Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2005 (25/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 25 de marzo de 2005

Que, el 4 de febrero del 2005 se realizo el Acto Publico de Adjudicacion de la Licitacion Publica Internacional segun relacion de items Nº 0499L00101. Los items 53, 59 y 61 fueron adjudicados al Consorcio Master Medic S.A. - Bawmed Americas LLC - Desarrolladores Peruanos S.A.; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las Bases Integradas de la Licitacion Publica Internacional segun relacion de items Nº 0499L00101 constituyen las reglas definitivas del MORDAZA de seleccion y resultan de observancia obligatoria para todos los postores y por el Comite Especial; Que, en el Anexo 11 "Factores de Evaluacion de Propuestas" de las Bases Integradas de la Licitacion Publica Internacional segun relacion de items Nº 0499L00101, se indica que la evaluacion tecnica se realiza en 02 (dos) momentos: Admision y Calificacion. En la Admision, se verificara si la propuesta cumple con los requerimientos (cantidad de equipos ofertados) del Anexo 3, oferta la entrega dentro de la fecha MORDAZA, oferta un periodo de garantia que cumple con el minimo requerido, presenta la documentacion obligatoria del numeral 5.6 y cumple con las especificaciones tecnicas del Anexo 4, de lo contrario la propuesta sera desestimada. Posteriormente, en la Calificacion, se procedera recien a otorgar puntaje por el cumplimiento de los factores de evaluacion; Que, conforme al literal g) del numeral 5.6 de las Bases Integradas de la Licitacion Publica Internacional segun relacion de items Nº 0499L00101, las propuestas pueden contener, como opcional, documentos que acrediten prestaciones relacionadas con el objeto de la Convocatoria por cada item. Es decir, contratos y/u ordenes de compra y/o facturas de venta a empresas, instituciones o entidades afines (publicas o privadas), referidos a la venta de bienes similares a cada item hasta por un MORDAZA de 10 documentos por item, suscritos y/o emitidos con una antiguedad no mayor de 24 meses, contados a partir del Acto Publico de MORDAZA de Propuestas. En el caso de ofertas en Consorcio, para los efectos de acreditar experiencia solo sera valida la documentacion presentada por la parte o partes del consorcio que ejecutaran las obligaciones establecidas en el objeto de la convocatoria. La evaluacion de la experiencia en este caso, se realizara sobre la base de la sumatoria de la experiencia individual por cada uno de sus integrantes; Que, segun el numeral 2.3 del Anexo 11 "Factores de Evaluacion de Propuestas" de la referidas Bases, se otorgara un puntaje MORDAZA de 20 puntos, la experiencia del postor, para lo cual se evaluaran los contratos, ordenes de compra y/o facturas de venta a empresas, instituciones o entidades afines (publicas o privadas), referidos a la venta de bienes similares a cada item, hasta por un MORDAZA de 10 documentos. El puntaje se MORDAZA sobre la base de la suma de los montos de los contratos y/o facturas celebrados durante el periodo indicado; Que, a fojas 296, 362 y 384 de sus propuestas tecnicas para los items 53, 59 y 61 de la Licitacion Publica Internacional segun relacion de items Nº 0499L00101, el Consorcio Master Medic S.A. Bawmed Americas LLC - Desarrolladores Peruanos S.A. presento la factura comercial (commercial invoice) de Bawmed Americas LLC por el monto de US$ 810,600.00, obteniendo un puntaje de 20 puntos; Que, a efectos de determinar si correspondia o no el puntaje otorgado a dicho Consorcio, resulta conveniente precisar que parte(s) del Consorcio ejecutara(n) las obligaciones establecidas en el objeto de la convocatoria. Asi, del Pliego de Absolucion de Consultas de las Bases Integradas de la Licitacion Publica Internacional segun relacion de items Nº 0499L00101, se observa que el Comite Especial preciso, ante la consulta formulada por Dent Import S.A. (p. 08/12), que el numeral 1.2 de las Bases define el objeto de la convocatoria, el cual es adquirir

equipos complementarios a nivel nacional. En dicho sentido, el otorgamiento de puntaje a la experiencia del postor, se MORDAZA en funcion a los documentos que el Consorcio presente de los integrantes del Consorcio que efectivamente proporcionaran los equipos complementarios; Que, siendo asi, de acuerdo a la Promesa Formal de Consorcio presentada por el Consorcio Master Medic S.A. - Bawmed Americas LLC - Desarrolladores Peruanos S.A., las partes asumen las siguientes obligaciones: i) Master Medic S.A.: Importador, Representante de MORDAZA, Distribuidor Local, Gastos Administrativos, Experiencia, Capacitacion y Garantia Local. Participacion: 46%; ii) Desarrolladores Peruanos S.A.: Financiamiento local. Participacion 10%; iii) Bawmed Americas LLC: Distribuidor - Fabricante, Representante MORDAZA Latina MORDAZA Kou Medical Instrument CO Ltd. Participacion: 44%; Que, de las obligaciones asumidas por el Consorcio Master Medic S.A. - Bawmed Americas LLC Desarrolladores Peruanos S.A. se observa que corresponderia a la empresa Master Medic S.A acreditar la experiencia del Consorcio, toda vez que es la empresa que el Consorcio ha senalado expresamente va a dar la experiencia; Que, a fojas 287, 288, 354, 355, 375 y 376 de las propuestas tecnicas del mencionado Consorcio, se observa que el fabricante del producto a ofertarse (Chin Kou Instrument Co. Ltd.) declara que Master Medic S.A. es su representante exclusivo y esta autorizada para participar en licitaciones de entidades de gobierno y no gubernamentales del Peru para los productos. Asimismo, a fojas 391 de la propuesta tecnica, la empresa fabricante MORDAZA Kou Instrument Co. Ltd. declara que Bawmed Americas LLC es su distribuidora para MORDAZA Latina, y por lo tanto, es la empresa responsable de la distribucion de sus productos en el Peru, a traves de la empresa Master Medic S.A.; Que, de lo expuesto, se desprende que quien va a proporcionar los equipos complementarios objeto de la convocatoria es la empresa Master Medic S.A., por lo que al no haber presentado el Consorcio documentacion de dicha empresa, no cumplio con lo establecido en el literal g) del numeral 5.6 de las Bases, no correspondiendole puntaje en el rubro Experiencia del Postor; Que, el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, sin perjuicio de la que sea declarada en la resolucion recaida sobre los recursos impugnativos; Que, de acuerdo al articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, son nulos los actos administrativos cuando son dictados por organo incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible juridico o prescindan de las normas esenciales del procedimiento; Que, atendiendo a las normas mencionadas precedentemente, corresponde declarar de oficio la nulidad de la Licitacion Publica Internacional segun relacion de items Nº 0499L00101, respecto de los items 53, 59 y 61, a la Evaluacion de Propuestas, al incurrirse en error en la evaluacion de la propuesta tecnica del Consorcio Master Medic S.A. - Bawmed Americas LLC - Desarrolladores Peruanos S.A., lo que impide alcanzar la finalidad del referido MORDAZA de seleccion, tal como se recoge en el articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, segun el cual los procesos de adquisicion y contratacion, deben garantizar que las entidades obtengan bienes, servicios y obras de la calidad requerida, en forma oportuna y a precios o costos adecuados;

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