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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (28/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 44

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G31/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 28 de octubre de 2005 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C /G50/G65/G72/GFA/G20/G2D/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G62/G61/G6E/G6B/G20/G61/G62/G72/G69/G72/G20/G61/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61 /G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G69/G63/G6C/G61/G79/G6F RESOLUCIÓN SBS Nº 1574-2005 Lima, 20 de octubre de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú - Interbank para que se le autorice la apertura de una agencia ubicada al interior del Centro Comercial Real Plaza sito en la Av. Miguel de Cervantes Nº 300 PJ Muro y Diego Ferré, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Intendente del Departamento de Evaluación Bancaria "D", mediante Informe Nº 148-OT/2005-DEB "D"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B- 2147-2005; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank la apertura de una agencia ubicada al interior del Centro Comercial Real Plaza sito en la Av. Miguel de Cervantes Nº 300 PJ Muro y Diego Ferré, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 18210Decretos Supremos Nºs 083 y 084-2004-PCM, respectivamente, Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/ PRE, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º el Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- EXONERAR DEL PROCESO DE SELECCIÓN POR LA CAUSAL DE PROVEEDOR ÚNICO, la contratación del Servicio de Reparación del Equipo Cromatógrafo de Gases con Detector de Masas asignado a la División del Laboratorio de Toxicología del Instituto de Medicina Legal, hasta por la suma total de S/. 55, 930.00 (CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), por la Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados, el mismo que no admite sustitutos, dado que los repuestos, software y manuales de operación que permiten el mantenimiento, reparación y/o calibración de dicho equipo sólo pueden ser prestados por la empresa KOSSODO S.A.C., la misma que es el representante exclusivo de la marca Thermo Finnigan en el Perú que corresponde al citado Cromatógrafo. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Gerencia Central de Logística a contratar el Servicio de Reparación de Equipo Cromatógrafo de Gases con Detector de Masas con la empresa KOSSODO S.A.C. mediante una acción inmediata, conforme a lo previsto en los artículos 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Tercero.- Disponer se efectúe la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el SEACE, y asimismo, se remita a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado copia de la misma, adjuntando los informes que la sustentan, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su aprobación. Artículo Cuarto.- Remitir copia de la presente Resolución a la Gerencia General, Gerencias Centrales de Logística y Finanzas, Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal, Oficina de Asesoría Jurídica y al Órgano de Control Institucional del Ministerio Público, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 18277 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU