Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2005 (02/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de marzo de 2005

Institucional y Extension Cultural de la Biblioteca Nacional del Peru, por lo que resulta pertinente la emision de la presente resolucion; y, De conformidad con las normas indicadas precedentemente, el Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y demas normas pertinentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DAR POR CONCLUIDA a partir del 1 de marzo de 2005, el encargo de funciones de Directora General de la Oficina de Imagen Institucional y Extension Cultural de la Biblioteca Nacional del Peru, efectuada a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 026-2005-BNP, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Segundo.- DESIGNAR a partir del 1 de marzo de 2005 a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Director de Sistema Administrativo III, Nivel Remunerativo F-4, Directora General de la Oficina de Imagen Institucional y Extension Cultural de la Biblioteca Nacional del Peru, cargo considerado de confianza. Articulo Tercero.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web institucional (http://www.binape.gob.pe). Registrese, comuniquese y cumplase.

CONASEV Nº 097-2004-EF/94.10, plazo durante el cual la Bolsa de Productos de MORDAZA mantendra su autorizacion de funcionamiento suspendida hasta que no revierta su situacion de insuficiencia patrimonial; y, Estando a lo dispuesto en el articulo 19º de la Ley Nº 26361 y el articulo 11º, inciso b), del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126, asi como lo acordado por su Directorio en sesion de fecha 1 de marzo de 2005; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Suspender la vigencia del articulo 4º de la Resolucion CONASEV Nº 097-2004-EF/94.10 hasta el 16 de MORDAZA de 2005. Articulo 2º.- Durante el periodo de aplicacion del articulo anterior se mantendra la suspension de la autorizacion de funcionamiento de la Bolsa de Productos de MORDAZA dispuesta en virtud del articulo 3º de la Resolucion CONASEV Nº 097-2004-EF/94.10. Articulo 3º.- La presente resolucion entrara en vigencia el 2 de marzo de 2005. Articulo 4º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el MORDAZA de CONASEV y en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 5º.- Transcribir la presente resolucion a la Bolsa de Productos de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional 04507

MORDAZA ROCCA MORDAZA Presidente del Directorio 04655

CONASEV
Suspenden hasta el 16 de MORDAZA de 2005 la vigencia del art. 4º de la Res.Nº 0972004-EF/94.10 referente a la revocacion de autorizacion de funcionamiento de bolsas de productos
COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCION CONASEV Nº 013-2005-EF/94.10 MORDAZA, 1 de marzo de 2005 VISTO: El Expediente 2005005756 y el acuerdo de directorio del 1 de marzo de 2005; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 097-2004EF/94.10 se dictaron disposiciones de caracter general para los supuestos de insuficiencia en el capital o patrimonio neto minimo de las bolsas de productos; Que, de conformidad con tales disposiciones, las bolsas de productos que no acrediten contar con el capital o patrimonio minimo deben informarlo a CONASEV y transcurridos 120 dias sin que se MORDAZA revertido dicha situacion, su autorizacion de funcionamiento queda revocada de pleno derecho; Que, la Bolsa de Productos de MORDAZA ha solicitado prorroga del plazo de 120 dias referido en el considerando anterior, fundamentando en el hecho de que hay terceros interesados en evaluar e implementar su decision de inversion en dicha entidad, lo cual le permitiria revertir la situacion de insuficiencia patrimonial que mantiene a la fecha; Que, habiendose determinado la razonabilidad de los argumentos que sustentan el pedido formulado por la Bolsa de Productos de MORDAZA, se considera necesario dejar en suspenso por un plazo de 45 dias calendario la consecuencia de revocacion de la autorizacion de funcionamiento dispuesta por el articulo 4º de la Resolucion

ESSALUD
Disponen la contratacion de arrendamiento de inmueble destinado al funcionamiento del Centro Medico de Hemodialisis MORDAZA Olavegoya
SEGURO SOCIAL DE SALUD RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 110-PE-ESSALUD-2005 MORDAZA, 17 de febrero del 2005 VISTAS: La Carta Nº 160-GCH-ESSALUD-2005 de la Gerencia del Centro de Hemodialisis, y; la Carta Nº 653-OCAJ-ESSALUD-2005 de la Oficina Central de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el articulo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud - ESSALUD, la Entidad otorga cobertura a sus asegurados y sus derechohabientes a traves del otorgamiento de prestaciones de prevencion, promocion, recuperacion, rehabilitacion, prestaciones economicas, y prestaciones sociales que corresponden al regimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, asi como otros seguros de riesgos humanos; Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 897-PE-ESSALUD-2003 del 31 de octubre del 2003, se exonero de la realizacion de una Adjudicacion Directa Publica, el arrendamiento del inmueble ubicado en avenida Olavegoya Nº 1980, MORDAZA MORDAZA, destinado al Centro Medico de Hemodialisis MORDAZA Olavegoya, autorizandose que el mismo se lleve a cabo a traves de una Adjudicacion de Menor Cuantia, por el periodo de doce (12) meses y hasta por un monto total de US$ 42,480.00 (Cuarenta y dos mil cuatrocientos ochenta y 00/100 dolares americanos) o su equivalente en soles; Que, en virtud a dicha exoneracion, se suscribio el contrato correspondiente con el Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo de los Trabajadores del

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