NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (03/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 36
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G36/G34/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de setiembre de 2005 /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G6C/G61 /G73/G65/G70/G61/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G6F/G63/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G46/G65/G64/G65/G72/G69/G63/G6F/G20/G56/G69/G6C/G6C/G61/G72/G65/G61/G6C UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 01125-2005-UNFV San Miguel, 16 de agosto de 2005Visto, el Oficio Nº 345-2005-D-FCCNM-UNFV de fecha 14.06.2005, del Decano de la Facultad de CienciasNaturales y Matemática de esta Casa Superior de Estudios, mediante el cual remite, para su ratificación, la Resolución Decanal Nº 258-2005-D-FCCNM-UNFV defecha 09.06.2005, que propone la sanción de separación de la Universidad Nacional Federico Villarreal a don JULIO RAUL MONTOYA MOLINA, Docente Asociado a TiempoCompleto de la citada Facultad; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 28º, literal K), del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y deRemuneraciones del Sector Público, detalla entre las faltas de carácter disciplinarias que según su gravedad pueden ser sancionadas con cese temporal o con destitución,previo proceso administrativo: las ausencias injustificadas por más de tres días consecutivos o por más de cinco días no consecutivos en un período de treinta díascalendario o más de quince días no consecutivos en un período de ciento ochenta días calendario; Que, el artículo 35º, inciso L), del Estatuto de esta Casa Superior de Estudios, establece que son deberes de los profesores, aparte del cabal cumplimiento de sus tareas lectivas y no lectivas, el reintegrarse a sus labores,dentro del término de ley, al concluir sus vacaciones, licencias, permisos y comisiones, concordante con el artículo 63º del Reglamento General de esta Universidad; Que, mediante Resolución R. Nº 0346-2005-UNFV de fecha 16.03.2005, se resolvió instaurar proceso administrativo disciplinario a don JULIO RAUL MONTOYAMOLINA, Docente Asociado a Tiempo Completo de la Facultad de Ciencias Naturales y Matemática de esta Casa Superior de Estudios, por el presunto incumplimientode su deberes docentes por ausencias injustificadas, de conformidad con el artículo 28º, literal K), del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la CarreraAdministrativa y de Remuneraciones del Sector Público; Que, el citado Docente no ejerció su derecho a presentar el descargo correspondiente en el plazoestablecido en el artículo 168º y 169º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por D.S.Nº 005-90-PCM; Que, mediante Resolución R. Nº 0883-2005-UNFV de fecha 27.06.2005, se modificó el artículo 69º delReglamento General de las Comisiones Permanentes de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Universidad Nacional Federico Villarreal, aprobado con Resolución R.Nº 6698-2003-UNFV de fecha 24.09.2003, estableciéndose que en el caso de docentes y estudiantes dependientes de una Facultad; y de conformidad con elartículo 125º inciso x) del Estatuto, es prerrogativa del Consejo de Facultad determinar, en primera instancia, el tipo de sanción a aplicarse, debiendo elevarse la mismapara su ratificación mediante la correspondiente Resolución Rectoral; Que, mediante Resolución Decanal Nº 258-2005-D- FCCNM-UNFV de fecha 09.06.2005, por acuerdo del Consejo de Facultad de Ciencias Naturales y Matemática, atendiendo la recomendación de la Comisión de AsuntosContenciosos y Procesos Disciplinarios de dicha Facultad, se resolvió proponer la separación de la Universidad Nacional Federico Villarreal de don JULIO RAULMONTOYA MOLINA, Docente Asociado a Tiempo Completo de la citada Facultad; por incumplimiento de su deber docente, establecido en el artículo 35º, Inc. L)del Estatuto de la Universidad; por ausencias injustificadas, conforme al artículo 28º, literal K), del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la CarreraAdministrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, de conformidad con el artículo 51º de la Ley Nº 23733 -Ley Universitaria; Que, el artículo segundo de la referida Resolución Decanal, solicita se realice los trámites necesarios antelas autoridades competentes, a fin de conseguir la devolución de los haberes injustamente cobrados por el citado Docente, al no haber cumplido con lo estipuladoen el artículo 113º inciso C), del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM, elque establece que la licencia por capacitación oficializada en el país o el extranjero, se otorga hasta por dos años al servidor de carrera, si se cumple, entre otras condiciones,el compromiso de servir a su Entidad por el doble del tiempo de licencia, contado a partir de su reincorporación; sin embargo, mediante Resolución R. Nº 8949-2004-UNFV de fecha 07.06.2004, se resolvió autorizar a la Oficina Central de Asesoría Jurídica para que iniciase las acciones legales correspondientes contra el citadoDocente, con el objeto de recuperar el dinero indebidamente cobrado durante los dos años (01.10.1998 al 01.10.2000) de licencia con goce de haber otorgado,así como la indemnización respectiva; pago indebido que se generó por la no reincorporación a su puesto de trabajo luego del término de la licencia; Que, en mérito a la recomendación de la Comisión de Asuntos Contenciosos y Procedimientos Administrativos de la mencionada Facultad según el Informe Nº 005-2005-CACPD-FCCNM-UNFV de fecha 03.05.2005, y estando a lo dispuesto por el señor Rector en Proveído Nº 01852- 2005-R-UNFV de fecha 20.06.05; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, Ley Nº 23733 - LeyUniversitaria, el Estatuto y el Reglamento de la Universidad Nacional Federico Villarreal; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ratificar la Resolución Decanal Nº 258-2005-D-FCCNM-UNFV de fecha 09.06.2005, emitida por la Facultad de Ciencias Naturales y Matemática; en consecuencia, Separar de la UniversidadNacional Federico Villarreal a don JULIO RAUL MONTOYA MOLINA, Docente Asociado a Tiempo Completo de la referida Facultad; por incumplimiento de su deber docente,establecido en el artículo 35º, Inc. L) del Estatuto de la Universidad; por ausencias injustificadas, conforme al artículo 28º, literal K), del Decreto Legislativo Nº 276 -Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, de conformidad con el artículo 51º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria. Artículo Segundo.- La Oficina de Trámite Documentario de la Secretaría General, notificará bajo cargo, la presente resolución al docente sancionado. Artículo Tercero.- La Facultad de Ciencias Naturales y Matemática, así como la Oficina Central de Recursos Humanos, dictarán las medidas necesarias para elcumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSÉ MARÍA VIAÑA PEREZ Rector 15058 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G73/G65/G70/G61/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G6F/G63/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G46/G65/G64/G65/G72/G69/G63/G6F/G20/G56/G69/G6C/G6C/G61/G72/G72/G65/G61/G6C UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 1146-2005-UNFV San Miguel, 19 de agosto de 2005Visto, el expediente remitido por la Comisión Especial de Procedimientos Administrativos Disciplinarios paraFuncionarios de esta Casa Superior de Estudios, que