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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G34/G35/G30/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 19 de noviembre de 2005 Visto el Expediente Nº 05-526738-001 que contiene el Oficio Nº 1003-2005-HBC-SBS-UPPR-D del DirectorEjecutivo del Hospital de Barranca, referido al Cuadropara Asignación de Personal (CAP); CONSIDERANDO:Que, la Tercera Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobadopor el Decreto Supremo Nº 013-2002-SA, dispone queen cumplimiento a la Segunda Disposición Comple-mentaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27657-Ley delMinisterio de Salud y según lo establecido en losReglamentos de Organización y Funciones respectivos,se formularán los Cuadros para Asignación de Personaly los Presupuestos Analíticos de Personal modificadosdel Ministerio de Salud, de sus Órganos Descon-centrados que integran el Pliego 011-Ministerio de Saludy de sus Organismos Públicos Descentralizados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM publicado el 18 de junio del 2004, se aprobaron loslineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadropara Asignación del Personal de las entidades de laAdministración Pública, cuya finalidad es generar laaprobación de un documento de gestión que contengauna correcta definición de los cargos, acorde con laestructura orgánica de la entidad y con los diseños yestructura de la Administración Pública que establece laLey Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestióndel Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el usode los recursos públicos; Que, por Resolución Ministerial Nº 1160-2004/MINSA del 3 de diciembre de 2004, se han aprobado lasdisposiciones complementarias para la elaboración yaprobación del Cuadro para Asignación de Personal enel Ministerio de Salud; Que, por Resolución Directoral Nº 217-DG-DISA- III-LN-99 del 13 de setiembre de 1999 se aprobó, entreotros documentos de gestión, el Cuadro paraAsignación de Personal del Hospital de Barranca queconstaba de doscientos cuarenta y un (241) cargosclasificados; Que, por Resolución Ministerial Nº 556-2005/MINSA del 19 de julio del 2005, se aprueba el Reglamento deOrganización y Funciones del Hospital de Barranca, encuya Primera Disposición Transitoria se ha dispuesto laelaboración del Cuadro para Asignación de Personal delmencionado Hospital; Que, el Director Ejecutivo del Hospital de Barranca ha visto por conveniente presentar el Cuadro paraAsignación de Personal (CAP) de la dependencia a sucargo, el mismo que guarda concordancia con suReglamento de Organización y Funciones; Que, por lo expuesto, resulta pertinente aprobar el Cuadro para Asignación de Personal del Hospital deBarranca, a fin de adecuarlo a las necesidades delservicio y asegurar la consecución de los objetivos ymetas institucionales; Con las visaciones del Despacho Viceministerial, de la Oficina General de Planeamiento Estratégico y de laOficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio deSalud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal (l) del Artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio deSalud y su Reglamento; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Hospital de Barranca, el mismo queconsta de seis (6) folios y trescientos cinco (305) cargosclasificados que forman parte integrante de la presenteResolución. Artículo 2º.- Disponer que el presente Cuadro para Asignación de Personal (CAP) sea publicado en el portalelectrónico del Ministerio de Salud. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 217-DG-DISA-III-LN-99.Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 19538 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G66/G6F/G72/G6D/G61/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G72/G74/G69/G6C/G6C/G61/G20/G64/G65 /G56/G65/G72/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G65/G6C/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6F/G72/G74/G65/G61/G64/G6F/G72/G2C/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G6F/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G44/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G31/G31/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D/G54/G52 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 354-2005-TR Lima, 17 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2005-TR se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27607, Ley delPorteador, derogándose el Decreto Supremo Nº 010-2002-TR; Que, la norma reglamentaria aprobada dispone en su artículo 2º que la Cartilla de Verificación es eldocumento que contiene el contrato de trabajo en lamodalidad de servicio específico de trabajadorporteador y los demás datos a consignarse al iniciodel servicio; y que dicha Cartilla será aplicable enaquellos lugares turísticos, deportivos o de otraíndole, en los que, debido a las características propiasdel terreno, ubicación u otros criterios establecidospor las autoridades competentes, se requiera de uncontrol por parte del Estado, en los ingresos y salidasdel trayecto; Que, asimismo, la norma referida prescribe en la segunda de sus Disposiciones Derogatorias,Complementarias y Finales, que el Ministerio de Trabajoy Promoción del Empleo aprobará mediante ResoluciónMinisterial el formato de la cartilla de verificación a quese refiere su artículo 2º; disponiendo, igualmente, quedicha Cartilla incluirá los datos e información quedetermine el Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo, y que su uso será obligatorio a partir del díasiguiente de su publicación; Que, en tal sentido, es conveniente emitir el acto a través del cual se proceda a la aprobación de la Cartillaa que aluden las normas referidas en los considerandosprecedentes; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo,y la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el formato de la Cartilla de Verificación a que se refiere el artículo 2º delReglamento de la Ley Nº 27607, Ley del Porteador,aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2005-TR; el mismo que forma parte integrante la presenteresolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALMERÍ VERAMENDI Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo