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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (21/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 11

PÆg. 302727 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 27 de septiembre de 2005, el señor JORGE LUIS FELICIANO AMADO, DirectorEjecutivo (e) del Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, manifiesta al Cónsul de la Embajada de España, que el citado ProgramaNacional ha sido elegido como el Fondo Social representativo de Sudamérica, y su Director Ejecutivo ha sido designado como Presidente del Comité Coordinadorde la Red Social de América Latina y el Caribe - REDLAC por un período de dos años; Que, la citada Red Social de América Latina y el Caribe - REDLAC, a través de las Instituciones asociadas FOSIS y el Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco, está coordinando la realización delEncuentro denominado: “Construyendo un puente entre América Latina y el Caribe con Europa”, que se realizará en la ciudad de Bilbao, España, del 26 al 28 de octubre de 2005; Que, el citado evento reunirá a los representantes de los Fondos Sociales de América Latina y el Caribe con representantes del Gobierno Vasco, España, Portugal eInglaterra, teniendo como objetivos, entre otros, conocer los distintos modelos y experiencias, establecer redes de cooperación para el desarrollo social entre amboscontinentes; y, analizar los principales aprendizajes y experiencias relativas al cumplimiento de las Metas del Milenio para la superación de la pobreza e inclusión social; Que, entre otras funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, se encuentra el diseñar, promover y coordinar, supervisar y evaluar las políticas,planes, programas y proyectos en el campo de la niñez y la adolescencia, para contribuir a su bienestar y desarrollo integral, en especial en aquellas poblaciones que seencuentran en situación de pobreza y pobreza extrema y sufren de discriminación, violencia y exclusión social; Que, los gastos por conceptos de pasajes aéreos, viáticos y tarifa Corpac serán asumidos por el señor Jorge Luis Feliciano Amado, Director Ejecutivo (e) del Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social -FONCODES, por lo que la presente Resolución Ministerial no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestario del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004, elDecreto de Urgencia Nº 006-2005, y el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor JORGE LUIS FELICIANO AMADO, Director Ejecutivo (e) del Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social -FONCODES del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, a la ciudad de Bilbao, España, del 24 al 29 de octubre de 2005, para el fin expuesto en la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El cumplimiento de la presente Resolución no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestario delMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros deninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 17838 PRODUCE Modifican licencia de operación para procesamiento de recursos hidro-biológicos otorgada a favor deCorporación Pesquera Inca S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 253-2005-PRODUCE/DNEPP Lima, 28 de setiembre del 2005.Visto los escritos con registros Nºs. 14240001 del 10 de diciembre de 2003 y 19 de febrero de 2004, Nº CE- 13524002 del 1 de julio de 2004 y 8 de noviembre de 2004, Nº CE-01343003 del 6 de agosto y 10 de diciembre de 2004,Nº CE-12325001 del 29 de noviembre de 2004, Nº 03173002 del 12 de abril de 2005 y Nº 00011619 del 14 de julio de 2005, presentados por CORPORACIÓNPESQUERA INCA S.A. CONSIDERANDO:Que los artículos 43º inciso d), y 46º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que para laautorización de instalación de establecimientos industriales y para la operación de plantas de procesamiento de productos pesqueros se requiere de la autorización ylicencia correspondientes, las que constituyen derechos que el Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción) otorga a nivel nacional; Que el artículo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, establece que las personas naturales o jurídicas quese dediquen al procesamiento de recursos hidrobiológicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requerirán de autorización para la instalacióno aumento de la capacidad de operación del establecimiento industrial y de licencia para la operación de cada planta de procesamiento; Que la Resolución Directoral Nº 134-2002-PRODUCE/ DNEPP, de fecha 12 de diciembre de 2002, aprobó el cambio de titular de licencia de operación, otorgada aCORPORACIÓN DEL MAR S.A., mediante Resolución Directoral Nº 007-98-PE/DNPP a favor de la empresa CORPORACIÓN PESQUERA INCA S.A. para quedesarrolle la actividad de procesamiento pesquero de recursos hidrobiológicos, a través de su planta de harina de pescado de tipo convencional en su establecimientoindustrial pesquero, ubicado en la Caleta Vidal, distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima, con una capacidad instalada de 50 t/h de procesamiento demateria prima. Asimismo, se le otorgó autorización para efectuar el traslado físico de su planta de harina de pescado citada de 50 t/h de capacidad instalada al establecimientoindustrial pesquero a ubicarse en el Puerto de Malabrigo, distrito de Rázuri, provincia de Ascope, departamento de La Libertad, autorización que fuera renovada medianteResolución Directoral Nº 290-2004-PRODUCE/DNEPP; Que a través de la Resolución Directoral Nº 164-2002- PRODUCE/DNEPP, de fecha 20 de diciembre de 2002,otorgó a CORPORACIÓN PESQUERA INCA S.A. licencia de operación para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiológicos con destino alconsumo humano indirecto, a través de su planta de harina de pescado convencional en el establecimiento pesquero ubicado en la zona industrial del puerto de Malabrigo, distritode Rázuri, provincia de Ascope, departamento de La Libertad, con una capacidad instalada de 50 t/h de procesamiento de materia prima; Que la Resolución Directoral Nº 457-2003-PRODUCE/ DNEPP, de fecha 4 de diciembre de 2003, aprobó el cambio de titular de licencia de operación otorgada a MERCANTILYMEC S.A.C. por la Resolución Directoral Nº 003-2001- PE/DNPP, a favor de CORPORACION PESQUERA INCA S.A., en su establecimiento industrial ubicado en la Av. LaMarina s/n, esquina con pasaje Municipal, distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima, con una capacidad instalada de 20 t/h de procesamiento de materiaprima hasta el 1 de enero de 2004; Que asimismo, mediante la citada Resolución Directoral se otorgó el cambio de ubicación para la instalación de suestablecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de procesamiento de productos hidrobiológicos para la obtención de harina de pescado otorgada porResolución Directoral Nº 003-2001-PE/DNPP en la Av. La Marina s/n, esquina con pasaje Municipal, distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima, hacia elpuerto de Malabrigo, distrito de Rázuri, provincia de Ascope, departamento de La Libertad; Que mediante los escritos del visto, la empresa recurrente solicita que se le otorgue en forma permanente el cambio de titular de la licencia de operación de la planta industrial de harina de pescado convencional, con unacapacidad de 20 t/h otorgada mediante Resolución Directoral Nº 003-2001-PE/DNPP, en virtud del contrato de compraventa de fecha 6 de octubre de 2003, celebrado con