Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2005 (27/10/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 27 de octubre de 2005

del 50% del valor del bien sin exigirle carta fianza, siendo que ademas, el vehiculo ingreso al MORDAZA, tres meses despues de otorgarse la Buena Pro y el mencionado adelanto, cambiandose despues de seis meses el Cuadro de Cotizaciones inicial por uno MORDAZA, considerando a otro postor ganador, el cual tenia el mismo representante que el primero, quien fue finalmente quien transfirio el bien a la Universidad, con un incremento sustancial en el precio; configurando un conjunto de acciones dirigidas a simular el MORDAZA de adquisicion del bien, que le ocasionaron a la entidad un perjuicio economico de S/. 33 535,00 (US$ 9 500,00) y que denotan la existencia de indicios razonables que hacen presumir la comision de los delitos de Omision, Rehusamiento o demora de Actos Funcionales, Falsedad Ideologica y Colusion, previstos y penados en los articulos 377º, 428º y 384º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata por parte del Procurador Publico, en el caso que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales referidas a los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 18114

de Aprovechamiento Indebido del Cargo, previsto y penado en el articulo 397º del Codigo Penal, vigente en el periodo de ocurrencia de los hechos; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y en representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 18115

JNE
Convocan a candidata no proclamada para que asuma cargo de Regidora del Concejo Distrital de Tiabaya, provincia de MORDAZA
RESOLUCION Nº 309-2005-JNE
Exp. Nº 308-2005 MORDAZA, 20 de octubre de 2005

RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 470-2005-CG
MORDAZA, 24 de octubre de 2005 VISTO, el Informe Especial Nº 304-2005-CG/ORAR, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Socabaya por el periodo comprendido del 1.Ene.2002 al 31.Dic.2003, incluyendo operaciones anteriores a dicho periodo; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Operativo de la Oficina Regional de Control MORDAZA para el ano 2004, se efectuo un examen especial a la Municipalidad Distrital de Socabaya; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha evidenciado que para la adquisicion de insumos del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Socabaya correspondiente al ano 2000, se efectuaron dos procesos de adjudicacion directa, no obstante que segun el monto establecido en el Presupuesto Inicial de Apertura del ano 2000 y tratandose de los mismos insumos, correspondia una licitacion publica, favoreciendose ademas a la empresa proveedora que resulto ganadora en MORDAZA adjudicaciones directas, al haberse evidenciado deficiencias en la elaboracion de las bases, la falta de MORDAZA de documentos y/o requisitos exigidos, asi como diferencias en los precios ofertados por la misma empresa ganadora por un monto total de S/. 29 178,77 en perjuicio de la entidad; hechos que constituyen indicios razonables de la comision del delito

VISTO el expediente presentado el 15 de setiembre de 2005, por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Tiabaya, provincia y departamento de MORDAZA, por el que solicita se convoque a la candidata respectiva, ante la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Casani; CONSIDERANDO: Que el Concejo Distrital de Tiabaya en sesion extraordinaria Nº 002-2005-MDT del 15 de MORDAZA de 2005, acordo por unanimidad declarar la vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Casani por haber incurrido en la causal de inasistencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas, prevista en el inciso 7) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, segun consta de la MORDAZA del acta que obra de fojas 7 a 8, expidiendose en ese sentido el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 059-2005-MDT del 19 de MORDAZA de 2005 de foja 9; Que con el documento que obra a foja 6, se acredita haber notificado a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Casani para la sesion extraordinaria del 15 de MORDAZA de 2005, para que ejerza su derecho de defensa; Que con las copias certificadas de las actas de sesiones ordinarias de concejo, de fojas 12 a 24, se acredita que don MORDAZA MORDAZA Casani no ha concurrido a las sesiones ordinarias Nºs. 013, 014 y 015 de fechas 31 de MORDAZA de 2005, 15 y 30 de junio de 2005, respectivamente, y habiendo aceptado no haber concurrido a dichas sesiones, conforme se advierte del documento de foja 29, esta probado que su inasistencia fue injustificada;

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