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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (16/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 19

PÆg. 304233 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de noviembre de 2005 Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Carlos Rafael Valdez Velásquez-López, Jefe de la Secretaría de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y del señor Manuel Ángel Cipriano Pirgo,Coordinador del Área de Políticas y Planeamiento Estratégico de la Secretaría de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudadde Washington D.C., Estados Unidos de América, durante los días 17 al 20 de noviembre de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el PliegoPresupuestal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (por dos personas) : US$ 1,900.00 Viáticos (por dos personas) : US$ 1,320.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto : US$ 56.48(por dos personas) Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los referidos profesionales deberán presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas,los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica de DAVID WAISMAN RJAVINSTHI Segundo Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 19459 Aprueban la Addenda N” 4 que modifica el Contrato de Concesión del Ferrocarrildel Centro RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 809-2005-MTC/01 Lima, 11 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, con fecha 19 de julio de 1999, fue adjudicada la Buena Pro de la Licitación Pública Especial Internacional convocada por el Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada de la Empresa Nacional deFerrocarriles S.A. a favor del Consorcio Ferrocarriles del Perú; Que, en la Fecha de Cierre llevada a cabo el 20 de setiembre de 1999, el Consorcio Ferrocarriles del Perú acreditó la constitución de la empresa Ferrovías Central Andina S.A., para la administración del Ferrocarril delCentro, suscribiendo en dicha fecha el Contrato de Concesión, correspondiente con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, con fechas 10 de marzo del 2000, 30 de octubre del 2002 y 26 de marzo de 2004, ambas partes suscribieron las Addendas Nºs. 1, 2 y 3 al Contrato deConcesión antes mencionado, por las cuales seimplementó el listado de bienes de la concesión, se modificó el numeral 3.11 de la Cláusula Tercera y seamplió en cinco (5) años el plazo de la Concesión, respectivamente; Que, con Informe Nº 124-04-CR-OSITRAN, remitido mediante Oficio Nº 205-04-GG-OSITRAN, la Gerencia de Supervisión de OSITRAN emite opinión favorable respecto a la procedencia de la devolución de bienes dela concesión mediante Acuerdo, solicitada en su oportunidad por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones previa conformidad de la empresaFerrovías Central Andina S.A.; Que, con fecha 15 de julio de 2004, las Partes suscribieron el Acuerdo Nº 1 mediante el cual, al amparode lo dispuesto por la Addenda Nº 2 del Contrato, la empresa Ferrovías Central Andina S.A. devolvió al Ministerio de Transportes y Comunicaciones bienes dela concesión que pese a no encontrarse en estado de obsolescencia, devinieron en innecesarios para la prestación de sus servicios; Que, mediante Oficio Nº 021-04-GG-OSITRAN, de fecha 19 de enero de 2005, OSITRAN remite el Informe Nº 002-04-GRE-OSITRAN de sus Gerencias deRegulación y Asesoría Legal, de fecha 13 de enero de 2004, señalando que la reducción del área respectiva y devolución de bienes solicitada en su oportunidad por laempresa Ferrovías Central Andina S.A., previa conformidad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, requiere de la suscripción de unAcuerdo entre las Partes; Que, con fecha 15 de julio del 2004, las Partes suscribieron al Acuerdo Nº 2 del Contrato deConcesión, acordándose la devolución de los ramales ferroviarios Ticlio - Morococha y Pachacayo - Chaucha, mediante el procedimiento establecido en laCláusula 3.11 del Contrato, que permite la devolución de los bienes de la concesión, Acuerdo que además contó con la opinión favorable de OSITRAN, segúnconsta en el Informe Nº 031-04-GRE-OSITRAN de fecha 6 de mayo del 2004; Que, mediante Carta de fecha 28 de febrero del 2005, la empresa Ferrovías Central Andina S.A. solicitó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, acceda a reducir el Área Matriz en el Tramo Morococha - Cut Off,mediante el procedimiento establecido en la Cláusula 3.11 del Contrato y permitir de esa manera la realización del Proyecto Minero Toromocho; Que, mediante Oficio Nº 0398-2005-MTC/02, de fecha 16 de marzo del 2005, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones remitió a OSITRANel Proyecto de Acuerdo Nº 3 a suscribir entre las Partes, con el objeto de realizar la devolución y reducción del Área Matriz ubicado en el paralelo a lavía férrea principal entre los Kms. 220.880 y 221.666 del Tramo Callao-Huancayo; Que, mediante Carta de fecha 25 de abril de 2005, la empresa Ferrovías Central Andina S.A. solicitó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la suscripción de una Addenda al Contrato, amparándoseen lo señalado en el artículo 33º del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y en la Cláusula 23.3 del Contrato a fin de dar cumplimiento a los requerimientos de lospotenciales acreedores permitidos Deutsche Investitions und Entwicklungsgesellschaft mbH - DEG y la Corporación Interamericana para el Financiamiento deInfraestructura S.A. - CIFI y permitir el acceso a fuentes de financiamiento para la realización de inversiones en los Bienes de la Concesión; Que, mediante Oficio Circular Nº 042-05-GG- OSITRAN, de fecha 17 de mayo de 2005, OSITRAN comunica al Ministerio de Transportes y Comunicacionesel Acuerdo Nº 645-170-05-CD-OSITRAN, corres- pondiente a la Sesión de Consejo Directivo Nº 170-2005- CD, de fecha 11 de mayo de 2005, la cual apruebaparcialmente el Informe Nº 018-05-GRE-GAL-OSITRAN, elaborado por las Gerencias de Regulación y Asesoría Legal de OSITRAN, el cual desarrolla la devolución ytraslado del Área Matriz entre los Kms. 220.880 y 221.665 del Tramo Callao - Huancayo, así como se sugiere realizar una modificación a la Cláusula 9.5 del Contratode Concesión; Que, mediante Oficio Circular Nº 045-05-GG- OSITRAN, de fecha 30 de mayo del 2005, el organismo