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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (23/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 30

PÆg. 295298 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de junio de 2005 Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público, de funcionarios, servidores públicos o repre- sentantes del Poder Ejecutivo, a que se refieren el pri-mer y segundo párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibi- ción que no es aplicable a los sectores Relaciones Exte-riores y Comercio Exterior y Turismo, así como la Direc- ción de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyos casos los viajes serán auto-rizados a través de resolución del Titular del Pliego res- pectivo, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio de la comisión de ser-vicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internaciona- les establecidos en el Convenio de Chicago sobre Avia-ción Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigi-lancia sobre la seguridad operacional a través de la eje- cución de inspecciones técnicas a los explotadores aé- reos en el país, basado en las disposiciones estableci-das en el citado Convenio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta GOP/INST/ 449/06/05, del 7 de junio de 2005, en el marco del Proce- dimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Direc- ción General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Perso-nal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Ci- vil, efectuar un chequeo técnico en simulador de vuelo del equipo Airbus 320, en el Centro de EntrenamientoCAE de la ciudad de Santiago, a su personal aeronáutico propuesto, durante los días 2 y 3 de julio de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 16540 y 16541, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando ante-rior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empre- sa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viá- ticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 1168-2005-MTC/12.04-SDO designandoal Inspector Adolfo Alberto Mecklenburg Raschio, para realizar un chequeo técnico en simulador de vuelo del equipo Airbus 320, en el Centro de Entrenamiento deCAE, al personal aeronáutico propuesto por la empresa Lan Perú S.A., en la ciudad de Santiago, República de Chile, durante los días 1 al 4 de julio de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las fun-ciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar el chequeo técnico a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1168-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supre- mo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Adolfo Alberto Mecklenburg Raschio, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones, a la ciudad de Santiago, Re- pública de Chile, durante los días 1 al 4 de julio de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa dela presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, ha sido íntegramente cubierto porla empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación Nºs. 16540 y 16541, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 800.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspec- tor mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolu-ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la OficinaGeneral de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realiza- das y los resultados obtenidos durante el viaje autoriza-do. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 11329 Aprueban transferencia de grupo generador a favor del FerrocarrilHuancayo - Huancavelica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 386-2005-MTC/02 Lima, 20 de junio de 2005 Vistos, los Oficios Nºs. 0873-GG/FHH/03 y 0201- GG-FHH/04 presentados por el Ferrocarril Huancayo- Huancavelica. CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos del visto, el Ferroca- rril Huancayo-Huancavelica organismo público descentralizado del Subsector Transportes, solicita a esteMinisterio la donación del Grupo Generador Rolls Royce SR 126215, a fin de contar con un generador transporta- ble que provea de fluido eléctrico en cualquier parte de lavía férrea en caso de accidentes y trabajos de emer- gencia durante la noche, y disponga de capacidad sufi- ciente para abastecer a los talleres de dicha entidad encaso de interrupción del suministro de electricidad, y de esta forma las actividades de mantenimiento y repara- ción del material rodante no se vean afectadas; Que, con Memorándum Nº 3044-2004-MTC/14, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles adjunta el Informe Nº 070-2004-MTC/14.05.03 de la Subdirecciónde Fiscalización Gestión de Ferrocarriles, del cual se desprende que el citado Grupo Generador no tiene nin- gún uso aparente para el Ministerio, por lo que reco-miendan aceptar la solicitud de donación presentada; Que, con Resolución Directoral Nº 011-2005-MTC/ 10 del 2.2.05, se aprobó la baja de los inventarios de laUnidad Ejecutora 001 Administración General, del Gru- po Generador Rolls Royce SR 126215 por la causal de estado de excedencia contemplada en el inciso a) delartículo 130º del Reglamento General de Procedimien- tos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; Que, mediante Informe Nº 010-2005-MTC/CGP, el Comité de Gestión Patrimonial emite opinión favorable con relación a la donación del Grupo Generador RollsRoyce SR 126215 a favor del Ferrocarril Huancayo- Huancavelica, de conformidad con lo establecido en el artículo 173º del Reglamento General de Procedimien-tos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 173º del Reglamento General de Procedimientos Admi-nistrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, la dona- ción de bienes muebles de una entidad pública a favor de otra entidad pública, se aprobará mediante Resolu-