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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G32/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 2 de marzo de 2005 SE DECRETA: Artículo 1º.- PROHIBIR EL TRÁNSITO Y EL ESTA- CIONAMIENTO DE VEHÍCULOS MENORES en la juris- dicción del distrito de Ate; en las siguientes vías: - Vía de Evitamiento, desde la Carretera Central has- ta la Av. Marginal. - Av. Javier Prado Este, desde la Carretera Central hasta el Ovalo Javier Prado. - Av. Separadora Industrial, desde la Carretera Cen- tral hasta la Av. Circunvalación. - Av. Nicolás Ayllón, desde el Jr. Los Lirios hasta el Puente Huáscar. - Carretera Central, desde el Puente Huáscar hasta el Acceso a Villa Tusan. - Av. Circunvalación, desde la Av. Separadora Indus- trial hasta la Av. Marginal. - Av. Huarochirí, desde la Av. Separadora Industrial hasta la Av. Javier Prado Este. - Av. La Molina, desde la Carretera Central hasta la Av. Separadora Industrial. · Av. Los Frutales, desde la Carretera Central hasta la Av. Separadora Industrial. Artículo 2º.- La restricción establecida en el Artículo anterior para la Av. Javier Prado Este, en el tramo com- prendido desde la Carretera Central hasta la Av. Helsinki; será ejecutada posteriormente a la habilitación de dichavía. Artículo 3º.- Encárguese el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Subgerencia de Fiscalización deacuerdo a las normas legales vigentes y a la Subgerencia de Comercialización y Transporte la señalización respecti- va, para lo cual la Gerencia de Administración dará el apo-yo logístico necesario a dichas oficinas. Artículo 4º.- Deróguese cualquier disposición que se oponga al presente Decreto. Artículo 5º.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de ser refrendado por el Alcalde Distrital de Ate. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 04634 /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G2D /G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G70/G72/G6F/G70/G69/G65/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/GE1/G73/G20/G64/G65/G20/G75/G6E/G20/G70/G72/G65/G64/G69/G6F/G2C/G20/G64/G65/G70/G72/G65/G64/G69/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G75/G73/G6F/G20/G64/G69/G73/G74/G69/G6E/G74/G6F/G20/G61/G20/G76/G69/G76/G69/G65/G6E/G64/G61/G20/G6F /G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G73/G69/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G69/G72 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004 Ate, 28 de febrero de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; las Ordenanzas Municipales Nº 070-MDA, por la cual se aprueba las fechas de vencimiento de lasobligaciones tributarias para el ejercicio 2005 y Nº 071- MDA, en la cual se establece los importes de los Arbi- trios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos ySerenazgo correspondiente al ejercicio 2005; el Informe Nº 051-05-GR-MDA de la Gerencia de Rentas y el Pro- veído Nº 788-05-GGM/MDA de la Gerencia GeneralMunicipal; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 28 de octubre del 2004 se aprobó la Ordenanza Municipal Nº 071-MDA en la cual se estable- ce los importes de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgocorrespondiente al ejercicio 2005, siendo que en el artí- culo tercero se otorga un beneficio a los contribuyentesque optarán por la cancelación de los cuatro (4) trimes- tres dentro del plazo de vencimiento del primer trimes-tre, concediéndose un descuento del 10% sobre el im- porte total a pagar por el presente ejercicio fiscal; Que, mediante Ordenanza Nº 070-MDA se aproba- ron las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2005, estableciéndose que respecto de los propietarios de másde un predio o un predio con uso distinto a vivienda o predio sin construir el pago al contado anual así como de la primera cuota vence el 28 de febrero del 2005; Que, de conformidad con el artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario y sus modificatorias, el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, concarácter general, por la Administración Tributaria; Que, a través del Informe Nº 051-05-GR-MDA, la Gerencia de Rentas sustenta la necesidad de prorrogarla fecha de vencimiento para el pago de las obligaciones tributarias para el ejercicio 2005; Que, siendo política de la Administración el conceder las mayores facilidades a los contribuyentes para que cumplan con las obligaciones tributarias y a fin de otor- gar dichas facilidades a la generalidad de los propie-tarios de predios ubicados en la jurisdicción de Ate, sin importar su uso, resulta necesario ampliar la fecha de vencimiento para el pago al contado y la primera cuotadel Impuesto Predial y de la primera cuota de los Arbi- trios Municipales; Que, mediante Proveído Nº 788-05-GGM/MDA el Gerente General Municipal señala se proyecte el De- creto de Alcaldía respectivo; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 27972 y sus normas modificatorias y concargo a dar cuenta al concejo; SE DECRETA:Artículo 1º.- PRORRÓGUESE el plazo de venci- miento para el pago al contado y de la primera cuotatrimestral del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales a que se refiere la Ordenanza Nº 070-MDA, para los pro- pietarios de más de un predio o un solo predio con usodistinto a vivienda o terreno sin construir en los siguien- tes términos: - Pago al Contado : 15 de marzo - Pago Fraccionado Primera Cuota : 15 de marzo Artículo 2º.- PRORRÓGUESE la vigencia del benefi- cio otorgado en el artículo tercero de la Ordenanza Nº 071-MDA, en concordancia con los artículos preceden-tes del presente Decreto. Artículo 3º.- ENCARGAR, en cumplimiento del pre- sente Decreto a la Gerencia de Rentas, Gerencia deAdministración, Agencia Municipal de Salamanca, Hua- ycán y Santa Clara y demás Gerencias y Subgerencias pertinentes de esta Corporación Edil. Regístrese, publíquese, comuníquese y cumplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 04632 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G70/G6F/G72/G63/G65/G6E/G74/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G75/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G73/G69/G74/G61/G73/G20/G61/G20/G63/G6F/G6E/G73/G69/G64/G65/G2D/G72/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G61/G6E/G74/G65/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G79/G2F/G6F/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G64/G65/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G61/G20/G65/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G7A/G6F/G6E/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G2D/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 191-MDMM Magdalena del Mar, 28 de febrero de 2005