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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (28/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 53

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G31/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 28 de octubre de 2005 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de octubre de 2005, el Documento Simple Nº 4940-04 seguido por la empresa Rama Inmobiliaria S.A.C, representado por doña María Suárez Benavides, mediante el cual solicitan el cambio de Zonificación de Zona Residencial de Densidad Baja (R1) a Zona residencial de Densidad Baja (R2), del terreno cuya área es de 810.00 m2, ubicado en la Calle Buen Retiro Nº 111-119, Urb. Chacarilla del Estanque, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima; y, De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen Nº 105-2005-MML- CMDUVN; Aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN GENERAL DE LOS USOS DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE SAN BORJA Artículo Primero.- Modificar el Plano de Zonificación General de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana a Mediano Plazo correspondiente al distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, de Zona Residencial de Densidad Baja (R1) a Zona Residencial de Densidad Baja (R2), con una altura máxima de 4 pisos y sin usos para actividades comerciales, del terreno cuya área es de 810.00 m2, ubicado en la Calle Buen Retiro Nº 111- 119, Urb. Chacarilla del Estanque, haciéndose extensivo dicho cambio a los inmuebles constituidos por el frente de la manzana donde se ubica el predio materia del cambio de zonificación. Artículo Segundo.- Disponer que la Municipalidad Distrital de San Borja y el Instituto Metropolitano de Planificación incorporen en su Plano de Zonificación la modificación indicada en el artículo anterior o su equivalente de acuerdo a la Ordenanza Nº 620-MML. Artículo Tercero.- Establecer que los propietarios del predio indicado en el Artículo Primero de la presente Ordenanza soliciten a la Municipalidad Metropolitana de Lima, la expedición del correspondiente Certificado de Zonificación y Vías, para efectos de aplicación de la zonificación aprobada. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.En Lima a los veinte días del mes de octubre del año dos mil cinco. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 18233 ORDENANZA Nº 862 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO:EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de octubre de 2005, el Codificado Nº 64544-04 seguido por la empresa Sondrio S.A., representado por don Renzo Brazzoduro Tabusso, mediante el cual solicita el cambio de Zonificación de Zona Residencial de Densidad Baja (R1) a Zona Residencial de Densidad Baja (R2), del terreno cuya área es de 786.20 m2, ubicado en el Lote 24 de la Mz. Ñ2, Alameda Picaflor, Urb. Chacarilla del Estanque, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima; y, De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen Nº 106-2005-MML- CMDUVN; Aprobó la siguiente:ORDENANZA MODIFICATORIA DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN GENERAL DE LOS USOS DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE SAN BORJA Artículo Primero.- Modificar el Plano de Zonificación General de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana a Mediano Plazo correspondiente al distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, de Zona Residencial de Densidad Baja (R1) a Zona Residencial de Densidad Baja (R2), con una altura máxima de 4 pisos y sin usos para actividades comerciales del terreno cuya área es de 786.20 m2, ubicado en el Lote 24 de la Mz. Ñ2, Alameda Picaflor, Urb. Chacarilla del Estanque; haciéndose extensivo dicho cambio a los inmuebles constituidos por el frente de la manzana donde se ubica el predio sub materia con vista hacia la Av. Alameda Picaflores. Artículo Segundo.- Disponer que la Municipalidad Distrital de San Borja y el Instituto Metropolitano de Planificación incorporen en su Plano de Zonificación la modificación indicada en el artículo anterior o su equivalente de acuerdo a la Ordenanza Nº 620-MML. Artículo Tercero.- Establecer que los propietarios del predio indicado en el Artículo Primero de la presente Ordenanza, soliciten a la Municipalidad Metropolitana de Lima, la expedición del correspondiente Certificado de Zonificación y Vías, para efectos de aplicación de la zonificación aprobada. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.En Lima, a los veinte días del mes de octubre del año dos mil cinco. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 18234 /G52/G65/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G6E/G20/G7A/G6F/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G65/G64/G69/G6F/G73 /G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G20/G4D/G6F/G6C/G69/G6E/G61 ORDENANZA Nº 859 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO:EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMAVisto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de octubre, el Documento Simple Nº 10738-02 seguido por don Juan Barreto Boggio, quien solicita la Restitución de la zonificación de Zona Residencial de Densidad Baja (R1S) a Otros Usos (OU) del terreno cuya área es 3,839.00 m2 correspondiente a los lotes 1, 2 y 3 de la Mz. K, y a Comercio Vecinal (C2) del terreno cuya área es de 1,470.00 m2 del Lote 1 de la Mz. G, ubicados en la Urb. Rinconada Alta, Segunda Etapa, del distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima; y, De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen Nº 091-2005-MML- CMDUVN; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RESTITUYE LA ZONIFICACIÓN DE PREDIOS UBICADOS EN EL DISTRITO DE LA MOLINA Artículo Primero.- Restituir la zonificación de Zona Residencial de Densidad Baja (R1S) a Otros Usos (OU) del terreno cuya área es 3,839.00 m2 correspondiente a los lotes 1, 2 y 3 de la Mz. K, y a Comercio Vecinal (C2) del terreno cuya área es de 1,470.00 m2 del Lote 1 de la Mz. G, ubicados en la Urb. Rinconada Alta, Segunda