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PÆg. 288360 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de marzo de 2005 Que, conforme al Certificado Catastral, de fecha 10 de noviembre de 2004, emitido por la Zona Registral NºIX - Sede Lima - Oficina Callao, sobre la base del InformeTécnico Nº 6514-2004-SUNARP Z.R. Nº IX-OC, de fe-cha 5 de noviembre de 2004, el terreno submateria seubica en ámbito donde no se observan perímetros de predios inscritos; Que, el inciso iv) del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF que aprueba el "Estatuto de la Superin-tendencia de Bienes Nacionales" señala que los terre-nos eriazos o ribereños son bienes de propiedad esta-tal, por lo que corresponde tramitar la primera inscrip- ción de dominio del terreno antes descrito, de conformi- dad con el artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001-EF, artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, que aprueba el "Reglamento General de Procedi-mientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Es-tatal" y la Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el trámi- te de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, apro-bada por Resolución Nº 014-2004/SBN; Que, los incisos h) y s) del artículo 39º de la Resolu- ción de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315- 2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprue- ba el "Reglamento de Organización y Funciones de laSuperintendencia de Bienes Nacionales", facultan a laJefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identifi-car los terrenos eriazos y/o en abandono con la finali-dad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su com- petencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Dispo- sición Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, mo-dificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395,Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Su- perintendencia de Bienes Nacionales", Decreto Supre- mo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedi-mientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Es-tatal", modificado por Decreto Supremo Nº 107-2003-EF; y, Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 0037-2005/SBN-GO-JAR, de fecha 18 de febrero de 2005; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de do- minio a favor del Estado, del terreno eriazo denominado Parcela J de 68 685,11 m2, ubicado en el distrito deVentanilla, Provincia Constitucional del Callao, según losdocumentos técnicos que sustentan la presente Reso-lución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX -Sede Lima- Oficina Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolu-ción efectuará la primera inscripción de dominio a favordel Estado del terreno descrito en el artículo precedente,en el Registro de Predios del Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA ALCIRA CERRON BALDEON Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 04609 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Regulan la prestación del servicio de taxi colectivo en el distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 076-MDA Ate, 23 de diciembre del 2004POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de diciembre del 2004; CONSIDERANDO: Que, las municipales tienen autonomía política, eco- nómica y administrativa en los asuntos de su competen-cia, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º de la Cons-titución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680; Que, los gobiernos locales representan al vecinda- rio, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y ar-mónico de su circunscripción, conforme a lo establecidoen el artículo iv del título preliminar de la Ley Nº 27972,Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 195º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680 las municipalidades soncompetentes para organizar, reglamentar y administrarlos servicios públicos locales de su responsabilidad; Que, el servicio de taxi es una actividad legítima, que favorece el transporte del público en pequeñas zonas del distrito, siendo necesario para un mejor desarrollo y el nor- mal desplazamiento de los ciudadanos; por tanto, dichaactividad requiere ser regulada para garantizar el orden enel distrito, la seguridad de los ciudadanos que son usuariosde dicho servicio, la formalización empresarial y la mejoraprofesional de los conductores de estos tipos de vehículos que ofrecen dicho servicio de transporte de pasajeros; Que, la seguridad ciudadana es uno de los principa- les objetivos de la gestión; razón por la cual se requieredictar normas para mejorar las condiciones de presta-ción del servicio de transporte público de pasajeros en lamodalidad de taxi colectivo existente en el distrito; Que, para alcanzar el orden en el distrito es indispen- sable dictar normas necesarias, que encaminen al buenuso del espacio urbano, para obtener progresivamenteun tránsito fluido y seguro; Que, la Municipalidad conforme a su política de gestión relacionada con el orden y la seguridad del distrito, tenien- do estos objetivos primacía sobre otros que busquen el incremento de ingresos económicos para el financiamientode las administraciones municipales en la provincia de Lima; Que, en tal sentido es necesario dictar disposiciones complementarias distritales a las contenidas en la Orde-nanza N o 196-97/MML, a fin de hacerlas compatibles con la prestación del servicio que existe en el distrito; así como con las normas municipales vigentes; Que mediante Ordenanza Nº 341-2001/MML del Sis- tema Vial Metropolitano, se establece que las Municipa-lidades Distritales que conforman la provincia de Limatienen a su cargo las vías locales ubicadas en su juris- dicción; vías en las cuales las Municipalidades Distrita- les realizan trabajos de mantenimiento y renovación,además de señalización e instalación de dispositivosurbanos, a efectos de ordenar la circulación y el tránsitode peatones y vehículos; Estando a lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el voto por unanimidad de losseñores Regidores asistentes a la sesión y con la dis-pensa del trámite de lectura y aprobación de actas, seha dado la siguiente: ORDENANZA DEL SERVICIO DE TAXI COLECTIVO DEL DISTRITO DE ATE TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I OBJETIVOS, ALCANCES, DEFINICIONES Y CLASIFICACIÓN Artículo 1º.- La presente Ordenanza regula los as- pectos administrativos y técnicos que norman la presta-