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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G35/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de junio de 2005 Artículo 3º.- Compréndase la citada donación en los alcances del inciso k) del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decre-to Supremo Nº 055-99-EF, sustituido por el Decreto Le- gislativo Nº 935. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a la Superintendencia de Bienes Nacionales, Superinten- dencia Nacional de Administración Tributaria, Contralo- ría General de la República, Embajada de los EstadosUnidos de América, Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI del Ministerio de Relaciones Exte- riores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura ANEXO 01 Donación de medicinas para uso veterinario bajo el programa de Asistencia Humanitaria del Departamento de Defensa de los Estados Unidos de América a favor del Servicio Nacional de Sanidad Agaria - SENASA Nº Descripción Producto Nº Canti- Precio Precio dad Unitario T otal (US$) (US$) 1 Lidocaína 2% NDC 11695-3514-1 1 1.16 1.16 NDC 50989-417-12 2 Oxytetracyclina (200mg) NDC 50989-416-12 20 6.54 130.80 NDC 11695-3534-1 3 Difenhydramina 25 mg NDC 65905-310-23 1 12.87 12.87 4 Atropina NDC 11695-3531-1 1 1.85 1.85 5 Dexametasona NDC 50989-338-12 1 3.84 3.84 6 Meglumina Flunixina, NDC 085103 1 27.81 27.81 (50MG/100 ML) 7 Fenylbutazona (1GM) NDC 50989-613-51 1 14.65 14.65 8 Yohimbina (Estéril) NDC 89565-04841 1 32.48 32.48 9 Xylazina (100) mg NDC 11695-3593-10 1 13.99 13.99 10 Vitamina A, D, E (250 ML) NDC 50989344-15 10 27.57 275.70 11 Vitamina B1 (Tiamina) (500 MG) NDC 11695-1234-5 2 6.71 13.42 NDC 0989-430-12 12 Complejo de Vitamina B NDC 0857-0126-04 30 1.51 45.30 13 Clorhexidina NDC 11695-2157-1 2 12.57 25.14 14 Hierro dextran NDC 11695-4129-4 6 2.94 17.64 (100mg spr 100ml) 15 Nitrofurazone dressing wab 1 lb NDC 11695-1019-1 4 3.90 15.60 16 Guantes de exámen en latex, 8828 1 3.58 3.58 grande trv 100 17 Guantes de obstetricia manga KANE P125 1 13.21 13.21 larga (1,25 mil) 18 Hypodermicas desechables 4 14.44 57.76 16 x 1" aluminio 100/caja 19 Hypodermicas desechables 2 8.90 17.80 18 x 1 aluminio 100/caja 20 Hypodermicas desechables 7 6.95 48.65 18 x 1 1/2 vet 100/caja 21 Hypodermicas desechables 1 6.99 6.99 20 x 1 1/2 100/caja 22 Hypodermica Tipo pistola HA4 1005C 4 42.50 170.00 (50ml) 23 Hypodermica (3 ml) Punta 8881-513918 2 4.23 8.46 regular (100/caja) 24 Jeringuilla desechable (6 ml) 4 3.70 14.80 punta regular 50/caja 25 Jeringuilla desechable (12 ml) 881-512852 3 19.20 57.60 regular shw 80/caja 26 Jeringuilla desechable 30 ml 8881-516911 4 12.14 48.56 (caja) TOTAL US$ 1,079.66 VALOR FOB DE LA DONACIÓN US$ 1.079,66 DÓLARES AMERICANOS (Son Mil Setenta y Nueve con 66/100 Dólares Americanos) 11658MINCETUR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65 /G49/G4E/G44/G45/G43/G4F/G50/G49/G20/G79/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72 /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G58/G49/G49/G49/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G41/G6E/G64/G69/G6E/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 024-2005-MINCETUR Lima, 27 de junio de 2005Vista la Carta Nº 393-2005/GEG-INDECOPI, del Gerente General del Instituto Nacional de Defensade la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI y el Memorándum Nº 476- 2005-MINCETUR/VMCE, del Viceministro de Comer-cio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo competente para defi- nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo y está a cargo dela regulación del comercio exterior; Que, el Perú conjuntamente con Ecuador y Co- lombia, viene negociando con los Estados Unidos deNorteamérica la suscripción de un Tratado de Libre Comercio - TLC, para cuyo efecto, a la fecha, se han realizado diez Rondas de Negociaciones; Que, del 18 al 22 de julio de 2005, se realizará la XI Ronda de Negociaciones en la ciudad de Miami, Estados Unidos de Norteamérica. En orden a la par-ticipación en esta reunión, los países andinos nego- ciadores realizarán la XIII Reunión de Coordinación Andina, en la ciudad de Quito, República de Ecuador,los días 27 al 29 de junio del 2005, cuya agenda incluye reuniones de la Mesa de Negociaciones so- bre Propiedad Intelectual; Que, por tal razón, participarán en dicho evento los representantes del INDECOPI, especialistas en el tema de propiedad intelectual, asumiendo elMINCETUR los gastos por concepto de pasajes y viáticos; De conformidad con las Leyes Nºs. 27619, 28425 y 27790, Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM, De- creto Supremo Nº 047-2002-PCM y Decreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Quito, República de Ecuador, de los siguientes fun- cionarios del INDECOPI, que forman parte del equi-po peruano negociador del Tratado de Libre Comer- cio con los Estados Unidos de Norteamérica, para que participen en la XIII Reunión de CoordinaciónAndina, a realizarse en dicha ciudad, del 27 al 30 de junio de 2005: Sra. Teresa Stella Mera Gómez Sr. Edgard Martín Moscoso Villacorta Sr. Néstor Escobedo Ferradas Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 035: Ministerio de Comer-cio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US$ 428,00 x 3 personas) : US$ 1 284,00 Viáticos (US$ 200,00 x 4 días x 3 personas) : US$ 2 400,00 Tarifa CORPAC (US$ 28,24 x 3 personas) : US$ 84,72 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes a su retorno al país, los profesionales cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberán presentar al Titular del MINCETUR y al Titular delINDECOPI un informe detallado sobre las acciones rea- lizadas y los logros obtenidos en las reuniones a las que asistirán. Asimismo, deberán presentar la rendición decuentas de acuerdo a Ley.