NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (03/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 34
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G36/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de setiembre de 2005 Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfinanciera "B" mediante Informe Nº 091-2005-DEM "B" y a la opinión emitida por la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito mediante Oficio Nº 159-2005-FEPCMAC; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Bancay Seguros, Ley Nº 26702; la Circular SBS Nº CM-0334- 2005; el procedimiento administrativo Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobadomediante Resolución SBS Nº 131-2002, modificada por Resolución SBS Nº 1276-2002; y en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 dejulio de 2005; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A., la apertura de una OficinaEspecial ubicada en la Av. Ramos Nº 398, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima. Artículo Segundo.- La Oficina Especial de Imperial sólo se encuentra facultada a brindar información y recepcionar documentación referida a operaciones de crédito. Artículo Tercero.- Conforme se indica en el numeral 15.7 de la Circular Nº CM-03334-2005, dentro de los siete (7) días calendario de formalizada la apertura, la CajaMunicipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A. deberá reportar a esta Superintendencia las acciones realizadas en el Anexo B "Movimiento de Oficinas" de la precitada Circular. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 15104 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61 /G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G61/G66/G69/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G65/G76/G61/G6C/G75/G61/G72/G20 /G61/G76/G61/G6E/G63/G65/G73/G20 /G65/G6E/G20 /G6C/G61/G69/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G4E/G75/G65/G76/G6F/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G64/G65/G43/G61/G70/G69/G74/G61/G6C/G20/G2D/G20/G42/G61/G73/G69/G6C/G65/G61/G20/G49/G49 RESOLUCIÓN SBS Nº 1342-2005 Lima, 31 de agosto de 2005 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, en el marco del Convenio de Asistencia Recíproca suscrito entre la Superintendencia de Bancos y Seguros de la República del Ecuador y laSuperintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones del Perú, se ha confirmado una reunión de coordinación conrepresentantes de la citada entidad con la finalidad de revisar los avances y definir las acciones orientadas a la consolidación del referido Convenio; los avancesrealizados por ambas instituciones en la implementación del Nuevo Acuerdo de Capital – Basilea II, las actividades de supervisión y las estrategias y programas decomunicación y difusión, la misma que se llevará a cabo el 2 de setiembre de 2005; Que, por ser de interés para la institución, resulta necesaria la participación del señor Mario Ochoa Ponte, Jefe de la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional, en representación de esta Superintendenciaen la citada reunión; Que, esta Superintendencia, mediante Directiva Nº SBS-DIR-ADM-085-06, ha dictado una serie deMedidas de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2005, estableciendo en el numeral 4.1.1., que se autorizaránviajes al exterior únicamente para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados connegociaciones bilaterales, multilaterales, foros, o misiones oficiales que comprometan la presencia indispensable de funcionarios de la Superintendencia, como el presentecaso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario, sólo por el tiempo necesario parael cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo alPresupuesto correspondiente al ejercicio 2005; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros” y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2005, Nº SBS- DIR-ADM-085-06; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Mario Ochoa Ponte, Jefe de la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional, a la ciudad de Quito, Ecuador, del 1al 3 de setiembre de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del Presupuesto de la Superintendencia de Banca, Seguros y AdministradorasPrivadas de Fondos de Pensiones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (clase económica) US$ 388,28 Viáticos 600,00 Tarifa CORPAC 28,24 Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos deAduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 15125 UNIVERSIDADES /G53/G65/G70/G61/G72/G61/G6E/G20/G61/G20/G64/G6F/G63/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G46/G65/G64/G65/G72/G69/G63/G6F/G20/G56/G69/G6C/G6C/G61/G72/G72/G65/G61/G6C UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 1111-2005-UNFV San Miguel, 15 de agosto de 2005 Visto, el Oficio Nº 346-2005-D-FCCNM-UNFV, del 14.06.05, del Decano de la Facultad de CienciasNaturales y Matemática de esta Casa Superior de Estudios, mediante el cual remite la Resolución Decanal Nº 259-2005-D-FCCNM-UNFV, del 09.06.05, quepropone la sanción de separación de la Universidad a don CARLOS MIGUEL QUISPE MATIAS, docente permanente auxiliar a Tiempo Completo, de la referidaFacultad; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 28º, literal K), del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y deRemuneraciones del Sector Público, detalla entre las faltas de carácter disciplinarias que según su gravedad