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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2005 (03/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 48

PÆg. 288358 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de marzo de 2005 Que, la prestación del servicio de seguridad y vigilan- cia se encuentra directamente asociada a la posibilidadmaterial de la prestación de los servicios que brinda laZona Registral Nº IX- Sede Lima a sus usuarios internosy externos. En efecto, dicho servicio, además de garanti-zar la seguridad e intangibilidad del patrimonio de la ins- titución permite a sus trabajadores realizar sus labores bajo adecuadas condiciones de protección personal, asícomo de los bienes y equipos necesarios para tal fin, sinel riesgo de que éstos puedan sufrir daños o perjuicioscomo consecuencia de actos dolosos o punitivos encontra del patrimonio estatal, además mediante dicho servicio se brinda protección a los usuarios; Que, por lo antes expuesto, se cumplen los dos presupuestos para la declaración de desabastecimien-to inminente: 1) La ausencia extraordinaria e imprevi-sible de un servicio; en este caso, la contratación delservicio de seguridad y vigilancia; y, 2) Dicha ausen- cia compromete directa e inmediatamente los servi- cios esenciales que brinda la institución, en este caso,las condiciones de seguridad para el mantenimiento yconservación de los bienes institucionales, que per-mitan el desarrollo de las normales labores de los tra-bajadores de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima en la prestación de sus servicios a los usuarios externos e internos del Registro; en tal virtud, resulta procedentela contratación del servicio de seguridad y vigilancia,de acuerdo a lo requerido por la Jefatura de la ZonaRegistral Nº IX - Sede Lima, del modo más expeditivoposible y conforme a la normatividad sobre contrata- ciones y adquisiciones públicas; Que, la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo de la Sede Central de la SUNARP mediante Memorándum Nº122-2005-SUNARP-GPD informa que existen recursospresupuestales para la contratación del servicio de se-guridad y vigilancia de la Zona Registral Nº IX- Sede Lima; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 28427, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005,el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobadospor DD.SS. Nºs. 083-2004-PCM y 084-2004-PCM, respectivamente, y el Estatuto de la SUNARP aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar en situación de desabas- tecimiento inminente la contratación del servicio de seguridad y vigilancia para la Zona Registral Nº IX -Sede Lima, entre el 5 de marzo y el 4 de mayo de 2005,período en el cual se estima que concluirá el Proceso deSelección correspondiente. Artículo Segundo.- Exonerar del proceso de selec- ción previsto en el Plan Anual de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima la contratación del servicio de seguridad yvigilancia por el período comprendido entre el 5 de mar-zo y el 4 de mayo de 2005, hasta por un monto de refe-rencia máximo de S/. 410,000.00 (cuatrocientos diez mily 00/100 Nuevos Soles ). Artículo Tercero.- Autorizar a la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, contratar los servicios de seguridad yvigilancia mediante acción inmediata, conforme a lo pre-visto en el artículo 20º del TUO de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S.Nº 083-2004-PCM. Artículo Cuarto.- Disponer que se incluya en el con- trato que se celebre como consecuencia de la presenteautorización, una cláusula de resolución automática, quese ejecutará a la sola comunicación de la entidad, unavez que se encuentre consentido el otorgamiento de labuena pro, si éste se realiza antes de su vencimiento. Artículo Quinto.- Solicitar a la Jefatura de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima que, en aplicación de lodispuesto en los artículos 21º y 47º del TUO de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor D.S. Nº 083-2004-PCM, realice las acciones perti-nentes a fin de determinar si existió responsabilidad en los funcionarios o servidores de la entidad cuya conduc- ta originó la causal del desabastecimiento.Artículo Sexto.- Disponer que la Jefatura de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, haga de conocimiento de laContraloría General de la República y del Consejo Supe-rior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, lapresente resolución y los informes que la sustentan,dentro del plazo de diez días hábiles siguientes a la fe- cha de su aprobación según lo dispone el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALD CARDENAS KRENZ Superintendente Nacional de losRegistros Públicos (e) 04700 SUNAT Autorizan donación de bienes comisa- dos declarados en abandono SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 048-2005/SUNAT Lima, 1 de marzo de 2005 CONSIDERANDO:Que el Artículo 184º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, dispone que la Superin-tendencia Nacional de Administración Tributaria - SU-NAT establecerá el procedimiento para la realización delcomiso, acreditación, remate, donación, destino o des-trucción de los bienes en infracción; Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 157-2004/SUNAT se reglamentó la aplicación de la san-ción de comiso de bienes señalada en el Texto ÚnicoOrdenado del Código Tributario; Que la Intendencia Regional Cusco, mediante Resolución de Intendencia Nº 094250000775, de fe- cha 18 de noviembre de 2004, ha declarado en aban- dono los bienes comisados mediante Acta Probato-ria Nº 090060000083303, al haber transcurrido el pla-zo que otorga el Artículo 184º del Texto Único Orde-nado del Código Tributario, sin que el infractor cum-pla con identificarse y acreditar la propiedad de di- chos bienes; Que de acuerdo a lo señalado en el Informe Nº 004- 2005-2N0100 de la Intendencia Regional Cusco, se pro-pone efectuar la donación de los bienes declarados enabandono que se detallan en el Anexo de la presenteResolución, al Hogar Clínica San Juan de Dios de Cus- co, para la alimentación de los niños hospitalizados en la mencionada clínica; Que en tal estado del proceso, corresponde al Superintendente Nacional de Administración Tributariaautorizar la presente donación de los bienes comisados,así como la selección de los beneficiarios de la misma; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 25º del Reglamento de Sanción de Comiso de Bienes, apro-bado por Resolución de Superintendencia Nº 157-2004/SUNAT; y en uso de las facultades conferidas por elinciso u) del Artículo 19º del Reglamento de Organiza-ción y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la donación de los bienes comisados declarados en abandono por la IntendenciaRegional Cusco mediante la Resolución de Intendencia Nº 094250000775, de fecha 18 de noviembre de 2004, a favor del Hogar Clínica San Juan de Dios de Cusco,