TEXTO PAGINA: 54
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G32/G38/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 2 de marzo de 2005 "como límite territorial definitivo entre la provincia de Chincha - departamento de Ica y la provincia de Ca-ñete - departamento de Lima la siguiente memoria descriptiva, elaborado sobre la base de la carta na- cional a escala 1/100,000 HOJAS: TUPE (26 L), CIN-CHA (27K), TANTARA (27L): ‘Línea que partiendo de la desembocadura de la Que- brada Topará en el Océano Pacífico, en el punto decoordenada UTM (WGS 84): 8526742 Km.N y 365039 Km.E, sigue en dirección Nor Este aguas arriba por el cauce de la Quebrada Topará hasta el Nor Estepor línea de cumbre de los cerros Palta rumi, cerro Mesa Rumi, cerro Cullcu Punta, cerro Chitiapunco, cerro Mallunca culminando en la SEÑAL CERROCHAVÍN (3806 M.S.N.M.) en el cerro Mancohuilca’" 89. Sin embargo, la propuesta del Ejecutivo es simple- mente eso: una propuesta. No pone fin a un problema de demarcación territorial entre Lima e Ica, sino que serequiere de una actividad parlamentaria final 90. 63. Valor de la propuesta del Ejecutivo Este Tribunal ha venido a señalar que el tema limítro- fe entre Chincha y Cañete debe ser resuelto en sede parlamentaria91, porque "si bien es cierto que de las instrumentales presenta- das en el presente proceso no aparece que el temade los límites en disputa haya sido, hasta la fecha, definido con la suficiente claridad o precisión, lo que aparentemente justificaría la necesidad de una rede-limitación, no lo es menos que el procedimiento se- guido por la Municipalidad Provincial de Chincha, al aprobar la redelimitación territorial del distrito de Gro-cio Prado mediante la Ordenanza cuestionada, no es el señalado ni por la ley de la materia ni por su Regla- mento, lo que en el fondo patentiza que se ha tomadouna decisión unilateral que, por la forma como se ha producido, equivale a un exceso en el que no solo se termina desconociendo las competencias de las au-toridades administrativas, sino las del propio Con- greso, que es el que, finalmente, habrá de hacer suya la correspondiente propuesta de redelimitación. Entales circunstancias, no cabe interpretar la redelimi- tación producida como un procedimiento válido, sino como un indebido recorte o restricción territorialopuesto a lo establecido por la Constitución y a las normas de desarrollo expedidas conforme a ella" 92. Es decir, como lo señala el demandado, "está claro que todas las atribuciones del Congreso contenidas en el artículo 102 son de naturaleza dis- crecional porque se trata de un poder del Estado y no de una simple dependencia administrativa, sujeta alas propuestas del Ejecutivo o de las Oficina de Car- tografía dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros" 93. 64. Valor de la propuesta del Ejecutivo Por lo tanto, es imprescindible que el Congreso defi- na con la mayor celeridad posible la demarcación territo- rial, más aún si existen propuestas sobre la demarca- ción, reflejadas en proyectos de ley sobre la materia. Para evitar más confrontaciones entre las regiones, el Parlamento debe señalar qué territorio corresponde a qué región y qué a la otra. De esta manera, el procesodescentralizador del Perú seguirá su rumbo de manera correcta. §3. Las competencias funcionales 65. Las competencias de cada nivel gubernamen- tal El legislador, inteligentemente, ha determinado que hasta que no se determine cualquier tipo de conflictoterritorial, no se puede paralizar el país, con una obra que requiere la inversión correspondiente. El tema del gas de Camisea necesita de la coopera- ción de todas las instituciones intervinientes, por lo que era imprescindible que el proyecto no se paralice por una cuestión territorial, tanto así que fue necesario quese diera una norma que tratara de decidir sobre la mate- ria funcional, hasta que no se decidiera el tema territo-rial. Para eso, debe determinarse con claridad qué co- rresponde al Gobierno Nacional y qué a los Gobiernos Regionales. 66. Las competencias del gobierno nacional Si bien constitucionalmente no se ha establecido ex- presamente las competencias que les corresponde al gobierno nacional dentro del proceso de descentraliza- ción, hay algunas que pueden vislumbrarse a partir delas funciones de los poderes, o por determinación explí- cita del constituyente, como puede ser el caso de la moneda 94, el control del gasto95 y la creación de tribu- tos96. Esta falta de previsión de la Constitución puede ser hasta entendible en el contexto centralista en que fue elaborada, pero es preocupante que este aspecto(competencias exclusivas) no haya sido desarrollado hasta la actualidad. Pese a ello, legalmente se han previsto cuáles son estas competencias, sin trastocar el modelo constitu- cional existente. De esta forma, "son competencias exclusivas del gobierno nacio- nal: a) Diseño de políticas nacionales y sectoriales. b) Defensa, Seguridad Nacional y Fuerzas Armadas.c) Relaciones Exteriores. d) Orden Interno, policía nacional, de fronteras y de prevención de delitos. e) Justicia. f) Moneda, Banca y Seguros. g) Tributacióny endeudamiento público nacional. h) Régimen de comercio y aranceles. i) Regulación y gestión de la marina mercante y la aviación comercial. j) Regula-ción de los servicios públicos de su responsabilidad. k) Regulación y gestión de la Infraestructura pública de carácter y alcance nacional. I) Otras que señalela ley, conforme a la Constitución Política del Estado" 97. De otro lado, se ha configurado que "las competencias compartidas del gobierno nacio- nal se rigen por la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y las Leyes específicas de organización y funciones de los distintos sectores que lo conforman" 98. 8 9Conclusiones del Informe Técnico Nº 001-2004-PCM/DNTDT, de la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial de la Presidencia del Consejo deMinistros, presentado como Anexo 1-E de la demanda de inconstitucionalidad (fs. 80 del Expediente). 9 0Proyecto de Ley Nº 10861-2003-PE, referido a la delimitación territorial de las provincias de Chincha y Cañete, presentado el 22 de junio del 2004. 9 1Proyecto de Ley Nº 10861-2003-PE, referido a la delimitación territorial de lasprovincias de Chincha y Cañete, presentado el 22 de junio del 2004. 9 2Sentencia del Expediente Nº 007-2004-AI/TC, Municipalidad Provincial de Cañete - Región Lima, fund. 5. Además, se ha señalado que "el hecho de que se juzgue indebida la actuaciónde la Municipalidad demandada, no implica que los gobiernos locales carez- can de facultades para tomar decisiones en el marco de sus competencias que contribuyan a la precisión de limites con relación a eventuales zonas oterritorios en disputa; pero en tales circunstancias no se puede, ni se debe, actuar al margen de los procedimientos establecidos en el ordenamiento ju- rídico, pues con ello no se haría otra cosa que fomentar la anarquía al interiordel Estado. Lo dicho, por lo demás, no solo es válido para la Municipalidad demandada, sino para cualquier otra corporación descentralizada que, so pretexto de su facultad normativa, emita disposiciones que, de manera unila-teral, desconozcan los procedimientos y competencias determinadas debida- mente" [fund. 6]. 9 3Acápite 2º de la contestación de la demanda (fs. 99 del Expediente). 9 4Artículo 83º de la Constitución. 9 5Artículo 81º de la Constitución. 9 6Artículo 74º de la Constitución. 9 7Artículo 26.1 de la Ley de Bases de la Descentralización. 9 8Artículo 27.1 de la Ley de Bases de la Descentralización. Además, "el gobier- no nacional transfiere las competencias y funciones sectoriales a los gobier-nos regionales y locales, en la forma y plazos establecidos en la presente Ley" [artículo 27.2].