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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G32/G38/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 2 de marzo de 2005 Institucional y Extensión Cultural de la Biblioteca Nacio- nal del Perú, por lo que resulta pertinente la emisión de lapresente resolución; y, De conformidad con las normas indicadas prece- dentemente, el Reglamento de la Ley de Bases de laCarrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA a partir del 1 de marzo de 2005, el encargo de funciones de Directora General de la Oficina de Imagen Institucional y ExtensiónCultural de la Biblioteca Nacional del Perú, efectuada a fa- vor de doña IRMA LOPEZ DE CASTILLA DELGADO me- diante Resolución Directoral Nacional Nº 026-2005-BNP,dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- DESIGNAR a partir del 1 de marzo de 2005 a la señora CELINDA BARRETO FLO-RES como Director de Sistema Administrativo III, Nivel Remunerativo F-4, Directora General de la Oficina de Imagen Institucional y Extensión Cultural de la BibliotecaNacional del Perú, cargo considerado de confianza. Artículo Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página web institu-cional (http://www.binape.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.SINECIO LÓPEZ JIMÉNEZ Director Nacional 04507 CONASEV /G53/G75/G73/G70/G65/G6E/G64/G65/G6E/G20/G68/G61/G73/G74/G61/G20/G65/G6C/G20/G31/G36/G20/G64/G65/G20/G61/G62/G72/G69/G6C/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G35 /G6C/G61/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/G72/G74/G2E/G20/G34/GBA/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G4E/GBA/G20/G30/G39/G37/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G45/G46/G2F/G39/G34/G2E/G31/G30/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G76/G6F/G63/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G2D/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G62/G6F/G6C/G73/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G73 COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN CONASEV Nº 013-2005-EF/94.10 Lima, 1 de marzo de 2005 VISTO: El Expediente 2005005756 y el acuerdo de directorio del 1 de marzo de 2005; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución CONASEV Nº 097-2004- EF/94.10 se dictaron disposiciones de carácter generalpara los supuestos de insuficiencia en el capital o patri- monio neto mínimo de las bolsas de productos; Que, de conformidad con tales disposiciones, las bolsas de productos que no acrediten contar con el ca- pital o patrimonio mínimo deben informarlo a CONASEV y transcurridos 120 días sin que se haya revertido dichasituación, su autorización de funcionamiento queda re- vocada de pleno derecho; Que, la Bolsa de Productos de Lima ha solicitado prórro- ga del plazo de 120 días referido en el considerando ante- rior, fundamentando en el hecho de que hay terceros inte- resados en evaluar e implementar su decisión de inversiónen dicha entidad, lo cual le permitiría revertir la situación de insuficiencia patrimonial que mantiene a la fecha; Que, habiéndose determinado la razonabilidad de los argumentos que sustentan el pedido formulado por la Bolsa de Productos de Lima, se considera necesario dejar en suspenso por un plazo de 45 días calendario laconsecuencia de revocación de la autorización de funcio- namiento dispuesta por el artículo 4º de la ResoluciónCONASEV Nº 097-2004-EF/94.10, plazo durante el cual la Bolsa de Productos de Lima mantendrá su autoriza-ción de funcionamiento suspendida hasta que no revier- ta su situación de insuficiencia patrimonial; y, Estando a lo dispuesto en el artículo 19º de la Ley Nº 26361 y el artículo 11º, inciso b), del Texto Único Concor- dado de la Ley Orgánica de la Comisión Nacional Super- visora de Empresas y Valores, aprobado mediante De-creto Ley Nº 26126, así como lo acordado por su Direc- torio en sesión de fecha 1 de marzo de 2005; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Suspender la vigencia del artículo 4º de la Resolución CONASEV Nº 097-2004-EF/94.10 hasta el 16 de abril de 2005. Artículo 2º.- Durante el período de aplicación del artículo anterior se mantendrá la suspensión de la auto- rización de funcionamiento de la Bolsa de Productos de Lima dispuesta en virtud del artículo 3º de la ResoluciónCONASEV Nº 097-2004-EF/94.10. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigen- cia el 2 de marzo de 2005. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el portal de CONASEV y en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a la Bolsa de Productos de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Presidente del Directorio 04655 ESSALUD /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G6E/G61/G64/G6F/G20/G61/G6C /G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G4D/GE9/G64/G69/G63/G6F/G20/G64/G65 /G48/G65/G6D/G6F/G64/G69/GE1/G6C/G69/G73/G69/G73/G20/G43/G61/G73/G61/G20/G4F/G6C/G61/G76/G65/G67/G6F/G79/G61 SEGURO SOCIAL DE SALUD RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 110-PE-ESSALUD-2005 Lima, 17 de febrero del 2005VISTAS: La Carta Nº 160-GCH-ESSALUD-2005 de la Gerencia del Centro de Hemodiálisis, y; la Carta Nº 653-OCAJ-ES- SALUD-2005 de la Oficina Central de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Socialde Salud - ESSALUD, la Entidad otorga cobertura a sus asegurados y sus derechohabientes a través del otorga- miento de prestaciones de prevención, promoción, re-cuperación, rehabilitación, prestaciones económicas, y prestaciones sociales que corresponden al régimen con- tributivo de la Seguridad Social en Salud, así como otrosseguros de riesgos humanos; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 897-PE-ESSALUD-2003 del 31 de octubre del 2003,se exoneró de la realización de una Adjudicación Directa Pública, el arrendamiento del inmueble ubicado en ave- nida Olavegoya Nº 1980, Jesús María, destinado al Cen-tro Médico de Hemodiálisis Casa Olavegoya, autori- zándose que el mismo se lleve a cabo a través de una Adjudicación de Menor Cuantía, por el período de doce(12) meses y hasta por un monto total de US$ 42,480.00 (Cuarenta y dos mil cuatrocientos ochenta y 00/100 dó- lares americanos) o su equivalente en soles; Que, en virtud a dicha exoneración, se suscribió el con- trato correspondiente con el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo de los Trabajadores del