NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (03/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 33
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G36/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de setiembre de 2005 servicio correspondiente al ítem 1, "Soporte Integral de Software Microsoft" del Concurso Público, "Soporte deSoftware" requiere ser realizada en calidad de servicio que no admite sustituto dado que existe un único proveedor del mismo; Que, mediante el mencionado Informe Nº 910-2054- GAD/SGLG, la Subgerencia de Logística informa que el valor referencial respectivo asciende a la suma deUS$ 49,980.00 (Cuarenta y nueve mil novecientos ochenta y 00/100 Dólares Americanos), la misma que, conforme a lo informado por la Gerencia de Planificación yPresupuesto, mediante el Oficio Nº 1262-2005-GPP/ RENIEC de 17 de agosto del 2005, cuenta con la respectiva cobertura presupuestal; Que, por Informe Nº 999-2005-GAJ/RENIEC de 22 de agosto del 2005, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente la exoneración del proceso de selección respectivo por la causal de servicio que noadmite sustituto del servicio correspondiente al ítem Nº 1 "Soporte Integral de Software Microsoft" del Concurso Público para la Contratación del Servicio de "Soporte deSoftware"; Que, de conformidad con lo establecido en el literal e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado (TUO) de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, están exoneradas de los procesos de Licitación Pública,Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los servicios no admiten sustitutos, debiendollevarse la contratación directamente, en atención a lo dispuesto en el artículo 148º del Reglamento, requiriendo invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla conlas características y condiciones establecidas en las bases; Que, conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo, literal a) del artículo 20º del TUO de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, dicha exoneración se aprueba mediante Resolución del Titular del Pliego dela Entidad, requiriéndose obligatoriamente, a tal efecto, un informe técnico-legal previo, según lo establecido en el tercer párrafo del mismo artículo; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas en el artículo 11º de la Ley Orgánica del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, y el artículo 11º inciso h) del Reglamento de Organización y Funciones de la Institución; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Exonerar de proceso de selección de Concurso Público la contratación del Serviciocorrespondiente al ítem Nº 1 "Soporte Integral de Software Microsoft", debiendo efectuarse dicha contratación con la empresa Microsoft del Perú S.R.L., en su calidad deproveedor único del referido bien, por la suma de US$ 49,980.00 (Cuarenta y nueve mil novecientos ochenta y 00/100 Dólares Americanos), por el plazo de 12 (doce)meses, con cargo a la fuente de recursos directamente recaudados. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración el cumplimiento de la presente resolución así como comunicar su contenido y sustento a laContraloría General de la República; asimismo publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano en el plazo legal, y en la página web de la entidad concoordinación con la Gerencia de Informática y Estadística. Artículo Tercero.- Disponer a la Gerencia de Administración publique la exoneración aprobada en la presente Resolución, en el SEACE, dentro de los plazosestablecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 15208MINISTERIO PÚBLICO /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G53/G75/G70/G72/G65/G6D/G6F/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G65/G6E /G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/GED/G61/G20/G53/G75/G70/G72/G65/G6D/G61/G20/G65/G6E /G6C/G6F/G20/G43/G6F/G6E/G74/G65/G6E/G63/G69/G6F/G73/G6F/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1698-2005-MP-FN Lima, 2 de setiembre de 2005 VISTO: Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Supremo en el Despacho de la Fiscalía Suprema en lo Contencioso Administrativo, lo que hace necesario cubrirlaprovisionalmente; CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 28367, que modifica el Artículo 20º de la Ley Orgánica delMinisterio Público, debe tenerse en cuenta para la designación de Fiscales, la especialidad, antigüedad y formación académica; Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por los Artículos 20º y 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor José Humberto Pereira Rivarola, como Fiscal Adjunto Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema enlo Civil, materia de la Resolución Nº 087-2005-MP-FN, de fecha 13 de enero del 2005. Artículo Segundo.- Nombrar al doctor José Humberto Pereira Rivarola, como Fiscal Supremo Provisional, en el Despacho de la Fiscalía Suprema en lo Contencioso Administrativo, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Fiscal Suprema Titular de la Fiscalía Suprema en lo Civil, Fiscal Superior Decano del DistritoJudicial de Lima, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 15207 SBS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G6A/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G68/G6F/G72/G72/G6F /G79/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G49/G63/G61/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65 /G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G43/G61/GF1/G65/G74/G65 RESOLUCIÓN SBS Nº 1319-2005 Lima, 24 de agosto de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A. para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial en el distrito de Imperial, provinciade Cañete, departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica lo solicitado;