Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2005 (13/10/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 13 de octubre de 2005

tramitado y aprobado pagos al contratista como adelanto y primera valorizacion superiores a los trabajos ejecutados, con menores exigencias tecnicas y un mayor costo de precios unitarios para partidas no justificadas tecnicamente por un monto total de S/. 65 869,56; aspectos que no fueron revelados durante la Recepcion de las Obras, siendo que ademas, a la fecha del examen especial, las obras se encuentran en estado de abandono; constituyendo los hechos MORDAZA expuestos indicios razonables de la comision del Delito de Corrupcion de Funcionarios, en la modalidad de Aprovechamiento Indebido de Cargo, previsto y penado en el articulo 397º del Codigo Penal, vigente en el periodo de ocurrencia de los hechos y el Delito de Abuso de Autoridad previsto en el articulo 377ºº del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el articulo 22º, inciso d) de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie e impulse las acciones legales por los hechos expuestos y contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para tal efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 17319 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 440-2005-CG MORDAZA, 6 de octubre de 2005 VISTO, el Informe Especial Nº 279-2005-CG/ORHU, resultante del Examen Especial efectuado al Consejo Transitorio de Administracion Regional de Huancavelica, por el periodo comprendido de enero del 2002 a diciembre 2002, considerando operaciones anteriores y posteriores al citado periodo; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a su Plan Anual de Control, la Oficina Regional de Control Huancayo de la Contraloria General de la Republica, efectuo un Examen Especial al Consejo Transitorio de Administracion Regional de Huancavelica, orientado a determinar si los recursos financieros asignados a la citada Entidad, fueron utilizados en concordancia con sus objetivos y de acuerdo a la normativa vigente; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha determinado que, en la citada entidad, durante los anos 1999, 2001 y 2002 se efectuaron pagos por concepto de Incentivos a la Productividad, por montos que excedieron a las escalas establecidas por la normativa correspondiente, utilizando durante los ejercicios 2001 y 2002 los saldos resultantes del pago de dicho incentivo; acciones que han ocasionado que funcionarios y servidores se beneficien con sumas de dinero que ascendieron a S/. 142 873,31; hechos que constituyen indicios razonables de la comision del Delito de Peculado,

el cual se encuentra previsto y penado en el Articulo 387º del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del Articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el literal d) del articulo 22º, de la Ley Nº 27785- Ley del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 17322

Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de perjuicio economico y delitos en agravio de las Municipalidades Provinciales de Aymaraes y Padre MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 438-2005-CG MORDAZA, 6 de octubre de 2005 VISTO, el Informe Especial Nº 277-2005-CG/ORCU, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Provincial de Aymaraes, por el periodo comprendido entre el 1.Ene.2001 y el 31.Dic. 2002, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al periodo citado; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica dispuso la ejecucion de una accion de control en la Municipalidad Provincial de Aymaraes, Region Apurimac; la cual tuvo como objetivo, entre otros, establecer si las obras publicas en sus fases de programacion, ejecucion, supervision y liquidacion, se realizaron de conformidad con la normativa vigente; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision de Auditoria ha evidenciado que ex funcionarios de la Municipalidad Provincial de Aymaraes durante la ejecucion de la primera y MORDAZA etapa de la obra "Pavimentacion del MORDAZA Cusco-Chalhuanca", permitieron la realizacion de trabajos de colocacion de la red de agua a una profundidad inadecuada, al no ser instalada a la profundidad tecnica requerida, deficiencia constructiva que genero la reinstalacion y la reparacion de tuberias rotas, omitiendose la adopcion de las acciones administrativas y/o legales pertinentes para resarcir a la entidad por los pagos efectuados en dichos trabajos y que no tuvieron utilidad para los fines del proyecto, los cuales ascendieron a la suma de S/. 43 268,67; constituyendo dichos pagos un perjuicio economico que debe ser resarcido, conforme a lo previsto en el Articulo 1321º del Codigo Civil.

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