Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2005 (02/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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SE DECRETA:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de marzo de 2005

Articulo 1º.- PROHIBIR EL MORDAZA Y EL ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS MENORES en la jurisdiccion del distrito de Ate; en las siguientes vias: - Via de Evitamiento, desde la Carretera Central hasta la Av. Marginal. - Av. MORDAZA MORDAZA Este, desde la Carretera Central hasta el Ovalo MORDAZA Prado. - Av. Separadora Industrial, desde la Carretera Central hasta la Av. Circunvalacion. - Av. MORDAZA MORDAZA, desde el Jr. Los Lirios hasta el MORDAZA Huascar. - Carretera Central, desde el MORDAZA Huascar hasta el Acceso a MORDAZA Tusan. - Av. Circunvalacion, desde la Av. Separadora Industrial hasta la Av. Marginal. - Av. Huarochiri, desde la Av. Separadora Industrial hasta la Av. MORDAZA MORDAZA Este. - Av. La MORDAZA, desde la Carretera Central hasta la Av. Separadora Industrial. · Av. Los Frutales, desde la Carretera Central hasta la Av. Separadora Industrial. Articulo 2º.- La restriccion establecida en el Articulo anterior para la Av. MORDAZA MORDAZA Este, en el tramo comprendido desde la Carretera Central hasta la Av. Helsinki; sera ejecutada posteriormente a la habilitacion de dicha via. Articulo 3º.- Encarguese el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Subgerencia de Fiscalizacion de acuerdo a las normas legales vigentes y a la Subgerencia de Comercializacion y Transporte la senalizacion respectiva, para lo cual la Gerencia de Administracion MORDAZA el apoyo logistico necesario a dichas oficinas. Articulo 4º.- Deroguese cualquier disposicion que se oponga al presente Decreto. Articulo 5º.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de ser refrendado por el MORDAZA Distrital de Ate. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 04634

que optaran por la cancelacion de los cuatro (4) trimestres dentro del plazo de vencimiento del primer trimestre, concediendose un descuento del 10% sobre el importe total a pagar por el presente ejercicio fiscal; Que, mediante Ordenanza Nº 070-MDA se aprobaron las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2005, estableciendose que respecto de los propietarios de mas de un predio o un predio con uso distinto a vivienda o predio sin construir el pago al contado anual asi como de la primera cuota vence el 28 de febrero del 2005; Que, de conformidad con el articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario y sus modificatorias, el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general, por la Administracion Tributaria; Que, a traves del Informe Nº 051-05-GR-MDA, la Gerencia de Rentas sustenta la necesidad de prorrogar la fecha de vencimiento para el pago de las obligaciones tributarias para el ejercicio 2005; Que, siendo politica de la Administracion el conceder las mayores facilidades a los contribuyentes para que cumplan con las obligaciones tributarias y a fin de otorgar dichas facilidades a la generalidad de los propietarios de predios ubicados en la jurisdiccion de Ate, sin importar su uso, resulta necesario ampliar la fecha de vencimiento para el pago al contado y la primera cuota del Impuesto Predial y de la primera cuota de los Arbitrios Municipales; Que, mediante Proveido Nº 788-05-GGM/MDA el Gerente General Municipal senala se proyecte el Decreto de Alcaldia respectivo; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y sus normas modificatorias y con cargo a dar cuenta al concejo; SE DECRETA: Articulo 1º.- PRORROGUESE el plazo de vencimiento para el pago al contado y de la primera cuota trimestral del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales a que se refiere la Ordenanza Nº 070-MDA, para los propietarios de mas de un predio o un solo predio con uso distinto a vivienda o terreno sin construir en los siguientes terminos: - Pago al Contado : 15 de marzo - Pago Fraccionado Primera Cuota : 15 de marzo Articulo 2º.- PRORROGUESE la vigencia del beneficio otorgado en el articulo tercero de la Ordenanza Nº 071-MDA, en concordancia con los articulos precedentes del presente Decreto. Articulo 3º.- ENCARGAR, en cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion, Agencia Municipal de MORDAZA, Huaycan y MORDAZA MORDAZA y demas Gerencias y Subgerencias pertinentes de esta Corporacion Edil. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 04632

Prorrogan plazos para pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para propietarios de mas de un predio, de predio con uso distinto a vivienda o terreno sin construir
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004 Ate, 28 de febrero de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; las Ordenanzas Municipales Nº 070-MDA, por la cual se aprueba las fechas de vencimiento de las obligaciones tributarias para el ejercicio 2005 y Nº 071MDA, en la cual se establece los importes de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2005; el Informe Nº 051-05-GR-MDA de la Gerencia de Rentas y el Proveido Nº 788-05-GGM/MDA de la Gerencia General Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 28 de octubre del 2004 se aprobo la Ordenanza Municipal Nº 071-MDA en la cual se establece los importes de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2005, siendo que en el articulo tercero se otorga un beneficio a los contribuyentes

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Establecen porcentaje de estacionamientos para uso de visitas a considerarse en anteproyectos y/o proyectos de obras a edificarse en zonas del distrito
ORDENANZA Nº 191-MDMM MORDAZA MORDAZA, 28 de febrero de 2005

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