Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2005 (02/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, miercoles 2 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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De otro lado, refiriendose a la modificacion de una ley organica, este Colegiado ha venido senalando que "no se genera, per se, un problema de inconstitucionalidad cada vez que una ley ordinaria colisione con una ley organica. La eventual inconstitucionalidad seria consecuencia de que la ley ordinaria MORDAZA infringido directamente el articulo 106º de la Constitucion, en un doble sentido: a) porque no tenia competencia para regular una materia sujeta a reserva de ley organica; o, b) porque pese a regular una materia sujeta a reserva de ley organica, no se aprobo con la mayoria exigida por el articulo 106º de la Constitucion" 154 . 98. El MORDAZA legislativo de la Ley Nº 28374 El proyecto de Ley Nº 11733, Ley que regula la distribucion de los recursos en el caso de la adjudicacion directa de predios en el ambito de desarrollo de proyectos de interes nacional, se transformo en la ley materia de inconstitucionalidad MORDAZA a la votacion de ochentisiete de los noventidos congresistas presentes en la Sesion del 28 de octubre del 2004, a horas 01:01:14 p.m.155 De otro lado, en la Junta de Portavoces realizada el 2 de noviembre del mismo ano, "se acordo, por unanimidad, la exoneracion del tramite de doble votacion a que se refiere el articulo 73º del Reglamento del Congreso" 156 . Entonces, mas alla de la forma correcta en que se aprobo la ley materia de la inconstitucionalidad, el tema que se encuentra regulando, al tratarse de un ambito constitucional, requiere obligatoriamente una ley organica tal como ha venido a suceder. 99. Ley organica frente a ley organica Para concluir, debe quedar MORDAZA que la Ley Nº 28374 tiene la calidad de ley organica, y por lo tanto tiene toda la aptitud como para explicitar un tema materia de controversia. Simplemente, se encuentra describiendo la situacion real de administracion de bienes referidos a temas de gas natural y que importan una intervencion especial, pero sin desconocer y desfigurar los limites existentes para el funcionamiento los gobiernos regionales y la descentralizacion. IX. FALLO Por estos fundamentos, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere el articulo 201º de la Constitucion Politica del Peru HA RESUELTO: Declarar INFUNDADA la demanda de Inconstitucionalidad de autos. Por lo tanto: 1. Se declara la validez constitucional del articulo 2º de la Ley Nº 28374. 2. Se exhorta al Congreso de la Republica para que otorgue estabilidad juridica a la inversion, emitiendo la

ley de demarcacion territorial del caso, en el plazo mas inmediato posible. 3. Se exhorta a las autoridades judiciales y administrativas a investigar el uso de los fondos publicos del Gobierno Regional de MORDAZA, de acuerdo con el numeral VII de los fundamentos. Publiquese y notifiquese. SS. MORDAZA ORLANDINI BARDELLI LARTIRIGOYEN MORDAZA MORDAZA MORDAZA TOMA MORDAZA GOTELLI MORDAZA MORDAZA 04555

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Designan Directora General de la Oficina de Imagen Institucional y Extension Cultural de la Biblioteca Nacional del Peru
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 051-2005-BNP MORDAZA, 28 de febrero de 2005 EL SENOR DIRECTOR NACIONAL DE LA BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU CONSIDERANDO: Que, la Biblioteca Nacional del Peru es un Organismo Publico Descentralizado con autonomia tecnica, administrativa y economica, en concordancia con lo establecido en el articulo 12º de la Ley Organica del Ministerio de Educacion aprobado por Decreto Ley Nº 25762 y el articulo 4º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Biblioteca Nacional del Peru, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, y la autonomia administrativa supone la facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios publicos de su responsabilidad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, se aprobo la Estructura Organica y Reglamento de Organizacion y Funciones de la Biblioteca Nacional del Peru y del Sistema Nacional de Bibliotecas, y mediante Resolucion Suprema Nº 188-2002-ED, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP, de la Biblioteca Nacional; Que, asimismo, el Titular de la Entidad se encuentra facultado para la designacion de funcionarios en cargo de confianza, como es el caso del Director General de la Oficina de Imagen Institucional y Extension Cultural, conforme a lo establecido en el articulo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos; por lo que resulta pertinente la emision de la presente resolucion, designando al funcionario que lo reemplazara; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 0262005-BNP, se encargo a MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA, actual Directora General del Centro de Servicios Bibliotecarios Especializados de la Biblioteca Nacional del Peru, las funciones de Directora General de la Oficina de Imagen Institucional y Extension Cultural de la Biblioteca Nacional del Peru hasta que se designe al funcionario que la reemplazara en dichas funciones; Que, esta Direccion Nacional ha considerado conveniente designar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Directora General de la Oficina de Imagen

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Sentencia del Expediente Nº 007-2002-AI/TC, Caso Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, fund. 7. Acta de votacion, presentada en la contestada de la demanda (fs. 106 del Expediente). Ademas, en la misma sesion se exonero de MORDAZA votacion, con el MORDAZA de ochentiseis de noventiun congresistas, segun acta de votacion, presentada en la contestada de la demanda (fs. 107 del Expediente). Acta de la 21ª Sesion de la Junta de Protavoces del Congreso de la Republica, correspondiente al Periodo Anual de Sesiones 2004-2005 celebrada el jueves 28 de octubre de 2004, presentada en la contestacion de la demanda (fs. 108 del Expediente).

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