Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2005 (12/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 121

MORDAZA, miercoles 12 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 302105

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA)
Nº DENOMINACION de DE PROCEDIMIENTO orden 107 Autorizacion para la transferencia de bienes adjudicados y recuperados, asi como derechos de fideicomisos de dacion en pago, de empresas de operaciones multiples y empresas de arrendamiento financiero consideradas en el articulo 16º de la Ley General, Banco de la Nacion, Banco Agropecuario, COFIDE, y FOGAPI REQUISITOS CALIFICACION Derecho Dependencia de Pago Auto- Evaluacion donde y Forma matico Previa se inicia el tramite Posi- Negativo tivo X Tramite Documentario Autoridad Competente para Aprobacion Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones Recursos Administrativos

Las empresas de operaciones multiples y empresas Inafecto de arrendamiento financiero consideradas en el articulo 16º de la Ley General, Banco de la Nacion, Banco Agropecuario, COFIDE y FOGAPI, solicitaran autorizacion a esta Superintendencia, en caso los bienes adjudicados y recuperados, asi como los derechos de fideicomisos de dacion en pago MORDAZA transferidos a personas vinculadas de conformidad con el articulo 202º de la Ley General, independientemente del MORDAZA de transferencia o de la modalidad de venta. Para tal efecto, deberan presentar una solicitud adjuntando la siguiente informacion y documentacion: a) MORDAZA certificada del Acta de Directorio en que se aprueba la operacion de transferencia; b) Clasificacion de riesgo crediticio segun la Resolucion SBS Nº 808-2003 de la adquirente en los casos de transferencias financiadas; c) MORDAZA del proyecto de contrato de compra-venta; d) Identificacion de los bienes que seran transferidos, detallando en cada caso y segun corresponda: - Valor de adjudicacion o recuperacion inicial. - Valor neto de realizacion a la fecha de adjudicacion o recuperacion y a la fecha de la venta o entrega en arrendamiento financiero - Valor contable de los bienes. e) Provisiones constituidas y requeridas de los bienes a ser transferidos; f) Valor de venta de lo bienes, modalidad y periodicidad de pago; g) Ganancia o perdida respecto al valor contable; h) Registro contable de la operacion; i) Efectos de la transferencia en el patrimonio efectivo, provisiones y limites globales e individuales de la empresa transferente; y, j) Otra informacion que requiera esta Superintendencia. Esta Superintendencia se pronunciara dentro de los veinte (20) dias posteriores a la recepcion de la solicitud de autorizacion que cuente con la informacion y documentacion MORDAZA senalada. Base Legal: Articulo 6º del Reglamento para el Tratamiento de los Bienes Adjudicados y Recuperados y sus Provisiones, aprobado por Resolucion SBS Nº 15352005 Las empresas de operaciones multiples y empresas Inafecto de arrendamiento financiero consideradas en el articulo 16º de la Ley General, Banco de la Nacion, Banco Agropecuario, COFIDE y FOGAPI, solicitaran autorizacion a esta Superintendencia, en caso los bienes adjudicados y recuperados MORDAZA trasladados al activo fijo de la empresa. Para dicho efecto, las empresas deberan presentar una solicitud adjuntando informacion que permita confirmar demostrar que los bienes que se trasladen MORDAZA efectivamente empleados para cubrir sus requerimientos de expansion y/o inversion. Tratandose de las empresas de operaciones multiples, se debera senalar en la solicitud el efecto de dicho traslado en el calculo del limite para la inversion en bienes muebles e inmuebles establecido en el numeral 6 del articulo 200º de la Ley General, asi como los sublimites contemplados en la Resolucion SBS Nº 831-98. Este organismo de control podra solicitar a las empresas la informacion adicional que considere conveniente y/o efectuar las verificaciones in-situ que considere pertinente, y se pronunciara dentro de los veinte (20) dias posteriores a la recepcion de la solicitud que cuente con toda la informacion MORDAZA senalada. Base Legal: Articulo 8º del Reglamento para el Tratamiento de los Bienes Adjudicados y Recuperados y sus Provisiones, aprobado por Resolucion SBS N° 15352005

Recursos de impugnacion conforme al procedimiento Nº 72

108 Autorizacion para el traslado de bienes adjudicados y recuperados, al activo fijo de empresas de operaciones multiples y empresas de arrendamiento financiero consideradas en el articulo 16º de la Ley General, Banco de la Nacion, Banco Agropecuario, COFIDE y FOGAPI

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Tramite Documentario

Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

Recursos de impugnacion conforme al procedimiento Nº 72

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