Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2005 (02/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, miercoles 2 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES
En el Art. Segundo: DICE:

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DEL MAR; POR CUANTO:

"... hasta el 19 de marzo del 2004". El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.6.2 del articulo 79º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, entre las funciones especificas exclusivas que ejercen las municipalidades distritales, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, se encuentra entre otras, el normar, regular, y otorgar autorizaciones de construccion, remodelacion o demolicion de inmueble y declaratoria de fabrica; Que, el numeral P-II2.1 del Titulo Preliminar del Reglamento Nacional de Construcciones estipula que los Concejos Distritales tienen la facultad de dictar las disposiciones administrativas complementarias para que las obras de construccion reunan las condiciones necesarias de funcionamiento, higiene, seguridad, comodidad y estetica; Que, a efectos de garantizar la seguridad, comodidad y estetica en las edificaciones destinadas a conjuntos residenciales y edificios multifamiliares, resulta conveniente establecer un porcentaje de estacionamientos para uso de visitas, el cual debera ser considerado en los anteproyectos y/o proyectos de obras, especificando el uso comun de los mismos; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, y en ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Los anteproyectos y/o proyectos de Edificios Multifamiliares y Conjuntos Residenciales a edificarse en la Via Colectora Distrital Jr. Contralmirante MORDAZA (ex Jr. MORDAZA del Campo) y en las avenidas Pershing, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Miroquesada, MORDAZA de MORDAZA, Salaverry, MORDAZA MORDAZA, y Av. Del Ejercito (con excepcion de las cuadras 1, 2, 3 y 4), deberan considerar obligatoriamente dentro del lote, para uso de las visitas, un 10% de estacionamientos adicionales a los indicados en el articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 156-MDMM para Edificios Multifamiliares y Conjuntos Residenciales de los sectores III y IV. Los estacionamientos para uso de visitas seran de uso comun. Articulo Segundo.- Dejese sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 04570 DEBE DECIR: "... hasta el 19 de marzo del 2005". 04608

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Aprueban regularizacion de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 042-2005-AL/MDSMP San MORDAZA de Porres, 25 de enero de 2005 VISTOS: los Expedientes C-1444-2001, C-1910-2001, A-3428-2001, A-3443-2001, A-1223-2001, A-2373-2002, 24314-2004, 50886-2004, promovidos por la Empresa Constructora e Inmobiliaria FHILADELFIA S.A., solicitando Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada del Programa de Vivienda Fhiladelfia II Etapa, del terreno de 35,400.00 m2, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Porres de la provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27680, en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, definen a las Municipalidades como organos de gobierno, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, promotores del desarrollo integral, de la economia local y de la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales; Que, mediante los expedientes de la referencia, el senor MORDAZA MORDAZA Aldazabal, Gerente General de la Constructora e Inmobiliaria Sociedad Anonima -FHILADELFIA S.A., adecuada a "Constructora e Inmobiliaria Fhiladelfia S.A.C." inscrita en el Asiento C00002 de la Partida Nº 0072672, de la Ficha Nº 0000110049 del Libro de Sociedades Mercantiles del Registro de Personas Juridicas de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, solicita la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada del programa de vivienda Fhiladelfia II Etapa, desarrollado sobre el terreno de 35,400.00 m2 correspondiente a la parcela signada con Unidad Catastral Nº 10226 de su propiedad, inscrita en la Ficha Nº 1184960 y continuada en la Partida Nº 49084760 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, Planos de Ubicacion, de Lotizacion y Memoria Descriptiva en concordancia con los Planos Urbanos aprobados por la Municipalidad Provincial, Certificado de Zonificacion y Vias Nº 054-99-MML/DMDU-OPDM, Plano Nº 218-99-MML/DMDU-OPDM/DPTN, Carta de Factibilidad de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Nº 051-2003-ET-N expedida por la Empresa SEDAPAL, MORDAZA de Redes de Electrificacion GT-SGED-ZDC-SOP41322-2001 expedida por la Empresa EDELNOR S.A., de acuerdo al Articulo 5º de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, Ley Nº 26878 concordante con el Articulo 10º del TUO, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC; Que, de acuerdo al Formato 2 del Dictamen "Regularizacion de Habilitaciones Urbanas Ejecutadas" del 21 de noviembre del 2001 se senala que existen un 80% de viviendas construidas que cumplen con la definicion senalada en el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº17999-MTC, asimismo la habilitacion MORDAZA cuenta con las obras de energia electrica concluidas, quedando pendiente la ejecucion de las obras de pistas, veredas, agua potable y alcantarillado;

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 170-MPL Mediante Oficio Nº 057-2005-MPL/OSG, la Municipalidad de Pueblo Libre solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 170-MPL, publicada en la edicion del dia 28 de febrero de 2005.

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