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PÆg. 293977 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de junio de 2005 gún el ámbito funcional que le corresponde de acuerdo con el Reglamento Interno del Concejo. 2.- Misión: Efectuar estudios, formular propuestas de políticas públicas locales y de reglamentos, emitiendo dic-tamen para ser sometidos a consideración del pleno delConcejo Municipal, debiendo asegurar que las decisionesa ser adoptadas guarden armonía con las disposicionesdel Plan de Desarrollo Local Concertado y cumplan con las normas constitucionales, legales y municipales vigentes. 3.- Funciones: Las Comisiones de Regidores imple- mentan y hacen operativas las funciones normativas y defiscalización que corresponden al Concejo Municipal deconformidad con lo dispuesto en el Reglamento Interno delConcejo. 4.- Competencias: Las Comisiones de Regidores tie- nen las competencias y atribuciones que le asigne el res-pectivo Reglamento Interno del Concejo. Artículo 55º.- De la Alcaldía.- La Alcaldía es el máximo órgano ejecutivo de la Municipalidad, está a cargo del Al- calde, quien representa a la Municipalidad y es su perso- nero legal y el titular del pliego presupuestario. En su au-sencia es reemplazado por el Teniente Alcalde que es elprimer regidor hábil de la lista de Regidores, desarrollandolas mismas competencias y atribuciones. Desarrolla su ac-cionar en función de: 1.- Objeto: Cumplir y hacer cumplir las políticas públi- cas para el desarrollo local, así como las normas y disposi-ciones para la gestión emanadas del Concejo MunicipalDistrital y del ordenamiento jurídico del Estado en lo que lesea aplicable. 2.- Misión: Liderar el proceso de desarrollo local a tra- vés de la convocatoria y concertación de voluntades conlos ciudadanos y demás actores urbanos, asegurando unuso racional y eficiente de los recursos públicos locales afin de lograr eficacia en las acciones de la gestión munici-pal, logrando la satisfacción de las necesidades y expecta- tivas de la población. 3.- Funciones: Le compete ejercer las funciones ejecu- tivas del Gobierno Local señaladas en la Ley Orgánica deMunicipalidades, Ley Nº 27972, el Reglamento Interno delConcejo Municipal y demás disposiciones legales vigentes. 4.- Competencias: Tiene las competencias que se se- ñalan en el artículo 20º, de la Ley Orgánica de Municipali- dades, Ley Nº 27972, así como aquellas previstas por lalegislación especial correspondiente. Artículo 56º.- Del Consejo de Coordinación Local Distrital.- El Consejo de Coordinación Local Distrital es un órgano de coordinación y concertación de la Municipalidad Distrital. Esta integrado por el alcalde y los regidores distri-tales y los representantes de las organizaciones socialesde base, comunidades campesinas y nativas, asociacio-nes, organizaciones de productores, gremios empresaria-les, juntas vecinales y cualesquier otra forma de organiza- ción de nivel distrital, su conformación y representación específica de la sociedad civil. Su reglamento de funcionamiento se aprueba por la respectiva Ordenanza del Concejo Municipal. El Consejode Coordinación Local Distrital no ejerce funciones ni actosde gobierno. 1.- Objeto: El Consejo de Coordinación Local Distrital tiene por objeto la discusión, negociación y concertaciónde las políticas públicas que promuevan el desarrollo inte-gral, sustentable y armónico de la jurisdicción. 2.- Misión: Tomar acuerdos concertados y asumir com- promisos para la ejecución priorizada de las acciones pú- blicas y privadas, que permitan un Pacto Social, conducen-te al logro del desarrollo humano en la jurisdicción, el apro-vechamiento máximo de las potencialidades locales y lageneración en un ambiente de competitividad, coopera-ción, solidaridad, respeto, confianza, inclusión, equidad y seguridad para una convivencia pacífica, innovadora y pro- ductiva que asegure una mejor calidad de vida para lapoblación. 3.- Funciones: El Consejo de Coordinación Local Dis- trital cumple las funciones que se establecen en la LeyOrgánica de Municipalidades así como aquellas específi- cas contenidas en su reglamento de funcionamiento. 4.- Competencias: El Consejo de Coordinación Local Distrital ejerce las competencias asignadas por la Ley Or-gánica de Municipalidades así como aquellas específicascontenidas en su reglamento de funcionamiento. Artículo 57º.- De la Junta de Delegados Vecinales Comunales.- La Junta de Delegados Vecinales Comuna-les, es el órgano de coordinación de la Alcaldía Distrital, integrado por los representantes de las agrupaciones ur- banas y rurales que integran el distrito, y que están organi- zadas principalmente en juntas vecinales; su creación, con-formación y reglamento de funcionamiento se apruebanpor las respectivas Ordenanzas del Concejo Municipal,desarrollan su accionar en función de: 1.- Objeto: La Junta de Delegados Vecinales Comuna- les apoya permanentemente las acciones del desarrollolocal, los servicios públicos locales y de gestión municipal,presentando proyectos y recomendaciones para un buengobierno local. 2.- Misión: Integrar a los ciudadanos en el gobierno local y en la gestión municipal. 3.- Funciones: La Junta de Delegados Vecinales Co- munales cumple las funciones que se establecen en laLey Orgánica de Municipalidades así como aquellas es-pecíficas contenidas en su reglamento de funcionamien-to. 4.- Competencias: La Junta de Delegados Vecinales Comunales ejerce las competencias asignadas por la LeyOrgánica de Municipalidades así como aquellas específi-cas contenidas en su reglamento de funcionamiento. Artículo 58º.- De las Redes de Políticas Públicas Locales.- Son las instancias de participación, de informa- ción, negociación y concertación de las políticas para eldesarrollo local de una determina función o dimensión dedicho desarrollo que se realiza entre las organizaciones dela jurisdicción y las autoridades y funcionarios del gobiernolocal. 1.- Objeto. - Generar articulación en torno a temas es- pecíficos de lineamientos y políticas públicas locales parael desarrollo y la promoción social en el distrito de SanJuan de Lurigancho. 2.- Funciones .- Las Redes de Políticas Públicas Loca- les cumple las funciones que se establecen en su regla- mento de organización y funciones. 3.- Competencias .- Las Redes de Políticas Públicas Locales ejerce las competencias asignadas en la Ley Mar-co de Participación Ciudadana así como aquellas conteni-das en su reglamento de funcionamiento. Artículo 59º.- Del Comité de Defensa Civil.- El Comité de Defensa Civil es un órgano ejecutivo del Sistema Nacio-nal de Defensa Civil. Está presidido por el Alcalde e inte-grado por funcionarios del sector público de acuerdo a Leyy representantes de organizaciones privadas. El Alcalde designará a un funcionario de la Municipalidad para que ejerza la función de Secretario Técnico. Desarrollan su ac-cionar en función de: 1.- Objeto: El Comité de Defensa Civil desarrolla y ejecuta acciones de defensa civil, orientadas a proteger a la población, sus bienes y el medio ambiente, de las emergencias o desastres, dentro de la jurisdicción deldistrito. 2.- Misión: Mitigar los impactos negativos en la vida de los integrantes de la localidad por efectos de desastresnaturales y procurar la asistencia técnica, logística, médica y demás que sea necesaria para restablecer a condiciones normales la convivencia luego de un desastre natural. 3.- Funciones: a)Coordinar y ejecutar las acciones necesarias para hacer frente a los desastres o calamidades que afecten al distrito. b)Dirigir y promover la capacitación de la población para prevenir daños por desastres posibles de ocurrir yhacerles frente. c)Mantener los canales de comunicación con los inte- grantes del Sistema de Defensa Civil. 4.- Competencias: a)Aprobar el Plan de Defensa Civil de la jurisdicción del Comité, que incluye medidas de prevención, emergen-cia y rehabilitación. b)Supervisar la óptima administración de los recursos públicos y privados disponibles para las actividades de defensa civil de acuerdo con las normas emitidas por elInstituto Nacional de Defensa Civil. c)Supervisar los programas de defensa civil para ase- gurar la rehabilitación hasta que existan las condicionesmínimas para el desarrollo sostenido de actividades en la zona.