicos h. Dirección de Control de Servicios de Seguridad Pri- vada - Subdirección de Licencias - Subdirección División de Apoyo a los Servicios de Seguridad Privada i. Dirección de Control Operativo- Subdirección de Control de Servicios de Seguridad - Subdirección de Control de Explosivos y Productos Pirotécnicos - Subdirección de Control de Armas y Municiones j. Órganos Desconcentrados - Jefaturas Departamentales de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos deUso Civil. Artículo 136º.- Oficina de Supervisión La Oficina de Supervisión realiza la evaluación de indicadores de gestión y las investigaciones prelimina- res sobre hechos concretos o indicios de irregularida-des por el personal de las distintas unidades orgánicasque conforman la Dirección General, en base a denun-cias o de oficio estableciendo las circunstancias en quese cometieron los hechos e individualizando a los res- ponsables. Artículo 137º.- Unidad de Asuntos Legales La Unidad de Asuntos Legales presta asesoramiento legal al Director General y a los órganos que conforman la Dirección General de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones, Explosivos de Uso Civil en la aplicaciónde la legislación vigente.Artículo 138º.- Unidad de Asuntos Administrativos La Unidad de Asuntos Administrativos dirige, coordina y ejecuta las actividades de los sistemas de Planificación, Personal, Presupuesto, Racionalización, Abastecimiento yProyectos de Inversión. Artículo 139º.- Unidad de Telemática La Unidad de Telemática dirige, coordina y ejecuta las actividades de los sistemas de informática, telecomunica- ciones y estadística. Artículo 140º.- Unidad de Administración Documen- taria La Unidad de Administración Documentaria recepcio- na, registra, tramita y archiva la documentación que ingre- sa a la Dirección General de Control de Servicios de Segu-ridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de UsoCivil y distribuye la documentación a los diversos organis-mos e instituciones del sector público y privado. Artículo 141º.- Dirección de Control de Armas, Muni- ción y Conexos La Dirección de Control de Armas, Munición y Conexos, dentro del marco de su competencia, procesa expedientesrelativos al otorgamiento, ampliación y renovación a nivelnacional de licencia para la fabricación, comercialización, importación, exportación, almacenamiento, traslado, pose- sión y uso de armas y munición de uso civil. Así mismo,verifica las infracciones cometidas y recomienda las sancio-nes correspondientes a la Dirección General. Artículo 142º.- Dirección de Control de Explosivos y Productos Pirotécnicos La Dirección de Control de Explosivos y Productos Piro- técnicos procesa expedientes relativos al otorgamiento,ampliación y renovación a nivel nacional de licencias parala fabricación, comercialización, importación, exportación,almacenamiento, traslado y uso de explosivos y/o conexos de uso civil y productos Pirotécnicos . Así mismo, verifica las infracciones cometidas y recomienda las sanciones corres-pondientes a la Dirección General. Artículo 143º.- Dirección de Control de Servicios de Seguridad Privada La Dirección de Control de Servicios de Seguridad Pri- vada procesa expedientes relativos al otorgamiento, am-pliación y renovación de licencia de funcionamiento de losservicios de seguridad privada . Así mismo, verifica las in- fracciones cometidas y recomienda las sanciones corres-pondientes a la Dirección General. Artículo 144º.- Dirección de Control Operativo La Dirección de Control Operativo supervisa y controla el cumplimiento de la legislación relativa a los servicios deseguridad privada, a la fabricación, comercialización, im-portación, exportación, almacenamiento, traslado, pose- sión y uso de armas, municiones, explosivos de uso civil y productos pirotécnicos. Artículo 145º.- Órganos Desconcentrados Las Jefaturas Departamentales de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil realizan las actividades y acciones de la DICS- CAMEC en el ámbito de su jurisdicción. Son órganos unita-rios que no admiten estructura orgánica ni subdivisiones. CAPÍTULO VIII DE LOS ÓRGANOS ESPECIALIZADOS OFICINA EJECUTIVA DE CONTROL DE DROGAS Artículo 146º.- Oficina Ejecutiva de Control de Dro- gas Es el órgano especializado encargado de la administra- ción y control de los bienes incautados y de las drogas e insumos químicos decomisados por Tráfico Ilícito de Dro-gas. Asimismo tiene a su cargo la erradicación de los culti-vos ilegales de coca, rigiéndose por las leyes en la materia.Depende del Ministro. Artículo 147º.- Funciones La Oficina Ejecutiva de Control de Drogas tiene las funciones siguientes: a. Administrar y controlar los bienes muebles e inmue- bles incautados por Tráfico Ilícito de Drogas. b. Administrar y controlar las drogas e insumos quími- cos decomisados por tráfico ilícito de drogas.