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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G33/G30/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 15 de octubre de 2005 bienes del Patrimonio Cultural de la Nación asociado a ellos, como consecuencia del desarrollo deinfraestructuras y de las actividades turísticas y recreativas, susceptibles de generar impactos negativos sobre ellos. Artículo 82º.- Del consumo responsable 82.1 El Estado, a través de acciones educativas de difusión y asesoría, promueve el consumo racional y sostenible, de forma tal que seincentive el aprovechamiento de recursos naturales, la producción de bienes, la prestación de servicios y el ejercicio del comercio encondiciones ambientales adecuadas. 82.2Las normas, disposiciones y resoluciones sobre adquisiciones y contrataciones públicasconsideran lo señalado en el párrafo anterior, en la definición de los puntajes de los procesos de selección de proveedores delEstado. Artículo 83º.- Del control de materiales y sustancias peligrosas 83.1 De conformidad con los principios establecidos en el Título Preliminar y las demás disposiciones contenidas en la presente Ley, las empresasadoptan medidas para el efectivo control de los materiales y sustancias peligrosas intrínsecas a sus actividades, debiendo prevenir, controlar,mitigar eventualmente, los impactos ambientales negativos que aquellos generen. 83.2 El Estado adopta medidas normativas, de control, incentivo y sanción, para asegurar el uso, manipulación y manejo adecuado de los materiales y sustancias peligrosas, cualquierasea su origen, estado o destino, a fin de prevenir riesgos y daños sobre la salud de las personas y el ambiente. TÍTULO III INTEGRACIÓN DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL CAPÍTULO 1 APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES Artículo 84º.- Del concepto Se consideran recursos naturales a todos los componentes de la naturaleza, susceptibles de seraprovechados por el ser humano para la satisfacción de sus necesidades y que tengan un valor actual o potencial en el mercado, conforme lo dispone la ley. Artículo 85º.- De los recursos naturales y del rol del Estado 85.1 El Estado promueve la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursosnaturales a través de políticas, normas, instrumentos y acciones de desarrollo, así como, mediante el otorgamiento de derechos,conforme a los límites y principios expresados en la presente Ley y en las demás leyes y normas reglamentarias aplicables. 85.2 Los recursos naturales son Patrimonio de la Nación, solo por derecho otorgado de acuerdo a la ley y al debido procedimiento puedenaprovecharse los frutos o productos de los mismos, salvo las excepciones de ley. El Estado es competente para ejercer funcioneslegislativas, ejecutivas y jurisdiccionales respecto de los recursos naturales. 85.3 La A utoridad Ambiental Nacional, en coordinación con las autoridades ambientales sectoriales y descentralizadas, elabora y actualiza permanentemente, el inventario de losrecursos naturales y de los servicios ambientales que prestan, estableciendo su correspondiente valorización.Artículo 86º.- De la seguridad El Estado adopta y aplica medidas para controlar los factores de riesgo sobre los recursos naturales estableciendo, en su caso, medidas para la prevención de los daños que puedan generarse. Artículo 87º.- De los recursos naturales transfronterizos Los recursos naturales transfronterizos se rigen por los tratados sobre la materia o en su defecto por la legislación especial. El Estado promueve la gestiónintegrada de estos recursos y la realización de alianzas estratégicas en tanto supongan el mejoramiento de las condiciones de sostenibilidad y el respeto de las normasambientales nacionales. Artículo 88º.- De la definición de los regímenes de aprovechamiento 88.1 Por ley orgánica se definen los alcances y limitaciones de los recursos de libre acceso y el régimen de aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, teniendo en cuenta enparticular: a. El sector o sectores del Estado responsables de la gestión de dicho recurso. b. Las modalidades de otorgamiento de los derechos sobre los recursos. c. Los alcances, condiciones y naturaleza jurídica de los derechos que se otorga. d. Los derechos, deberes y responsabilidades de los titulares de los derechos. e. Las medidas de promoción, control y sanción que corresponda. 88.2 El otorgamiento de derechos de aprovechamiento a particulares se realiza deacuerdo a las leyes especiales de cada recurso y supone el cumplimiento previo por parte del Estado de todas las condiciones y presupuestosestablecidos en la ley. 88.3 Son características y condiciones intrínsecas a los derechos de aprovechamiento sostenible, ycomo tales deben ser respetadas en las leyes especiales: a. Utilización del recurso de acuerdo al título otorgado. b. Cumplimiento de las obligaciones técnicas y legales respecto del recurso otorgado. c. Cumplimiento de los planes de manejo o similares, de las evaluaciones de impactoambiental, evaluaciones de riesgo ambiental u otra establecida para cada recurso natural. d. Cumplir con la retribución económica, pago de derecho de vigencia y toda otra obligación económica establecida. Artículo 89º.- De las medidas de gestión de los recursos naturales Para la gestión de los recursos naturales, cada autoridad responsable toma en cuenta, según convenga, la adopción de medidas previas al otorgamiento de derechos, tales como: a. Planificación. b. Ordenamiento y zonificación.c. Inventario y valorización. d. Sistematización de la información. e. Investigación científica y tecnológica.f. Participación ciudadana. Artículo 90º.- Del recurso agua continental El Estado promueve y controla el aprovechamiento sostenible de las aguas continentales a través de la gestión integrada del recurso hídrico, previniendo laafectación de su calidad ambiental y de las condiciones naturales de su entorno, como parte del ecosistema donde se encuentran; regula su asignación en función deobjetivos sociales, ambientales y económicos; y promueve la inversión y participación del sector privado en el aprovechamiento sostenible del recurso.