NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (03/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 38
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G36/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de setiembre de 2005 Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoría Legal y a lo dispuesto por la autoridad universitaria, se expidela presente resolución; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 33º de la Ley Nº 23733 Ley Universitaria, concordantecon el artículo 27º del Estatuto de la UNE y los alcances de la Resolución Nº 06-2003-AU-UNE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- REINCOPORAR, a partir de la fecha, en su condición de servidor administrativo contratado a plazo fijo, en el cargo de chofer, a don Jorge LÓPEZ TINEO. Artículo 2º.- ENCARGAR a las Oficinas Centrales de Planificación y Desarrollo Institucional y de Personal de la UNE, implementar las acciones complementarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Oficina Central de Adquisiciones y Contrataciones de la UNE, se gestione la publicación de la presente resolución, en el Diario OficialEl Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MANUEL ALEJANDRO SOLÍS GÓMEZ Rector (e) 15213 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 INDECOPI /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G73/G20/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G61/G73 /G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G6F/G73/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G73/G20/G64/G65/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G41/G6D/G62/G69/G65/G6E/G74/G61/G6C/G2C/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G45/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G2C/G20/G41/G7A/GFA/G63/G61/G72/G2C/G42/G65/G62/G69/G64/G61/G73/G20/G41/G6C/G63/G6F/G68/GF3/G6C/G69/G63/G61/G73/G2C/G20/G43/G6F/G6E/G64/G75/G63/G74/G6F/G72/G65/G73 /G45/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G6F/G73/G2C/G20/G4C/GE1/G63/G74/G65/G6F/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G45/G6E/G76/G61/G73/G65/G20/G79 /G45/G6D/G62/G61/G6C/G61/G6A/G65 RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 0065-2005/CRT-INDECOPI Lima, 4 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funcionesdel INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, en su calidad de OrganismoNacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos alComercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa Nº 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a travésdel Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de ComitésTécnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico,constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización Permanentes: a) Gestión Ambiental, b)Seguridad Eléctrica, c) Azúcar y sus derivados, d) Bebidas Alcohólicas, e) Conductores Eléctricos y f) Leche y productos lácteos de acuerdo a lo dispuesto en elReglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización citados, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Gestión Ambiental, 1 PNTP, el 10 de diciembre del 2004. b) Seguridad Eléctrica, 1 PNTP, el 10 de febrero del 2005. c) Azúcar y sus derivados, 2 PNTP, el 8 de abril del 2005. d) Bebidas Alcohólicas, 2 PNTP, el 14 de abril del 2005. e) Conductores Eléctricos, 2 PNTP, el 14 y 29 de abril del 2005. f) Leche y productos lácteos, 1 PNTP, el 6 de mayo del 2005. Los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas mediante elSistema Ordinario, y sometidos a Discusión Pública por un periodo de sesenta días calendario; el indicado en el acápite a) contados a partir del 16 de marzo del 2005 ylos mencionados en los acápites restantes el 3 de junio del 2005; Que, habiéndose recibido observaciones al Proyecto de Norma Técnica Peruana mencionado en el acápite a) éstas fueron revisadas, evaluadas yaprobadas por el Comité Técnico mencionado anteriormente, los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas mencionados en los acápites restantes norecibieron observaciones; Luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión recomendó la aprobación del Proyecto de Norma Técnica Peruana, como Norma Técnica Peruana; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el DecretoLegislativo Nº 807 y la Resolución Nº 0072-2000/INDECOPI- CRT, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 4 de agosto del 2005; RESUELVE Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las siguientes: NTP 900.057:2005 G ESTIÓN AMBIENTAL. Gestión de residuos. Manejo de baterías usadas (acumuladores plomo-ácido usados).Tratamiento, reciclaje y disposición final NTP 370.310:2005 CER TIFICACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN VIVIENDAS UNIFAMILIARES CON UNA POTENCIA CONTRATADA HASTA3 kW NTP 207.004-1:2005 AZÚCAR. Azúcar rubia y azúcar blanco directo. Método de ensayo para determinar el porcentaje de polarización por polarimetría. Parte 1. 4ª EdiciónReemplaza a la NTP 207.004:1979 NTP 207.028-2:2005 AZÚCAR. Métodos de análisis microbiológico en el azúcar refinada. 5ª Edición Reemplaza a la NTP 207.028:1987 NTP 211.014:2005 BEBIDAS ALCOHOLICAS. Gin (Ginebra). Requisitos. 2ª EdiciónReemplaza a la NTP 211.014:1981 NTP 211.015:2005 BEBIDAS ALCOHOLICAS. Anís o Anisado. Requisitos. 1ª Edición NTP 370.258:2005 CONDUCTORES ELÉCTRICOS. Conductores con alambres redondos de aluminio cableados concéntricamente para líneas aéreas. 1ª Edición