Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2005 (27/10/2005)


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RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 27 de octubre de 2005

Articulo Unico.- Autorizar al Banco de Credito del Peru, la apertura de tres Oficinas Especiales en el Complejo Comercial MORDAZA Canepa, ubicada entre las avenidas MORDAZA Bazo e MORDAZA Unanue, distrito de La Victoria; Lote Nº 14, MORDAZA de Comercio B, Av. 15 de MORDAZA del pueblo joven proyecto especial Huaycan, distrito de Ate Vitarte; y Lote Nº 3, Mz. I-2, Av. Naranjal Nº 1485, distrito de Los Olivos; las tres en la provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 18129

UNIVERSIDADES
Sancionan con separacion definitiva a Jefe de Practicas de la Facultad de Ingenieria Electrica y Electronica de la Universidad Nacional del Callao
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
RESOLUCION DEL TRIBUNAL DE HONOR Nº 015-2005-TH/UNAC Callao, 27 de septiembre del 2005 El Tribunal de Honor de la Universidad Nacional del Callao, en su Sesion de Trabajo del 27 de septiembre del 2005; visto el Oficio Nº 359-2005-OSG de fecha 18 de agosto del 2005, mediante el cual la Oficina de Secretaria General remite los Expedientes Nºs. 58659, 87411 y 98537, para la sustanciacion del MORDAZA Administrativo Disciplinario instaurado contra el Jefe de Practicas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Facultad de Ingenieria Electrica y Electronica a Tiempo Completo, de esta MORDAZA Superior de Estudios; los actuados y el acuerdo unanime en la indicada sesion; CONSIDERANDO: Que, por Oficio Nº 359-2005-OSG de fecha 18 de agosto del 2005, el Secretario General de la Universidad Nacional del Callao, remite los Expedientes Nºs. 58659, 87411 y 98537, del docente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a efectos de que el Tribunal de Honor, conduzca, investigue y resuelva el MORDAZA Administrativo Disciplinario al mencionado docente. Que, conforme es de verse de los expedientes, atendiendo a la Resolucion Nº 009-2005-TH/UNAC del 28 de junio de 2005, se ha dictado la Resolucion Rectoral Nº 735-2005-R de fecha 1 de agosto del 2005, en la que se ha dispuesto instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario al Docente Jefe de Practicas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA adscrito a la Facultad de Ingenieria Electrica y Electronica, por las consideraciones indicadas en la mencionada Resolucion debiendo ser el MORDAZA conducido y resuelto por el Tribunal de Honor de la Universidad Nacional del Callao. Que, se ha cumplido con la notificacion de la indicada Resolucion de instauracion de MORDAZA Administrativo Disciplinario al indicado procesado, conforme se advierte a fojas 07 y 08 del Expediente Nº 98537, realizado mediante publicacion de fecha 18 de agosto del 2005, en el Diario Oficial El Peruano, a fin de que presente su descargo y las pruebas que crea conveniente en el ejercicio de su defensa, en estricto cumplimiento de lo dispuesto por los Arts. 167º y 168º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; no cumpliendo con apersonarse a recoger su Pliego de Cargos segun lo previsto en el Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes y Estudiantes aprobado por Resolucion de Consejo Universitario Nº 159-2003-CU. Que, consiguientemente el docente procesado no ha cumplido con presentar su descargo por escrito, en el ejercicio del derecho de su defensa; no habiendo por tanto desvirtuado los cargos formuladas en su contra y que dieron lugar al presente MORDAZA, tal como consta en los Expedientes, por lo que debe ser pasible de sancion. Que, conforme fluye de autos, al docente procesado se le imputa haber incurrido en ausencia continua e injustificada a sus labores academicas y administrativas desde el 5 de junio del 2002 hasta la fecha, lo que ha sido igualmente

confirmado por el Oficio Nº 382-2005-OP suscrito por el Jefe de Personal de la Universidad Nacional del Callao. Que, del analisis, evaluacion y calificacion de los documentos obrantes en el expediente, se ha establecido que el Jefe de Practicas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha incumplido los deberes y obligaciones previstas en el inciso b) del Art. 51º de la Ley Universitaria y los incisos r), g), y h) del Art. 293º del Estatuto de la Universidad Nacional del Callao asi como el Inc. k) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276. Que, encontrandose entonces dicho incumplimiento inmerso en la MORDAZA legal estatutaria dado que constituye falta a sus deberes expresamente establecidos, es pertinente senalar una sancion, la misma que se dicta en relacion a la gravedad de la falta, el perjuicio incurrido, la importancia de los deberes infringidos, entre otros; por lo que corresponde aplicar la sancion de SEPARACION DEFINITIVA dada la gravedad de la falta incurrida. De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes y Estudiantes; aprobado por Resolucion de Consejo Universitario Nº 159-2003-CU; SE RESUELVE: 1º. SANCIONAR con SEPARACION DEFINITIVA al Jefe de Practicas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, adscrito a la Facultad de Ingenieria Electrica y Electronica, de esta MORDAZA Superior de Estudios; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal. 2º. Transcribir la presente Resolucion al Senor Rector, Consejo Universitario, y las Dependencias pertinentes, para conocimiento y fines que corresponde. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHAPA Presidente Tribunal de Honor 2005-2006 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario Tribunal de Honor 2005-2006 18127

Inician procedimiento disciplinario a docentes de la Universidad Nacional MORDAZA Valdizan - MORDAZA - Peru
UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA VALDIZAN RESOLUCION Nº 878-2005-UNHEVAL-R. Cayhuayna, 19 de octubre de 2005 Vistos los documentos que se acompanan en cincuenta y siete (57) folios; CONSIDERANDO: Que el Comite Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes, con el Informe Nº 08-2005CPPADD-UNHEVAL, del 11.OCT.2005, dirigido al Rector, manifiesta que con el Proveido N° 5257-2005-UNHEVAL-R del 22-SEP-05, recibio el expediente para proceder a la investigacion por incumplimiento de funciones de los docentes MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, Eudosio MORDAZA Tabraj, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Delgado; por lo que en analisis expone que a fojas uno corre la carta notarial dirigida al doctor MORDAZA MORDAZA y MORDAZA docente principal de la Facultad de Ciencias Contables por sus continuas e intolerantes vejaciones que profirio el 8.JUL.2005, a horas 10:00 a.m en la MORDAZA principal de la UNHEVAL contra el Rector Edwyn MORDAZA MORDAZA, por lo que esta actitud colisiona con sus deberes, de conformidad con el Estatuto de la UNHEVAL Art. 153° Inc. a), e) y n); a fojas dos y tres corre el recorte periodistico de critica al docente MORDAZA Villarreyes La MORDAZA docente de la Facultad de Ciencias Contables y Financieras sobre su ascenso de profesor asociado a profesor principal; a fojas cuatro, cinco, seis, siete, ocho y nueve, corre la carta notarial de notificacion al Oficio Multiple N° 002-2005-UNHEVAL-CU del 5-AGO2005, a traves de la cual el Rector comunica al Dr. MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, Mg. Eudosio MORDAZA Tabraj, Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA miembros de Consejo de Facultad de Ciencias

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