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PÆg. 295285 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de junio de 2005 EM, Nº 039-2002-EM, Nº 014-2003-EM y Nº 038-2003- EM, de parte de Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú, a favor de Burlington Resources Peru Limited, Su- cursal Peruana; así como la modificación del citado con-trato derivada de la cesión que se aprueba en el presen- te artículo. Artículo 2º.- De la autorización para suscribir la modificación Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con las empresas Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú, y Burlington Resources Peru Limited, Sucursal Peruana, con la intervención del Banco Central de Reserva delPerú, la Cesión y Modificación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en la Cuenca Marañón - Lote 39, que se aprueban en elartículo 1º. Artículo 3º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisie- te días del mes de junio del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 11424 Aprueban modificación y Cesión de Posición Contractual del Contrato deLicencia para la Exploración y Explota-ción de Hidrocarburos en el Lote 101 DECRETO SUPREMO Nº 019-2005-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, es política del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, a fin de garantizarel futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, mediante Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hi- drocarburos, se regulan las actividades de Hidrocarbu- ros en el territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2004-EM, de fecha 12 de marzo de 2004, se aprobó el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocar- buros en el Lote 101, ubicado entre las provincias deAlto Amazonas y Loreto del departamento de Loreto, suscrito entre PERUPETRO S.A. y Occidental Petrolera del Perú, Inc., Sucursal del Perú; Que, el artículo 12º de la Ley Orgánica de Hidrocar- buros, Ley Nº 26221, modificado por Ley Nº 27377, Ley de Actualización en Hidrocarburos, establece quelos contratos, una vez aprobados y suscritos, sólo pueden ser modificados por acuerdo escrito entre las partes, debiendo dichas modificaciones ser aproba-das por Decreto Supremo refrendado por los Minis- tros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas dentro del plazo establecido en el artículo 11º de lamencionada Ley; Que, el artículo 17º de la Ley Orgánica de Hidrocarburos señala que el Contratista o cualquierade las personas naturales o jurídicas que lo confor- men, podrá ceder su posición contractual o asociar- se con terceros, previa aprobación por Decreto Su-premo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas; asimismo, dicho ar- tículo señala que estas cesiones conllevarán el man-tenimiento de las mismas responsabilidades en loconcerniente a las garantías y obligaciones otorga- das y asumidas en el Contrato por el Contratista; Que, mediante Carta Per-057-04-0PPI de fecha 5 de noviembre de 2004, y conforme a lo estipulado enla Cláusula Décimo Sexta del referido Contrato de Licencia, Occidental Petrolera del Perú, Inc., Sucur- sal del Perú, comunicó a PERUPETRO S.A. que ha-bía llegado a un acuerdo con las empresas Talismán (Peru) Ltd. y Amerada Hess Peru, Inc., para ceder a cada una de ellas, el veintisiete punto setecientossetenta y ocho por ciento (27.778%) de su participa- ción en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 101; y, queéstas serían asumidas por sus respectivas sucur- sales en el Perú; Que, por Constancia de Calificación Nº GGRL-CC- 002-2005 del 6 de enero de 2005, PERUPETRO S.A. certificó que la Compañía Talismán Energy Inc., casa matriz de Talismán (Peru) Ltd., Sucursal Peruana, poseela necesaria capacidad técnica, económica, financiera y legal para asumir el 27.778% de la participación en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotaciónde Hidrocarburos en el Lote 101, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Calificación de Empre- sas Petroleras, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2004-EM; Que, por Constancia de Calificación Nº GGRL-CC- 001-2005 del 5 de enero de 2005, PERUPETRO S.A.certificó que la Compañía Amerada Hess Corporation, casa matriz de Amerada Hess Peru, Inc., posee la nece- saria capacidad técnica, económica, financiera y legalpara asumir el 27.778% de la participación en el Contra- to de Licencia para la Exploración y Explotación de Hi- drocarburos en el Lote 101, de conformidad con lo dis-puesto en el Reglamento de Calificación de Empresas Petroleras, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2004- EM; Que, mediante Carta Per-0014-2005-OPP-Lote 101 de fecha 3 de febrero del 2005, Occidental Petrolera del Perú, Inc., Sucursal del Perú, comunicó a PERUPETROS.A. que mediante escritura pública de fecha 26 de ene- ro de 2005, modificó su denominación social a Occiden- tal Petrolera del Peru, LLC, Sucursal del Perú; y, solicitóque en la Cesión de Posición Contractual del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocar- buros en el Lote 101, se refleje el citado cambio de deno-minación social; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo Nº 019-2005, de fecha 30 de marzo de 2005,aprobó el Proyecto de Modificación del Contrato de Li- cencia para la Exploración y Explotación de Hidrocar- buros en el Lote 101, con el objeto de reflejar el cambiode denominación social de Occidental Petrolera del Perú, Inc., Sucursal del Perú, a Occidental Petrolera del Peru, LLC, Sucursal del Perú; así como la Cesión de PosiciónContractual en el referido Contrato de Licencia por par- te de Occidental Petrolera del Peru, LLC, Sucursal del Perú, a favor de Talisman (Peru) Ltd., Sucursal Perua-na, y Amerada Hess Peru, Inc., Sucursal del Perú; y, la Modificación del Contrato derivada de la Cesión, eleván- dolo al Poder Ejecutivo para su consideración y respecti-va aprobación; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del artículo 118º de la Constitución Política del Perúy la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, modificada por la Ley Nº 27377, Ley de Actualización en Hidrocarburos; DECRETA: Artículo 1º.- De la Aprobación de la Modificación y Cesión de Posición Contractual Aprobar la Modificación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 101, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2004-EM,con el objeto de reflejar el cambio de denominación so- cial de Occidental Petrolera del Perú, Inc., Sucursal del Perú, a Occidental Petrolera del Peru, LLC, Sucursal delPerú; así como la Cesión de Posición Contractual en el referido Contrato de Licencia por parte de Occidental Petrolera del Peru, LLC, Sucursal del Perú, a favor deTalisman (Peru) Ltd., Sucursal Peruana, y Amerada Hess Peru, Inc., Sucursal del Perú; y, la modificación del con- trato derivada de la cesión que se aprueba en el presen-te artículo.