Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2005 (23/06/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 23 de junio de 2005

Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Publico, de funcionarios, servidores publicos o representantes del Poder Ejecutivo, a que se refieren el primer y MORDAZA parrafo del articulo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibicion que no es aplicable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, asi como la Direccion de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyos casos los viajes seran autorizados a traves de resolucion del Titular del Pliego respectivo, la misma que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano MORDAZA del inicio de la comision de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, la empresa Lan Peru S.A., con Carta GOP/INST/ 449/06/05, del 7 de junio de 2005, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 5 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion de Personal), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar un chequeo tecnico en simulador de vuelo del equipo Airbus 320, en el Centro de Entrenamiento CAE de la MORDAZA de MORDAZA, a su personal aeronautico propuesto, durante los dias 2 y 3 de MORDAZA de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 16540 y 16541, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 1168-2005-MTC/12.04-SDO designando al Inspector MORDAZA MORDAZA Mecklenburg Raschio, para realizar un chequeo tecnico en simulador de vuelo del equipo Airbus 320, en el Centro de Entrenamiento de CAE, al personal aeronautico propuesto por la empresa Lan Peru S.A., en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, durante los dias 1 al 4 de MORDAZA de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar el chequeo tecnico a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 1168-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Mecklenburg Raschio, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, durante los dias 1 al 4 de MORDAZA de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Lan Peru S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nºs. 16540 y 16541, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunica-

ciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ US$ 800.00 28.24

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 11329

Aprueban transferencia de grupo generador a favor del Ferrocarril Huancayo - Huancavelica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 386-2005-MTC/02 MORDAZA, 20 de junio de 2005 Vistos, los Oficios Nºs. 0873-GG/FHH/03 y 0201GG-FHH/04 presentados por el Ferrocarril HuancayoHuancavelica. CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos del visto, el Ferrocarril Huancayo-Huancavelica organismo publico descentralizado del Subsector Transportes, solicita a este Ministerio la donacion del Grupo Generador Rolls MORDAZA SR 126215, a fin de contar con un generador transportable que provea de fluido electrico en cualquier parte de la via ferrea en caso de accidentes y trabajos de emergencia durante la noche, y disponga de capacidad suficiente para abastecer a los talleres de dicha entidad en caso de interrupcion del suministro de electricidad, y de esta forma las actividades de mantenimiento y reparacion del material rodante no se vean afectadas; Que, con Memorandum Nº 3044-2004-MTC/14, la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles adjunta el Informe Nº 070-2004-MTC/14.05.03 de la Subdireccion de Fiscalizacion Gestion de Ferrocarriles, del cual se desprende que el citado Grupo Generador no tiene ningun uso aparente para el Ministerio, por lo que recomiendan aceptar la solicitud de donacion presentada; Que, con Resolucion Directoral Nº 011-2005-MTC/ 10 del 2.2.05, se aprobo la baja de los inventarios de la Unidad Ejecutora 001 Administracion General, del Grupo Generador Rolls MORDAZA SR 126215 por la causal de estado de excedencia contemplada en el inciso a) del articulo 130º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; Que, mediante Informe Nº 010-2005-MTC/CGP, el Comite de Gestion Patrimonial emite opinion favorable con relacion a la donacion del Grupo Generador Rolls MORDAZA SR 126215 a favor del Ferrocarril HuancayoHuancavelica, de conformidad con lo establecido en el articulo 173º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 173º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, la donacion de bienes muebles de una entidad publica a favor de otra entidad publica, se aprobara mediante Resolu-

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