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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G34/G31/G35/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 6 de junio de 2005 134)No entregar a los beneficiarios el íntegro del saldo acumulado en la Cuenta Individual de Capitaliza-ción del afiliado fallecido, bajo las condiciones es-tablecidas en el artículo 108º del Título VII del Com-pendio de Normas del SPP y/o Disposiciones Complementarias. 135)No efectuar el pago o reembolso de gastos de sepelio en las condiciones y/o plazos que se esta-blecen en las Normas del SPP y/o Disposiciones Complementarias. 136)No observar las condiciones y/o requisitos que otorgan derecho a la percepción de una pensión preliminar, que se establecen en los artículos 118ºy 119º del Título VII del Compendio de Normas del SPP y/o Disposiciones Complementarias. 137)No ob servar el procedimiento de cálculo de pen- siones preliminares de Jubilación, Invalidez y So- brevivencia sin cobertura del seguro, que se es- tablece en los artículos 120º y 123º del Título VIIdel Compendio de Normas del SPP y/o Disposi- ciones Complementarias. 138)No observar el tratamiento de devolución de apor- tes pendientes de pago recuperados que se esta- blece en el artículo 121º del Título VII del Compen-dio de Normas del SPP y/o Disposiciones Com- plementarias. 139)No brindar las facilidades y/o contar con personal capacitado para brindar orientación pertinente a los solicitantes de evaluación y calificación de in- validez, de conformidad con lo establecido en elartículo 196º del Título VII del Compendio de Nor- mas del SPP y/o Disposiciones Complementarias. 140)Comprobarse negligencia en la verificación de identidad del solicitante respecto de la documen- tación sustentatoria presentada para el trámite dela Solicitud de Evaluación y Calificación de Invali-dez conforme a lo establecido en el artículo 196ºdel Título VII del Compendio de Normas del SPP y/o Disposiciones Complementarias. 141)Comprobarse negligencia en la formulación de las evaluaciones, exámenes médicos y/o informes en-cargados, no observando lo dispuesto en los ar-tículos 150º, 181º y 212º del Título VII del Com-pendio de Normas del SPP y/o Disposiciones Complementarias. 142)No em itir el dictamen de calificación de invalidez, de preexistencia por fallecimiento o de exclusiónde cobertura y/o no notificar a la AFP y al solici-tante respecto de la suspensión de la evaluación,en los plazos y condiciones establecidos en los artículos 197º, 198º, 205º, 226º, 234º y 243º del Título VII del Compendio de Normas del SPP y/o Disposiciones Complementarias. 143)No observar la inclusión de todos los aspectos que se señalan en los artículos 200º, 235º y 244º del Título VII del Compendio de Normas del SPP y/o Disposiciones Complementarias en el conte- nido del dictamen que emita el COMAFP. 144)No observar los criterios para la aplicación del procedimiento de determinación de la fecha deocurrencia previstos en el artículo 200º del Título VII del Compendio de Normas del SPP y/o las Disposiciones Complementarias. 145)No otorgar la calificación de invalidez definitiva, cuando corresponda, conforme a lo dispuesto enel artículo 204º del Título VII del Compendio de Normas del SPP y/o las Disposiciones Comple- mentarias. 146)No observar las condiciones y/o requisitos que otorgan derecho a la elección y percepción deuna pensión definitiva de invalidez bajo cualquierade las modalidades de pensión contempladas en el Reglamento de la Ley del SPP, conforme a lo dispuesto en el artículo 204º del Título VII del Com-pendio de Normas del SPP y/o DisposicionesComplementarias.147)No observar lo dispuesto por los artículos 208º, 224º y 229º del Título VII del Compendio de Nor-mas del SPP y/o sus Disposiciones Complemen- tarias para el pago de los gastos de los exámenes y procedimientos clínicos requeridos por elCOMAFP y el COMEC a los Médicos Consultores de la Superintendencia, a efectos de calificar la condición de invalidez. 148)No notificar al afiliado y/o beneficiarios el resulta- do de los dictámenes de invalidez, de preexisten- cia por fallecimiento o de exclusión de cobertura,emitidos por el COMAFP, en las condiciones y plazos establecidos en las Normas del SPP y/ sus Disposiciones Complementarias. 149)No instruir al afiliado o beneficiario respecto del procedimiento de apelación al dictamen de invali- dez, de preexistencia por fallecimiento o de exclu- sión de cobertura -emitido por el COMAFP- esta-blecido en los artículos 200º, 216º, 227º, 236º y 245º del Título VII del Compendio de Normas del SPP y/o no facilitar el formato de Solicitud de Ape-lación de Invalidez conforme a lo dispuesto el ar- tículo 217º del referido Título y/o Disposiciones Complementarias. 150)No correr traslado de la Solicitud de Apelación al COMAFP dentro de los plazos establecidos en los artículos 216º, 227º, 236ºy 245º del Título VII del Compendio de Normas del SPP y/o Disposi- ciones Complementarias. 151)No elevar al COMEC la Solicitud de Apelación den- tro de los plazos y condiciones establecidos en los artículos 218º, 227º, 237º y 246º del Título VIIdel Compendio de Normas del SPP y/o Disposi- ciones Complementarias. 152)No observar los criterios de evaluación para la determinación de la condición de preexistencia previstos en los artículos 231º y 232º del Título VII del Compendio de Normas del SPP y/o Disposi- ciones Complementarias. 153)No elevar al COMEC los casos de preexisten- cia afirmativa dentro del plazo establecido en el artículo 232º del Título VII del Compendio deNormas del SPP y/o Disposiciones Complemen- tarias. 154)No observar lo dispuesto por los artículos 240º y 241º del Título VII del Compendio de Normas delSPP y/o Disposiciones Complementarias para el pago de los gastos de los exámenes y procedi- mientos clínicos requeridos por el COMAFP y elCOMEC a los Médicos Consultores de la Superin- tendencia, a efectos de calificar la condición de preexistencia. 155)No observar el procedimiento y/o condiciones para ofrecer modalidades básicas y/o productos com- plementarios que se establecen en los artículos 265º, 266º, 267º y 268º del Título VII del Compen-dio de Normas del SPP y Disposiciones Comple- mentarias y/o Relacionadas. 156)No observar los principios establecidos en las Nor- mas del SPP y sus Disposiciones Complementa-rias, en caso de celebrar acuerdos con terceros en los términos de facilitar su base relacional de clientes para que se brinde algún tipo de informa-ción respecto de productos o servicios diversos ajenos al SPP a los solicitantes de pensión o sus pensionistas de Rentas Vitalicias. 157)No remitir en los plazos y/o condiciones a la Ofici- na de Normalización Previsional el expediente (fí- sico y archivo magnético) de aquellos afiliadosque - reuniendo los requisitos- hayan solicitado una pensión bajo el beneficios de los Regímenes con Garantía Estatal a que se refieren las LeyesNºs. 27617 y 27252 y sus Disposiciones Relacio- nadas. 158)No efectuar el cálculo de la pensión de los Regí- menes con Garantía Estatal a que se refieren lasLeyes Nºs. 27617 y 27252 y sus Disposiciones Relacionadas en las condiciones establecidas para tal efecto.