Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2005 (24/06/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 24 de junio de 2005

m) Delegar en el Presidente, Miembros del Pleno o funcionarios de la Alta Direccion, las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas de sus funciones; n) Realizar otras funciones y atribuciones inherentes y afines a su competencia, conforme a la Constitucion Politica del Peru y a la legislacion electoral vigente. Capitulo II PRESIDENCIA DEL MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES Articulo 15º.- La Presidencia del MORDAZA Nacional de Elecciones es el organo de alta direccion, encargado de ejecutar los pronunciamientos del Pleno, asi como de conducir, dirigir, controlar, supervisar y coordinar las actividades de gestion de la Institucion. Articulo 16º.- La Presidencia del MORDAZA Nacional de Elecciones esta a cargo del miembro elegido por la Corte Suprema conforme a ley. El Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones, es su representante oficial y es el Titular del Pliego. Articulo 17º.- En caso de ausencia o impedimento temporal del Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones, sus funciones seran desempenadas por un miembro titular del Pleno, conforme a ley. Articulo 18º.- Las funciones de la Presidencia del MORDAZA Nacional de Elecciones, son las siguientes: a) Proponer al Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones la estructura organica de la Institucion, asi como la creacion, fusion, modificacion y desactivacion de los organos; b) Aprobar y evaluar la ejecucion del Plan Estrategico, Plan Operativo Institucional, Plan de Inversiones, Presupuesto Institucional, Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del MORDAZA Nacional de Elecciones, los Estados Financieros y demas documentacion financiera y economica que le corresponda; c) Aprobar y evaluar el cumplimiento de los siguientes documentos de gestion institucional: Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) y Presupuesto Analitico de Personal (PAP); d) Coordinar y supervisar la ejecucion de los planes, sistemas y actividades de los organos a su cargo; e) Aprobar los reglamentos internos de los Comites de Gerencia y Planeamiento Estrategico y de Gestion Electoral y supervisar el funcionamiento de los mismos; f) Designar, contratar, nombrar, suspender, rotar, o MORDAZA a los funcionarios y servidores del MORDAZA Nacional de Elecciones, asi como determinar los cargos de confianza y la cobertura de plazas de la Institucion; g) Presentar al Poder Ejecutivo el proyecto de presupuesto del MORDAZA Nacional de Elecciones y del Sistema Electoral que incluye por separado los presupuestos de cada organismo del Sistema Electoral y sustentar el mismo ante la Comision de Presupuesto del Congreso de la Republica; h) Efectuar las coordinaciones necesarias y pertinentes de caracter interinstitucional con los demas Organismos del Sistema Electoral; i) Designar a los Miembros del Comite de Coordinacion Electoral, al MORDAZA del articulo 76º de la Ley Nº 26859 Ley Organica de Elecciones; j) Declarar la vacancia de Miembro del Pleno, de acuerdo a loas causales previstas en los incisos a. y b. del articulo 18º de la Ley Nº 26486; k) Realizar otras funciones inherentes y afines a su competencia. Articulo 19º.- Las atribuciones del Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones, son las siguientes: a) Ejercer la titularidad del pliego presupuestal y representar al MORDAZA Nacional de Elecciones en todos sus actos, ante todas las autoridades, entidades y personas naturales o juridicas; b) Convocar y presidir las sesiones del Pleno y hacer cumplir sus pronunciamientos, asimismo conducir las audiencias publicas; c) Expedir en MORDAZA instancia, los actos administrativos en asuntos de su competencia; d) Delegar a los funcionarios del MORDAZA Nacional de Elecciones, total o parcialmente las facultades, funcio-

nes y atribuciones administrativas cuando sea procedente conforme a ley; e) Juramentar a los miembros del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones; f) Evaluar y suscribir convenios con organismos publicos o privados, nacionales o internacionales, en asuntos de interes institucional; g) Aprobar los documentos normativos de gestion que le faculta la ley; h) Realizar otras atribuciones inherentes y afines a su competencia. Articulo 20º.- La Presidencia contara con un Gabinete de Asesores que se encargara de efectuar analisis, estudios, informes, dictamenes y otras labores que se le encomiende relacionadas con la politica institucional. Articulo 21º.- La Presidencia para el cumplimiento de sus funciones, tendra a su cargo los siguientes organos: § § § § § § § Secretaria General. Organo de Control Institucional Procuraduria Publica. Oficina de Registro de Organizaciones Politicas. Comite de Coordinacion Electoral Comite de Gerencia y Planeamiento Estrategico Comite de Gestion Electoral Capitulo III SECRETARIA GENERAL Articulo 22º.- La Secretaria General es el organo de Alta Direccion, que depende de la Presidencia del MORDAZA Nacional de Elecciones, encargado de dirigir, controlar, supervisar y coordinar las actividades de gestion jurisdiccional y de gestion administrativa de la Institucion. Articulo 23º.- La Secretaria General estara a cargo de un directivo con titulo profesional universitario de abogado, con categoria de Secretario General, designado por el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones a propuesta del Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones. Es el funcionario de mayor jerarquia administrativa del MORDAZA Nacional de Elecciones, interviene en las deliberaciones del Pleno con voz pero sin MORDAZA y coordina la ejecucion de las decisiones del Pleno y de la Presidencia del MORDAZA Nacional de Elecciones. Articulo 24º.- La Secretaria General, para el mejor desempeno de sus funciones desarrollara sus actividades en los ambitos funcionales de gestion jurisdiccional y de gestion administrativa. Articulo 25º.- Las funciones de la Secretaria General, son las siguientes: a) Elaborar la agenda de las sesiones del Pleno, en coordinacion con la Presidencia y llevar el registro de las mismas y de las actas; b) Administrar el archivo periferico del Pleno y mantenerlo actualizado, ordenado y sistematizado, asi como tambien asegurar que se realice la recepcion, clasificacion y conservacion de la documentacion jurisdiccional y administrativa dentro del ambito de su competencia; c) Ejecutar los pronunciamientos del Pleno y las directivas impartidas por la Presidencia del MORDAZA Nacional de Elecciones, expidiendo los actos administrativos en asuntos de su competencia; d) Mantener el Registro de Encuestadoras y Observadores Electorales, asi como el de candidatos y Autoridades Politicas; e) Administrar la publicidad de los pronunciamientos y de otros instrumentos de gestion institucional emitidos por el Pleno y la Presidencia, asi como remitir al Centro de Documentacion e Informacion Electoral del MORDAZA Nacional de Elecciones la documentacion correspondiente; f) Coordinar las actividades pertinentes con otras instituciones y atender en forma oportuna sus requerimientos, en materia de su competencia, dando cuenta al Pleno y a la Presidencia; del mismo modo, solicitar la informacion que el MORDAZA Nacional de Elecciones requiera para el desempeno de sus funciones;

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