Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2005 (28/10/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de octubre de 2005

Articulo 8º.- Criterios de Distribucion (ultimo parrafo) (...) Para los ser vicios de Limpieza Publica y Serenazgo se ha procedido a la determinacion de las zonas y areas, respectivamente, atendiendo a la realidad operativa del distrito. Articulo 12º.- Costos y estimacion de Ingresos En aplicacion a lo dispuesto en los articulos 69º y 69Aº y 69-Bº del Texto Unico Ordenando de la Ley de Tributacion Municipal y el numeral 5) del Fundamento VIII de la Sentencia del Tribunal Constitucional, es necesaria la aprobacion de las estructuras de costos ejecutados por la prestacion de los servicios de Limpieza Publica y Serenazgo de los periodos 2001 a 2005, los cuales son explicados en el Informe Tecnico, asi como su distribucion entre los contribuyentes del distrito y la estimacion de ingresos 2001a 2005, MORDAZA e Informe Tecnico que han sido aprobados con la presente Ordenanza. MORDAZA Disposicion Final La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del 1 de enero del 2006, previo Acuerdo de ratificacion emitido por el Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima. No obstante, entrara en vigencia con anterioridad a la fecha senalada cuando exista MORDAZA legal que la ampare. Anexo a la Ordenanza Nº 205 Modificar los MORDAZA que detallan la estructura de costos del servicio de Limpieza Publica a fin de diferenciar el costo individual de las actividades de a) barrido de calles y b) Recoleccion de residuos solidos para los anos 2001 a 2005, incluir los MORDAZA de estimacion de ingresos de los servicios de Limpieza Publica y Serenazgo para los anos 2001 a 2005 y senalar el costo ejecutado de enero a agosto y proyectado de setiembre a diciembre del ano 2005." Articulo 2º.- Modificar e incluir las siguientes disposiciones aprobadas mediante las Ordenanzas Nº 206 y 207, que aprobaron el MORDAZA Legal de los Arbitrios y la Determinacion y Distribucion de los Montos por Arbitrios para el ejercicio 2006: Ordenanza Nº 206 "Articulo 5º.- Definiciones (...) Arbitrio de Limpieza Publica. (parte final) asi como el monitoreo permanente de las principales vias publicas, para su atencion inmediata.

(...) Arbitrio de Serenazgo.- (parte final) a traves del programa Alerta Miraflores, Ordenanza Nº 207 "Articulo 2º.- Metodologia de la Distribucion (ultimo parrafo) (...) Para los ser vicios de Limpieza Publica y Serenazgo se ha procedido a la determinacion de las zonas y areas, respectivamente, atendiendo a la realidad operativa del distrito. Articulo 3º.- Costos y estimacion de Ingresos En aplicacion a lo dispuesto en los articulos 69º y 69Aº y 69-Bº del Texto Unico Ordenando de la Ley de Tributacion Municipal y el numeral 5) del Fundamento VIII de la Sentencia del Tribunal Constitucional, es necesaria la aprobacion de las estructuras de costos ejecutados por la prestacion de los servicios de Limpieza Publica y Serenazgo del periodo 2006, los cuales son explicados en el Informe Tecnico, los cuales son explicados en el Informe Tecnico, asi como su distribucion entre los contribuyentes del distrito y la estimacion de ingresos, MORDAZA e Informe Tecnico que han sido aprobados con la presente Ordenanza.. Anexo a la Ordenanza Nº 207 Modificar los MORDAZA que detallan la estructura de costos del servicio de Limpieza Publica a fin de diferenciar el costo individual de las actividades de a) barrido de calles y b) Recoleccion de residuos solidos para el ano 2006 e incluir los MORDAZA de estimacion de ingresos de los servicios de Limpieza Publica y Serenazgo para el ejercicio 2006 Articulo 3º.- Precisar que el Anexo a la Ordenanza 205 , el Anexo a la Ordenanza 207 y el Anexo de la presente Ordenanza fueron aprobados y forman parte integrante de las Ordenanzas Nºs. 205 y 207. A r ticulo 4º.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Mineria y otros organismos publicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. Las resoluciones a publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2. Las resoluciones deberan presentarse debidamente refrendadas en original y acompanadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicacion de estas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente segun sea el caso. 3. Las resoluciones de jurisprudencia se remitiran ademas en disquete o al siguiente correo electronico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. 4. No se aceptaran oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompanados por la version electronica.

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