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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G36/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 26 de julio de 2005 - Subprefecturas - Gobernaciones - Tenencias de Gobernación Artículo 104º .- Oficina de Supervisión La Oficina de Supervisión realiza las investigaciones preliminares sobre hechos concretos o indicios de irregu-laridades cometidas por las Autoridades Políticas y el personal administrativo de las distintas unidades orgáni- cas que conforman la Dirección General, en base a de-nuncias o de oficio estableciendo las circunstancias enque se cometieron los hechos e individualizando a losresponsables. Artículo 105º.- Unidad de Programación La Unidad de Programación formula, programa y eva- lúa los planes de desarrollo, formula los perfiles de proyec-tos de inversión diversos, formula y evalúa el presupuesto,adecúa las políticas y acciones conducentes a la raciona-lización administrativa, y produce y consolida la informa- ción estadística de la Dirección General de Gobierno Inte- rior. Artículo 106º.- Unidad de Asuntos Legales La Unidad de Asuntos Legales asesora a la Dirección General de Gobierno Interior y dictamina en asuntos de carácter legal. Artículo 107º.- Unidad de Asuntos Administrativos La Unidad de Asuntos Administrativos coordina y eje- cuta en el ámbito de su competencia las actividades relati-vas a los sistemas de abastecimiento, de personal, de información y difusión referidas a la Dirección General y Autoridades Políticas; así como las referidas a gestión do-cumentaria y archivo. Artículo 108º.- Unidad de Telecomunicaciones e In- formática. La Unidad de Telecomunicaciones e Informática ejecu- ta, mantiene y garantiza las intercomunicaciones; condu-ce, programa y ejecuta las actividades del sistema de pro-cesamiento de datos en coordinación con la Oficina Gene-ral de Informática y Telecomunicaciones. Artículo 109º.- Dirección de Autoridades Políticas La Dirección de Autoridades Políticas norma, coordi- na, supervisa y evalúa las actividades de gestión de lasAutoridades Políticas. Se encuentra a cargo de la selec-ción y evaluación de postulantes a los cargos de Prefec-tos y Subprefectos y orienta y supervisa la selección de Gobernadores y Tenientes Gobernadores a nivel nacio- nal. Artículo 110º.- Dirección de Autorizaciones Especia- les La Dirección de Autorizaciones Especiales autoriza y controla en forma concurrente y posterior, las promociones comerciales, rifas con fines sociales y colectas públicas. Artículo 111º.- Órganos Desconcentrados Las Prefecturas, Subprefecturas, Gobernaciones y Te- nencias de Gobernación están encargadas de ejecutar las acciones relativas a Gobierno Interior y de la prestación de los servicios afines en el ámbito territorial de su competen-cia. 111.1 La estructura básica de las Prefecturas es la siguiente: - Despacho Prefectural - Departamento de Autorizaciones, Garantías y Seguri- dad. - Departamento de Nombramientos, Análisis y Evalua- ción 111.2 La estructura básica de las Subprefecturas es la siguiente: - Despacho Subprefectural - Sección de Autorizaciones, Garantías y Seguridad. - Sección de Nombramientos, Análisis y Evaluación 111.3 Las Gobernaciones y Tenencias de Gobernación son órganos unitarios que no admiten estructura orgánicani subdivisiones. Sus funciones están desarrolladas en las normas espe- ciales de la materia.DIRECCIÓN GENERAL DE INTELIGENCIA Artículo 112º.- Dirección General de Inteligencia La Dirección General de Inteligencia, órgano rector y técnico-normativo del Sistema Sectorial de Inteligencia,produce inteligencia y contrainteligencia estratégica y tác-tica orientada a garantizar el Orden Interno del país para laadecuada tomada de decisiones de la Alta Dirección; así como desarrollar acciones de seguridad para contrarrestar situaciones de riesgos de los órganos del Sector. Artículo 113º.- Funciones La Dirección General de Inteligencia tiene las funcio- nes siguientes: a. Orientar el esfuerzo de búsqueda, sistematizar e integrar las informaciones y producir inteligencia estratégi-ca para la adecuada toma de decisiones de la Alta Direc-ción e inteligencia táctica para los órganos del Sector Inte-rior. b. Desarrollar acciones de contrainteligencia para la oportuna detección de situaciones de riesgo contra el per-sonal, informaciones, recursos e infraestructura de los ór-ganos del Sector y para la ejecución de medidas inmedia-tas de seguridad. c. Promover la capacitación en inteligencia del personal del Sistema de Inteligencia del Ministerio del Interior. d. Otras que le sean asignadas por el Ministro o el Viceministro del Interior. Artículo 114º.- Estructura Orgánica La Dirección General de Inteligencia tiene la estructura orgánica siguiente: a. Dirección General- Oficina de Supervisión b. Comité de Asesoramiento c. Unidad de Asuntos Administrativosd. Oficina de Apoyo Técnicoe. Escuela de Inteligenciaf. Central de Informacionesg. Dirección de Inteligencia Estratégica h. Dirección de Inteligencia Táctica Artículo 115º.- Funciones Las funciones de las unidades orgánicas son estableci- das en su respectivo Manual de Organización y Funciones;el mismo que será aprobado por Resolución Ministerial como documento reservado. DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ Artículo 116º.- Dirección General de la Policía Na- cional del Perú La Dirección General de la Policía Nacional del Perú es el órgano de más alto nivel de la Policía Nacional del Perú,encargado de la organización, preparación, administración,supervisión, desarrollo, la disciplina y empleo de los recur-sos de la Policía Nacional del Perú de acuerdo a las direc- tivas recibidas de la Alta Dirección del Sector. Artículo 117º.- Funciones Son funciones generales de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú: planear, coordinar, dirigir y con-trolar las actividades de la Policía Nacional del Perú y el empleo de los recursos asignados. Artículo 118º.- Estructura La organización y funciones de la Policía Nacional del Perú se regulan en su respectiva Ley, Reglamento de Or-ganización y Funciones, Manuales de Organización y Fun- ciones así como en los diversos reglamentos. DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIONES Y NATURALIZACIÓN Artículo 119º.- Dirección General de Migraciones y Naturalización La Dirección General de Migraciones y Naturalización administra, coordina y controla el movimiento migratorio denacionales y extranjeros; expide y revalida pasaportes sal-voconductos y otros documentos de viaje; otorga cartas de naturalización, autoriza visas, prórrogas de permanencia y residencia, inscribe extranjeros en concordancia con lasdisposiciones y normas vigentes. Asimismo, participa en la